Empresas y empleadores · Situación nacional de empleo
Gestión del certificado de insuficiencia de demandantes para contratar un extranjero
Si tienes una vacante y quieres contratar a una persona extranjera, revisamos si es necesario acreditar que no se ha podido cubrir con trabajadores del mercado laboral interno. Podemos ayudarte con la preparación de la oferta y la gestión administrativa ante el servicio público de empleo competente.
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Un documento sobre una vacante, no un permiso para contratar directamente
En determinadas solicitudes de residencia y trabajo por cuenta ajena debe acreditarse que la situación nacional de empleo permite la contratación. Cuando la ocupación no está incluida en el catálogo de difícil cobertura, puede examinarse la dificultad real de cubrir la vacante mediante su gestión ante el servicio público competente.
El certificado de insuficiencia de demandantes deja constancia de esa gestión y de su resultado. Se incorpora al expediente de extranjería junto con el resto de los requisitos. No sustituye al contrato, a la capacidad de la empresa ni a la autorización de la persona trabajadora.
Nuestra intervención es administrativa: preparar la documentación, revisar la coherencia del puesto y seguir las actuaciones incluidas en el encargo. No emitimos el certificado ni aseguramos de antemano un resultado favorable.
El servicio público de empleo competente, no la gestoría.
Acreditar el resultado de la gestión pública de una vacante cuando corresponda.
El certificado no es una autorización de residencia ni de trabajo.
Antes de publicar la oferta, revisar la vía y las excepciones
Partimos de tres preguntas: dónde se encuentra el candidato, qué autorización tiene y qué trabajo se ofrece. Una persona que ya dispone de derecho a trabajar puede no necesitar la autorización inicial que la empresa había imaginado. Tampoco todas las modificaciones de residencia están sujetas a la situación nacional de empleo.
Comprobamos el catálogo vigente para la ocupación y el territorio, y las excepciones legales o de convenio internacional que puedan acreditarse. Que un puesto no figure en el catálogo no significa por sí solo que sea imposible contratar; que la empresa prefiera a una persona concreta tampoco elimina el requisito.
Si el caso encaja en otra modalidad, como alta cualificación, deberá cumplir sus condiciones propias. El servicio de extranjería para empresas permite comparar estas opciones sin iniciar trámites previos innecesarios.
La oferta se gestiona donde radica el puesto de trabajo
La presentación corresponde al servicio público de empleo competente en el territorio del puesto. No hay que confundir el papel estatal del SEPE con las competencias y canales de los servicios autonómicos. La oficina, el formulario y la forma de acreditar la representación pueden variar.
Antes de presentar, identificamos el centro de trabajo, número de vacantes y empleador real. Si la actividad tiene varios destinos, necesitamos aclararlos para no dirigir el expediente a una oficina por mera conveniencia.
Existen formularios públicos que incluyen la solicitud del certificado y un anexo con el resultado de la selección. Son documentos de su ámbito concreto: no usamos un modelo de otra comunidad o ciudad como si fuera un formulario universal. La empresa debe conservar la referencia de la oferta y los justificantes que se generen.
Una oferta precisa y ajustada a las funciones reales
La descripción debe permitir valorar candidatos para un puesto verdadero. Revisamos denominación y ocupación, funciones, formación o habilitación, experiencia necesaria, jornada, horario, salario, ubicación y condiciones del contrato.
Los requisitos deben guardar relación directa con el trabajo. No añadimos idiomas, años de experiencia o características personales sin justificación para limitar artificialmente las candidaturas. Si una competencia es indispensable, la empresa debe poder explicar por qué y aplicarla coherentemente a las personas que se presenten.
También comprobamos que la oferta y el contrato que después se aportará a extranjería no se contradigan. Un cambio de centro, jornada o funciones durante la preparación puede afectar al expediente. Es preferible aclararlo antes de publicar que intentar explicar después por qué el puesto certificado y el contratado son distintos.
La empresa debe colaborar y documentar el resultado de la selección
El Reglamento prevé que el servicio público gestione y difunda la oferta durante ocho días, promoviendo el contacto con personas demandantes adecuadas. Después, el empleador comunica el resultado de la selección, incluyendo personas admitidas, rechazadas y causas del rechazo.
La participación de la empresa es necesaria. Debe atender los contactos y valorar las candidaturas de acuerdo con los requisitos del puesto. No basta con dejar pasar el tiempo sin contestar o afirmar genéricamente que ningún perfil interesa.
Podemos ayudarte a ordenar las comunicaciones y a preparar el resultado administrativo con información veraz. La decisión empresarial de selección y su justificación corresponden al empleador. Si no se ha logrado contactar con una candidatura o faltan datos para valorarla, se debe documentar lo ocurrido, sin convertir automáticamente esa incidencia en falta de idoneidad.
