Preparación del trámite

Contratación · Movilidad internacional · Recursos humanos

Extranjería para empresas: contratación internacional

¿Tu empresa quiere incorporar a una persona extranjera? Revisamos su situación, el puesto y la documentación empresarial para identificar la vía de extranjería que corresponde y preparar el expediente.

Responsable del trámite: GA 1268 COGAS SLP — gestor administrativo colegiado n.º 1268

  • Atención online en toda España
  • Presupuesto antes de contratar

Tres formas de ayudarte con la contratación

Contratar a una persona que vive fuera de España, incorporar a un estudiante y trasladar a un empleado de otra sociedad del grupo no son el mismo trámite. Antes de preparar formularios, comprobamos la situación de la persona, las funciones y las condiciones del puesto.

Elegimos el alcance según las actuaciones pendientes. Los siguientes supuestos son orientativos, no expedientes reales ni promesas de autorización.

Revisar si el candidato puede incorporarse

Comprobamos su situación migratoria y las condiciones del puesto. Recibes una explicación de lo que permite la documentación aportada y de qué falta revisar o tramitar.

Por ejemplo: la persona vive en España y tiene una tarjeta, pero la empresa no sabe si le permite ese trabajo.

Contratación según el permiso actual →

Tramitar una incorporación

Definimos la vía, organizamos los documentos de empresa y candidato y preparamos las actuaciones contratadas. Si el encargo incluye presentación, entregamos el justificante de registro.

Por ejemplo: ya has elegido a una persona que está fuera de España y necesitas preparar la autorización que corresponda al puesto.

Comparar las vías de autorización →

Coordinar varias incorporaciones

Acordamos una persona de contacto de la empresa y ordenamos por expediente los documentos pendientes, las actuaciones y los justificantes. Cada candidato conserva su revisión individual y su procedimiento.

Por ejemplo: necesitas incorporar a varias personas con permisos o fechas de llegada diferentes.

Cómo coordinamos los expedientes →

Si la persona ya está habilitada para el puesto, no planteamos una autorización inicial innecesaria. La fecha deseada de incorporación sirve para planificar, pero depende de la situación individual y de las actuaciones administrativas exigibles.

Atendemos empresas de toda España. Este servicio se centra en extranjería: no ofrecemos búsqueda de candidatos, selección de personal ni una autorización automática por tener una oferta.

Principales vías para incorporar talento extranjero

SituaciónVía que conviene revisarQué diferencia el caso
Candidato fuera de España para un puesto ordinarioAutorización inicial por cuenta ajenaRequisitos del empleador, contrato y situación nacional de empleo o excepción aplicable.
Puesto de alta cualificaciónProfesional altamente cualificadoFunciones, cualificación y condiciones del puesto. No basta con llamar directivo al candidato.
Empleado de una empresa del mismo grupoTraslado intraempresarialRelación entre entidades, vínculo previo y características del desplazamiento.
Persona que finaliza estudios en EspañaModificación de estudios a residencia y trabajoEstudios realizados, finalización y permiso actual.
Incorporación para prácticasResidencia para prácticasPerfil formativo y convenio o contrato admisible; no es una fórmula para cualquier vacante.
Actividad realmente estacionalResidencia y trabajo de temporadaNecesidad temporal y obligaciones propias de esta autorización.

La tabla orienta la revisión, pero no sustituye el estudio del candidato. Un mismo nombre de puesto puede tener un encaje distinto según las funciones reales, la experiencia y las condiciones de contratación.

Qué información necesitamos de la empresa y del candidato

Para la primera valoración

  • Nacionalidad, país en el que se encuentra y situación migratoria de la persona.
  • Puesto, funciones, centro de trabajo, jornada, salario y fecha prevista de incorporación.
  • Actividad de la empresa y si existe relación previa con el candidato o con una empresa del grupo.

Para preparar el expediente

Según la vía, revisamos la identificación y representación de la entidad, el contrato o documento de desplazamiento, la actividad empresarial, la capacidad para cumplir sus obligaciones y las acreditaciones exigibles. Del trabajador se estudian el pasaporte, el permiso previo, la formación o experiencia y los documentos personales que correspondan.

Te indicamos qué justificantes son necesarios y quién debe aportarlos. Antes de encargar traducciones o documentos del extranjero, conviene confirmar su formato y vigencia para evitar gastos que no sirvan al procedimiento.

En el primer WhatsApp basta con describir la contratación. No envíes una carpeta completa con datos de toda la plantilla: te indicaremos los documentos y el canal adecuado para el expediente concreto.

De la revisión del puesto a la resolución

  1. Identificamos la vía. Revisamos empresa, candidato y calendario. Si falta un requisito importante, te lo señalamos antes de presentar.
  2. Acordamos el encargo. Recibes el alcance, los honorarios con IVA y los gastos externos separados.
  3. Preparamos y presentamos. Organizamos la documentación y la representación, y utilizamos el canal competente cuando la actuación pueda realizarse por representante.
  4. Seguimos el expediente contratado. Conservamos el justificante, revisamos las comunicaciones y te trasladamos los pasos siguientes. El tratamiento de requerimientos o actuaciones adicionales queda definido en el encargo.

Las autorizaciones del régimen general y las de la Unidad de Grandes Empresas no se presentan indistintamente por el mismo canal. Además, un visado, la entrada y la expedición de la TIE pueden exigir actuaciones posteriores o personales. La tramitación online de la gestoría no elimina esos trámites.

