Preparación del trámite

Cáceres · Preparación y gestión de reagrupación familiar

Reagrupación familiar en Cáceres

Te ayudamos a preparar la reagrupación de tu familia en Cáceres. Revisamos quién puede reagrupar, el vínculo familiar, los recursos y la vivienda, identificando el servicio social que corresponde al domicilio.

  • Gestoría colegiada · Toda España
  • Presupuesto antes de contratar

Primero, confirmar que el EX-02 es tu trámite

Esta página se dirige a personas extranjeras residentes que quieren solicitar la reagrupación familiar del régimen general. No basta con tener NIE: revisamos la autorización que tienes, su vigencia y a quién deseas traer.

Si tienes nacionalidad española, consulta la residencia para familiares de españoles. Si ya existe una residencia por reagrupación y va a caducar, corresponde estudiar su renovación, no repetir la solicitud inicial.

Podemos atender la preparación de tu expediente a distancia, sin que tengas que desplazarte a nuestra gestoría. Las actuaciones personales que exija la Administración se mantienen.

Residencia EX-02

Para familiares de una persona extranjera residente, si se cumplen los requisitos.

Vivienda y documentos

En Cáceres capital partimos del IMAS; para otro municipio identificamos su servicio social básico, que puede depender de una mancomunidad.

Atención profesional

Presupuesto con IVA y alcance por escrito antes de contratar.

Qué necesitamos comprobar para traer a tu familia

  • Tu residencia: con carácter general, al menos un año de residencia y solicitud para residir otro año; la concesión queda condicionada a la renovación correspondiente. Hay excepciones, y los ascendientes requieren revisar la larga duración.
  • El parentesco: cónyuge o pareja, hijos y otros familiares en los supuestos legales. Las edades, la custodia, el vínculo o la dependencia pueden cambiar las pruebas necesarias.
  • Los recursos: como regla general, 150 % del IPREM para dos miembros y 50 % por cada adicional. Se comprueban regularidad, composición familiar y posibles minoraciones por menores; no se usa una nómina aislada como garantía.
  • La vivienda: disponibilidad y adecuación para la familia, acreditadas conforme al artículo 67.
  • El resto del expediente: cobertura sanitaria, escolarización de menores cuando corresponda, tasas y demás requisitos aplicables.

La explicación completa está en reagrupación familiar: requisitos y trámite. Aquí añadimos la coordinación concreta con tu domicilio.

Cáceres capital: el acceso social se organiza a través del IMAS

El Instituto Municipal de Asuntos Sociales de Cáceres organiza la atención social de la ciudad. Su información municipal sitúa centros en las zonas centro, norte y Aldea Moret, con acceso mediante Información, Valoración y Orientación. La relación de programas incluye actuaciones relacionadas con reagrupamiento familiar.

Esta referencia ayuda a localizar el punto de atención, pero no convierte cualquier programa del IMAS en el trámite de vivienda. Comprobamos el servicio correspondiente al domicilio. Para Plasencia, Trujillo u otro municipio de la provincia, las instrucciones extremeñas remiten al servicio social básico de la entidad local correspondiente, que puede ser ayuntamiento, mancomunidad o agrupación.

Una vivienda compartida necesita una descripción completa

Las instrucciones de Extremadura aclaran que convivir varias unidades familiares no impide por sí solo considerar adecuada una vivienda. La valoración debe atender a sus condiciones. Si compartes domicilio en Cáceres, revisamos cómo se acredita la ocupación y que el expediente refleje a quienes viven realmente allí.

Preparamos una explicación coherente de habitaciones, usos y personas, sin prometer un resultado favorable. El informe corresponde al servicio público competente; nuestra gestión consiste en ordenar las pruebas y coordinar su incorporación al EX-02. Si te has mudado, advertirlo al inicio evita preparar documentos para la vivienda anterior.

Los documentos, organizados para tu caso

Después de la primera consulta te indicamos la lista concreta. Habitualmente revisamos:

  • Pasaportes completos y en vigor; permiso y fechas de residencia de quien reagrupa.
  • Certificados del vínculo familiar y, cuando proceda, prueba de pareja estable, custodia, consentimiento o dependencia.
  • Documentación de ingresos y actividad económica de los miembros computables.
  • Título de uso de la vivienda e informe de adecuación, además de la cobertura sanitaria exigible.
  • Modelo EX-02, representación y justificante de la tasa correspondiente.