Los plazos del certificado no son los plazos de todo el permiso
Tras la comunicación empresarial del resultado, el artículo 75 establece un máximo de tres días para emitir la certificación de insuficiencia. Estos plazos no deben venderse como una promesa de «permiso de trabajo en once días»: se refieren a una fase concreta y necesitan que el expediente y las comunicaciones sean correctos.
Revisamos que el documento identifique al empleador, la oferta, los puestos y las personas puestas a su disposición. Si existen errores o el resultado no acredita la dificultad alegada, analizamos la incidencia antes de utilizarlo en extranjería.
El certificado se refiere a una oferta y una gestión determinadas. No funciona como una acreditación genérica para cualquier futura contratación de la empresa. Si cambia sustancialmente la vacante, hay que comprobar si el documento sigue sirviendo para el expediente proyectado.
La autorización de extranjería sigue necesitando sus propios requisitos
Con el resultado de la gestión pública, se prepara o completa la solicitud de residencia y trabajo que proceda. Se revisan contrato, condiciones laborales, medios de la empresa y documentación del candidato. Extranjería valora el conjunto: tener el certificado no obliga a conceder el permiso.
Si se trata de contratación inicial desde el extranjero, todavía pueden quedar la resolución, el visado, la entrada y las actuaciones de alta correspondientes. Si la persona ya reside en España, la vía y sus efectos pueden ser otros. La fecha de incorporación debe calcularse para el supuesto concreto.
Esta fase no habilita al candidato para comenzar mientras se prepara la autorización. Por eso coordinamos el expediente migratorio con la planificación de la empresa, sin sustituir los pasos legales por una fecha comercial de disponibilidad.
Qué necesitamos y cómo se delimita la gestión
Para comenzar solicitamos una descripción del puesto, ubicación, condiciones previstas y situación administrativa del candidato. Después concretamos la documentación del empleador, su representación, las pruebas de una posible excepción y los datos necesarios para tramitar la oferta.
El presupuesto indicará si incluye revisión de necesidad, preparación y registro de la oferta, seguimiento, documentación del cierre y revisión del certificado. La autorización de extranjería posterior puede contratarse conjuntamente o por separado; debe quedar escrito, no presumirse incluida.
Facilitamos honorarios con IVA incluido antes de contratar y detallamos tasas u otros gastos externos cuando existan. No ofrecemos búsqueda de trabajadores, contratos ni colocación laboral. Para el primer WhatsApp basta con indicar dónde está el puesto, qué funciones tiene y si el candidato está fuera de España o ya dispone de una autorización.
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Las dudas que suelen surgir
¿Es obligatorio para contratar a cualquier extranjero?
No. Primero hay que revisar si la persona ya puede trabajar, qué autorización se necesita, el catálogo aplicable y las excepciones que se puedan acreditar.
¿La gestoría expide el certificado?
No. Lo emite el servicio público de empleo competente. Podemos asumir la preparación documental y las gestiones administrativas pactadas con la empresa.
¿Puedo pedirlo aunque la ocupación no aparezca en el catálogo?
La gestión de la oferta permite estudiar la dificultad de cobertura de ocupaciones no catalogadas cuando sea la vía aplicable. Debe existir una vacante real y un resultado que la sustente.
¿La empresa puede rechazar a todos para contratar a su candidato?
No debe simularse una selección ni introducir filtros artificiales. Las candidaturas deben valorarse por los requisitos reales del puesto y los rechazos han de justificarse de forma veraz.
¿Con el certificado puede empezar a trabajar?
No. El certificado no es un permiso de trabajo. Hay que completar la autorización correspondiente y cumplir sus condiciones de eficacia antes de incorporarse.
¿El presupuesto incluye también la autorización por cuenta ajena?
Solo si se acuerda expresamente. El presupuesto previo detalla el alcance de esta fase, la tramitación posterior si se contrata y los honorarios con IVA incluido.
Cuéntanos qué puesto necesitas cubrir
Indica la ubicación, las funciones y la situación del candidato. Revisaremos si esta fase es necesaria y te propondremos un presupuesto con su alcance.
Prestador profesional: GA 1268 COGAS S.L.P. · Gestoría administrativa colegiada.
Revisión: 8 de septiembre de 2026. Información general; el encaje se comprueba según tu situación y la normativa vigente. La decisión corresponde a la Administración.
Referencias oficiales: BOE: Reglamento de Extranjería, situación nacional de empleo · BOE: Ley Orgánica 4/2000, excepciones del artículo 40 · SEPE: catálogo de ocupaciones de difícil cobertura · SEPE: modelo de oferta y certificado de insuficiencia para su ámbito de tramitación · Migraciones: Hoja 12, autorización inicial por cuenta ajena.