EMPRESAS · CAMPAÑAS Y MIGRACIÓN CIRCULAR
Contratación colectiva en origen: GECCO para empresas
¿Tu empresa necesita preparar varias contrataciones en origen para una campaña? Revisamos el encaje en GECCO, las ofertas y las garantías empresariales para organizar el expediente administrativo y la representación necesaria. El punto de partida es una necesidad de contratación concreta, con puestos, calendario y responsables definidos.
- Atención online en toda España
- Presupuesto antes de contratar
GECCO circular, contratación individual y situación de la modalidad estable
GECCO permite tramitar conjuntamente autorizaciones para personas extranjeras que no se hallen ni residan en España. En migración circular se vincula a contratos fijos-discontinuos: la autorización dura cuatro años y permite hasta nueve meses de actividad por año natural, manteniendo sus condiciones y el retorno.
La contratación individual de temporada tiene su procedimiento, desarrollado en residencia y trabajo de temporada. GECCO añade ofertas colectivas, coordinación con autoridades de origen y anexos propios; presentar varios EX-06 no convierte una tanda en GECCO.
En 2026 no se admiten solicitudes GECCO para contrataciones estables, según el criterio de la Dirección General de Gestión Migratoria publicado por la Generalitat el 11 de marzo: falta el anexo de previsión anual de ocupaciones. El criterio se declara aplicable a todo el Estado. Aunque la orden describa esa modalidad, no la ofrecemos como operativa. Para puestos continuados puede estudiarse la contratación individual por cuenta ajena, con sus requisitos.
Mínimo de diez puestos; pueden acumularse ofertas de varios empleadores.
Servicio centrado en GECCO circular para actividades de temporada.
La presentación exige normalmente tres meses de antelación; no garantiza la incorporación.
Diez puestos como mínimo, con ofertas que puedan tramitarse conjuntamente
La Orden ISM/1547/2025 exige un mínimo de diez puestos tanto para ofertas genéricas como nominativas. Permite acumular ofertas de dos o más empleadores para alcanzar ese número. Una empresa pequeña puede participar en un proyecto admisible, pero reunir diez nombres no acredita el resto de requisitos.
Dentro de cada oferta deben coincidir los elementos exigidos: país de contratación, ocupación, empleador, provincia, inicio y final de actividad, fase de campaña y forma de gestión. Si existen diferencias, organizamos las ofertas y el desglose correspondiente.
La oferta debe concretar salario, jornada, permisos, forma de pago y fechas. Una referencia genérica al convenio no basta. Además, se comprueba la situación nacional de empleo o la excepción aplicable: GECCO no permite prescindir de ese análisis por necesitar personal con urgencia.
Oferta genérica o nominativa: quién participa y quién representa
La oferta genérica es la regla general para una autorización inicial. La selección se articula con las autoridades competentes y la Dirección General de Gestión Migratoria. La oferta nominativa identifica personas concretas y exige encajar en un supuesto admitido, por ejemplo, anteriores titulares de temporada que acreditaron su regreso. Conocer candidatos no permite elegirla automáticamente.
La gestión ordinaria puede reunir una oferta de un empleador o un número reducido de ellos. La unificada agrupa ofertas mediante una organización empresarial representante. La concatenada enlaza actividades sucesivas y requiere planificar empresas, fechas, alojamientos y desplazamientos antes de la primera actividad.
En agricultura, la presentación a través de organizaciones empresariales es preferente; en gestión unificada o concatenada, obligatoria. La representación administrativa de la gestoría no sustituye esa intervención. Revisamos quién firma, quién representa en cada fase y con qué acreditación.
El servicio ofrecido es documental y administrativo. No proporcionamos trabajadores, reclutamiento ni cupos propios. La participación de los trabajadores en la selección es gratuita.
Qué necesitamos para preparar un expediente coherente
Organizamos la documentación común y la de cada oferta, identificando quién debe aportar o firmar cada documento:
- Empresa: identificación, razón social, representación y medios económicos, materiales o personales para sostener el proyecto y las contrataciones.
- Necesidad de personal: memoria justificativa, puestos, calendario y tramitación previa ante el servicio público de empleo cuando sea exigible.
- Ofertas: solicitud y anexos vigentes; en circular, anexo III-A y oferta III-B o III-C según corresponda.
- Garantías: disponibilidad del alojamiento, viajes, seguro inicial e información comprensible para las personas trabajadoras.
- Fase individual: identificación, requisitos personales y profesionales, contratos, anexos y compromisos de retorno; justificantes de campañas anteriores cuando proceda.
La Administración comprueba las obligaciones tributarias y de Seguridad Social. También contrasta que la oferta tramitada por empleo coincida con la presentada. Detectar salarios, provincias o fechas incompatibles antes del registro evita trasladar esas contradicciones a todo el grupo.
Las garantías de campaña corresponden al empleador
La empresa debe garantizar alojamiento adecuado durante toda la actividad y en los llamamientos sucesivos, comunicar cambios y atender las circunstancias excepcionales previstas. En agricultura se aplican las condiciones del anexo IX. Si se cobra alojamiento, deben documentarse renta y suministros, respetar sus límites y evitar deducciones automáticas del salario. Los alojamientos colectivos tienen reglas específicas de reparto y justificación de consumos.
El empleador organiza llegada y regreso. El artículo 107.1.c del Reglamento establece que asuma sus costes salvo indicación expresa en el compromiso de organización. En todo caso, paga los traslados entre frontera y alojamiento y desde el alojamiento al trabajo. Debe cubrir también el seguro sanitario desde el inicio del viaje hasta el alta. Revisamos esos compromisos y, si hay concatenación, el reparto entre empresas.