Cuándo puede empezar a trabajar la persona

Un NIE identifica a una persona: no demuestra por sí solo que pueda trabajar. Antes de la incorporación hay que comprobar la autorización y, cuando proceda, su eficacia, sus límites y los pasos de alta correspondientes.

Una solicitud inicial presentada no debe confundirse con un permiso concedido. Tampoco se puede aplicar a cualquier expediente el efecto de una renovación presentada en plazo. Revisamos la resolución y la situación individual antes de dar por cerrada la parte migratoria.

Si ya existe una autorización, necesitamos conocer su tipo y las condiciones aplicables al puesto. Si el candidato está en situación irregular, una oferta de trabajo por sí sola no resuelve su situación: hay que valorar si dispone de alguna vía legal adecuada.

La fecha deseada por recursos humanos sirve para planificar, pero no obliga a la Administración a resolver antes. No garantizamos una fecha de concesión ni un resultado favorable.

Presupuesto por expediente y límites del servicio

No cuesta lo mismo revisar una autorización vigente que tramitar una primera contratación, un desplazamiento y varias solicitudes familiares. Por eso concretamos el presupuesto después de identificar las actuaciones.

  • Honorarios: importe con IVA y tareas incluidas por escrito antes de contratar.
  • Tasas y gastos: separados de los honorarios; pueden variar según la autorización y la fase consular o documental.
  • Varias incorporaciones: podemos organizar una tanda, pero cada persona mantiene su revisión y expediente individual.
  • Actuaciones adicionales: una renovación futura, familiares o recursos no se consideran incluidos salvo acuerdo expreso.

Este servicio se centra en extranjería. No incluye la gestión habitual de nóminas, contabilidad, contratación mercantil, homologación de títulos ni representación judicial. Podemos coordinarnos con el interlocutor que tu empresa designe para reunir la documentación necesaria.

¿Eres una asesoría o gestoría y tienes un asunto de extranjería?

Si la consulta no es para contratar a alguien en tu propia plantilla, sino sobre un asunto de un cliente, puedes plantearnos una consulta profesional inicial. Indica qué tipo de despacho eres, qué actuación necesitas valorar y si existe un plazo abierto, sin enviar de entrada pasaportes ni el expediente completo.

Este contacto sirve para estudiar si podemos asumir una actuación concreta. No implica la aceptación del asunto ni anuncia un convenio de colaboración, condiciones de derivación o un servicio bajo la marca de otro despacho.

Antes de cualquier encargo habrá que concretar quién contrata, qué trabajo se acepta y presupuesta, quién se comunica con la persona interesada y quién atiende las notificaciones. También debe quedar definido el acceso autorizado a la documentación. No compartas certificados digitales ni contraseñas.

Si se actúa en nombre del cliente ante la Administración, la consulta entre profesionales no sustituye la representación que debe acreditarse. Mientras no se haya aceptado expresamente una gestión, no des por asumida su presentación ni la vigilancia de un vencimiento.

También puede ayudarte

Las dudas que suelen surgir

¿Una empresa pequeña puede contratar a una persona extranjera?

El tamaño por sí solo no decide el expediente. Hay que revisar la vía aplicable, la actividad, la capacidad de la empresa y los requisitos del puesto y del candidato.

¿Todas las contrataciones se tramitan ante la UGE?

No. La Unidad de Grandes Empresas atiende determinadas autorizaciones, como las vinculadas a alta cualificación o traslado intraempresarial. Otras siguen el régimen general de extranjería.

¿Con una tarjeta en vigor basta para contratar?

No siempre. Hay que leer qué situación documenta y comprobar que habilita para el trabajo previsto. El NIE o la fecha de la tarjeta, aislados, no resuelven esa comprobación.

¿Buscáis trabajadores en otros países?

No es el servicio de esta página. Ayudamos con la parte migratoria de candidatos identificados por la empresa; no actuamos como agencia de empleo.

¿Podéis gestionar los permisos de varias incorporaciones?

Sí, podemos organizar la documentación por personas y vías, con un alcance acordado. Compartir empleador no elimina la necesidad de comprobar cada caso.

¿El permiso del trabajador incluye automáticamente a su familia?

No. Hay que identificar el régimen familiar aplicable y preparar, cuando proceda, solicitudes y documentos propios. Su gestión debe incluirse expresamente en el presupuesto.

Dos situaciones de contratación que necesitan un estudio específico

El canal, la documentación y el momento en que se puede iniciar la actividad dependen de la vía aplicable.

Antes de presentar una contratación por cuenta ajena

Cuando deba acreditarse la dificultad para cubrir una vacante, revisa el Certificado de insuficiencia de demandantes para extranjería. Es una actuación ante el servicio público de empleo, distinta de conseguir candidatos o presentar directamente la autorización de residencia. No todos los supuestos necesitan esa prueba.

¿El candidato ya tiene documentación de residencia?

Antes de iniciar otra autorización, comprueba cómo contratar a un extranjero según su permiso actual. La guía distingue residencia, estudios, renovaciones pendientes y habilitaciones provisionales para identificar qué permite realmente su documentación y cuándo puede incorporarse.

Revisemos tu próxima incorporación

Cuéntanos el puesto, dónde está el candidato y si ya tiene autorización. Te indicaremos qué necesitamos para valorar el expediente.

Consultar contratación por WhatsApp

Escríbenos por WhatsApp: presupuesto en unos 2 minutos.