Los documentos públicos extranjeros pueden necesitar apostilla o legalización y traducción jurada, salvo exención aplicable. Revisamos el país emisor antes de pedirte actuaciones que no correspondan.

El informe de vivienda tiene una antigüedad máxima de seis meses al presentar la reagrupación. Si no se emite en el mes previsto en el artículo 67.2, hay que acreditar esa circunstancia para valorar medios de prueba alternativos: no basta con decir que tarda ni significa concesión automática.

Qué hacemos y qué queda fuera del encargo

  1. Revisamos: permiso, familiar, domicilio y viabilidad documental.
  2. Preparamos: ordenamos el expediente y te señalamos lo que falta o debe aclararse.
  3. Presentamos: por Mercurio cuando el procedimiento y la representación lo permiten; te entregamos el justificante.
  4. Seguimos: atendemos las actuaciones incluidas en el presupuesto y te explicamos la resolución y el siguiente paso.

Antes de contratar recibirás el presupuesto con IVA y el alcance por escrito. Puedes consultar el precio publicado del expediente estándar. Las tasas, traducciones, legalizaciones, seguros y gastos de terceros se separan de los honorarios.

Si necesitas también preparar el informe de vivienda, la fase consular o una actuación adicional, se indica expresamente en el encargo. La gestoría no concede permisos ni emite informes técnicos. Tampoco sustituye las comparecencias personales del familiar ni garantiza una fecha de resolución.

Después del EX-02: consulado, entrada y tarjeta

Una resolución favorable de Extranjería no permite saltarse la fase consular cuando esta sea necesaria. El familiar debe tramitar el visado ante el consulado español competente y cumplir las condiciones de entrada; después se solicita la TIE personalmente, con las particularidades correspondientes a menores.

Te ayudamos a distinguir qué se ha concedido, qué fecha pone en la notificación y qué documento necesita el siguiente organismo. No recomendamos comprar viajes no reembolsables tomando el plazo legal de resolución como fecha asegurada de llegada.

Si lo que necesitas ahora es el consulado, consulta el servicio de visado de reagrupación familiar. Esta fase no se entiende incluida automáticamente en la preparación del EX-02.

También puede ayudarte

Las dudas que suelen surgir

¿Puedo reagrupar en Cáceres si comparto vivienda con otra familia?

Compartir vivienda no supone por sí solo que sea inadecuada, según las instrucciones extremeñas. Hay que valorar el espacio, la ocupación y las condiciones reales. Revisamos la situación concreta y su documentación; no basta con presentar un contrato para asegurar un informe favorable.

¿Tengo que enviar yo el informe de Cáceres por AUTENTICA?

No es el canal previsto para que el particular solicite el informe. Las instrucciones extremeñas reservan esa remisión a Extranjería al personal público habilitado. Tu petición de vivienda se dirige al servicio local competente; la presentación del EX-02 es una actuación distinta.

¿Podéis presentarlo sin que vaya a vuestra gestoría?

Podemos preparar y presentar el EX-02 por el cauce electrónico admitido con representación acreditada. Esto no elimina las visitas de vivienda ni las comparecencias ante el consulado o la Policía que correspondan.

¿Puedo traer a mi familiar con mi primera tarjeta?

No se responde solo mirando el plástico. Revisamos tu tipo de autorización, el tiempo de residencia, la renovación y el familiar. Para ascendientes y determinados permisos existen reglas específicas.

¿Tengo que enviar todos los documentos en el primer WhatsApp?

No. Empieza indicando qué permiso tienes y a qué familiar quieres traer. Te explicaremos qué necesitamos después y cómo facilitarlo; no hace falta enviar pasaportes ni documentación sensible para saludar.

¿Revisamos cómo traer a tu familia?

Dinos qué residencia tienes y a quién quieres reagrupar. Empezamos por ahí, sin formularios largos.

¿Podéis ayudarme?

Más provincias y página nacional

Esta landing mantiene la información útil para tu provincia. Para comparar oficinas y pasos territoriales, consulta el directorio completo de Reagrupación familiar por provincias. Si necesitas volver al procedimiento general, tienes la página nacional de Reagrupación familiar.