La oferta debe sostenerse durante la actividad. En el sector agrario, la orden concreta una garantía mínima del 85 % del tiempo habitual de trabajo. Además, la empresa designa una persona o servicio de referencia disponible desde la selección y durante la relación laboral, con información en un idioma comprensible.
Planificar la campaña por fases y utilizar el canal habilitado
La solicitud colectiva debe presentarse electrónicamente con al menos tres meses de antelación al inicio previsto, salvo causa motivada. Es un mínimo de planificación; no asegura que todas las autorizaciones y visados estén listos ese día. El calendario debe reservar margen para empleo, documentos y selección.
Se identifica el área o dependencia de Trabajo e Inmigración o la oficina con competencia en la provincia. En una concatenación importa dónde comienza la primera actividad. Utilizamos el procedimiento electrónico habilitado para GECCO, con representación válida y justificante de registro.
Tras la gestión de ofertas y selección se tramitan las autorizaciones. Concedidas, los visados se solicitan conjuntamente ante el consulado competente, dentro del mes siguiente a la notificación. El consulado puede exigir comparecencias personales y existe una acreditación específica del representante.
Por tanto, la presentación electrónica no sustituye la fase consular ni permite gestionar todo por Mercurio. Antes de asumir actuaciones fuera de España se concreta quién las realizará. No garantizamos concesión, selección de candidatos ni una fecha de llegada.
El expediente continúa después de la autorización
En circular, el empleador debe efectuar el alta en Seguridad Social en un máximo de tres días desde la entrada. La persona trabajadora solicita personalmente la TIE durante el mes siguiente al alta. Las comunicaciones de entradas, salidas e incidencias tienen obligaciones y plazos propios; la orden prevé comunicaciones empresariales en cuarenta y ocho horas.
Al terminar la actividad anual procede el regreso y su acreditación, con comparecencia consular dentro del mes siguiente al final de la actividad. Conservamos los justificantes que correspondan al seguimiento contratado. Los siguientes llamamientos exigen comprobar el retorno previo y las condiciones empresariales.
Ampliar una campaña, cambiar de empleador y renovar la autorización son actuaciones diferentes. La prórroga exige justificación y no permite superar nueve meses por año ni improvisar una concatenación omitida en la planificación.
Un encargo adaptado a las empresas, ofertas y fases del proyecto
Podemos revisar el encaje, preparar memoria y anexos con la información empresarial, comprobar representación y presentar las actuaciones admitidas incluidas en el encargo. Acordamos interlocutores, control de notificaciones, respuesta a requerimientos y seguimiento. Entregamos constancia de lo presentado.
El presupuesto previo por escrito incluye el IVA y concreta empresas, ofertas, personas y fases cubiertas. Tasas, traducciones, certificados y otros gastos externos se detallan aparte. Los llamamientos futuros, modificaciones o recursos requieren el alcance correspondiente; no quedan incluidos por mencionar una autorización de cuatro años.
Esta gestión de extranjería no incluye nóminas ni la contratación material de alojamiento o transporte. Para empezar basta con describir la campaña; después indicaremos cómo aportar la documentación necesaria. Para otras incorporaciones, consulta extranjería para empresas.
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Las dudas que suelen surgir
¿Puedo utilizar GECCO si necesito contratar a seis personas?
Una solicitud con solo seis puestos no alcanza el mínimo de 2026. Puede estudiarse una acumulación admisible con otros empleadores o la vía individual, sin dar por cumplidos los demás requisitos.
¿GECCO estable está disponible en 2026?
El criterio estatal publicado por la Generalitat indica que no se admiten estas solicitudes por faltar la previsión anual de ocupaciones. Revisamos la alternativa individual para puestos estables y cualquier cambio oficial antes de proponer otra actuación.
¿Puedo incluir trabajadores que ya están en España?
La contratación inicial en origen exige que no se hallen ni residan en España. Si ya están aquí o tienen una autorización anterior, debe estudiarse su situación y el procedimiento que corresponda.
¿La gestoría consigue trabajadores para la campaña?
No. Preparamos la parte administrativa del proyecto. La selección sigue el procedimiento oficial y sus participantes habilitados; no vendemos plazas ni ofrecemos una bolsa propia de trabajadores.
¿Pueden enlazarse campañas de distintas empresas?
Sí, si se autoriza una concatenación planificada con actividades consecutivas, responsabilidades definidas y representación exigible. Debe plantearse antes de la primera actividad y respetar el máximo anual de nueve meses.
¿El presupuesto cubre los cuatro años del permiso?
Solo cubre las actuaciones expresamente incluidas. Se detallan preparación, presentación, seguimiento y posibles fases posteriores. Recibirás honorarios con IVA y gastos externos separados antes de contratar.
Preparemos la documentación de vuestra campaña
Cuéntanos la actividad, la provincia, los puestos y las fechas previstas. Revisaremos el encaje y os facilitaremos un presupuesto con las actuaciones incluidas.
Prestador profesional: GA 1268 COGAS S.L.P. · Gestoría administrativa colegiada.
Revisión: 8 de septiembre de 2026. Información general; el encaje se comprueba según tu situación y la normativa vigente. La decisión corresponde a la Administración.
Referencias oficiales: BOE: Orden ISM/1547/2025, GECCO 2026 · BOE: Reglamento de Extranjería, temporadas y gestión colectiva · Generalitat: criterio estatal de 11 de marzo de 2026 sobre GECCO estable · Sede de Política Territorial: presentación de solicitudes GECCO.