Tasa 790-052 de Extranjería

El Mejor Bufete para gestionar tus tramites de extranjeria

Identificamos el epígrafe y el importe correcto

Comprobamos si también necesitas una tasa 062 o 012

Preparamos el modelo 790-052 para pagar

Revisamos el NRC y el justificante de registro

Podemos incorporar la tasa a tu expediente de Extranjería

Tramitación online por GA 1268 COGAS S.L.P., gestoría administrativa colegiada. Servicio para toda España.

COMPROBAR QUÉ TASA ME CORRESPONDE

Comprueba qué epígrafe de la Tasa 790-052 te corresponde

No todas las autorizaciones de Extranjería utilizan el mismo epígrafe ni tienen el mismo importe.

Responde estas preguntas para obtener una primera orientación sobre:

  • El código que debes seleccionar.
  • El importe vigente.
  • La persona obligada al pago.
  • La posible necesidad de una tasa 062 o 012 adicional.
  • La forma de pago.
  • El justificante que debes conservar.
  • El servicio profesional que puedes contratar.
Pregunta 1 Selector de tasa
¿Qué necesitas hacer?
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¿Qué procedimiento vas a realizar?
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Selecciona el procedimiento de estancia
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Selecciona la autorización inicial
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Selecciona la renovación o prórroga
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Selecciona la circunstancia excepcional
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Selecciona la modificación
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Selecciona el procedimiento de larga duración
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¿La persona obligada al pago tiene NIE o NIF asignado?
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¿Qué provincia has seleccionado o debes seleccionar?
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¿En qué estado se encuentra la tasa?
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¿Cómo quieres gestionar el pago?
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¿Qué servicio necesitas?
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ORIENTACIÓN INICIAL

Los epígrafes e importes incorporados al selector coinciden con la relación oficial vigente de la Tasa 052 a fecha de revisión.

Importante
No introduzcas en el selector tu NIE, número de expediente, domicilio, IBAN o datos bancarios. Esa información debe revisarse posteriormente por un canal privado.

Qué servicio puedes contratar

La tasa y su importe pertenecen a la Administración. Puedes contratar únicamente la actuación profesional que necesites.

GENERACIÓN Y REVISIÓN Tasa 790-052 preparada para pagar

Para quien conoce su procedimiento y necesita generar correctamente la liquidación.

  • Identificación del epígrafe.
  • Comprobación del importe.
  • Selección de provincia.
  • Revisión de la persona obligada al pago.
  • Comprobación del NIE y datos básicos.
  • Formulario preparado para abonar.
TASA + EXPEDIENTE Generación y vinculación con tu solicitud

Para quien necesita preparar la tasa y asegurarse de que queda relacionada con el expediente correcto.

  • Todo el servicio de generación.
  • Revisión del número de expediente.
  • Comprobación del plazo.
  • Revisión del NRC o validación bancaria.
  • Revisión del justificante.
  • Orientación para incorporarlo a Mercurio.
INCIDENCIAS O SERVICIO COMPLETO Corrección, devolución o tramitación completa

Para quien ha pagado mal o quiere delegar también la autorización de Extranjería.

  • Revisión de pagos incorrectos o duplicados.
  • Preparación de devolución cuando proceda.
  • Generación de la tasa correcta.
  • Revisión del procedimiento principal.
  • Presentación de la autorización contratada.
  • Seguimiento dentro del alcance acordado.

Antes de comenzar recibirás un precio cerrado y conocerás exactamente las actuaciones incluidas.

GENERAR Y REVISAR MI TASA 790-052

Qué es la Tasa 790-052 de Extranjería

La Tasa 052 es la autoliquidación utilizada para la tramitación de autorizaciones de estancia, residencia, renovación, circunstancias excepcionales, modificaciones, larga duración y otros procedimientos administrativos de Extranjería.

El nombre completo es:

Modelo 790, código 052: tramitación de autorizaciones de residencia y otra documentación a ciudadanos extranjeros.

La tasa no es:

  • El formulario de solicitud de residencia.
  • La autorización de trabajo.
  • La TIE.
  • El justificante de presentación del expediente.
  • La resolución favorable.
  • Los honorarios de una gestoría.

La 052 acredita el pago del concepto administrativo seleccionado. El procedimiento principal debe presentarse con su formulario y documentación propios. La sede estatal ofrece una vía de pago y registro electrónico y otra para generar el PDF, imprimirlo y pagarlo en una entidad financiera colaboradora.

Tasa 790-052: lo esencial

Finalidad Tramitación de autorizaciones de estancia, residencia y otras actuaciones de Extranjería.
Importe Depende del epígrafe y del procedimiento concreto.
Provincia Debe corresponder al órgano que tramita o tramitará el expediente.
Sujeto pasivo Generalmente, la persona a cuyo favor se tramita la autorización de residencia.
Pago online Debe completarse el pago y el registro electrónico de la liquidación.
Pago presencial Se genera el PDF, se imprimen sus ejemplares y se abona en una entidad colaboradora.
Justificante Debe conservarse el NRC, la validación bancaria o el justificante de registro aplicable.
Plazo Debe atenderse el periodo indicado para el procedimiento o en la comunicación recibida.

La persona a cuyo favor se tramita la autorización es, con carácter general, el sujeto pasivo de las tasas de residencia. En las autorizaciones de trabajo por cuenta ajena, la tasa de trabajo puede corresponder al empleador.

Epígrafes e importes vigentes de la Tasa 052

La siguiente tabla resume los principales conceptos de la Tasa 790-052 vigentes a agosto de 2026.

Epígrafe Procedimiento Importe
1.1.1 Estancia inicial de larga duración por estudios, movilidad, voluntariado o actividades formativas 10,94 €
1.1.2 Prórroga de estancia de larga duración por estudios o actividades formativas 17,49 €
1.2.1 Prórroga de estancia de corta duración sin visado 17,49 € + 1,09 €/día
1.2.2 Prórroga de estancia de corta duración con visado 32,17 €
2.1.1 Residencia temporal no lucrativa 10,94 €
2.1.2 Residencia temporal por reagrupación familiar 10,94 €
2.1.3 Residencia temporal y trabajo por cuenta ajena o propia 10,94 €
2.1.4 a 2.1.8 Otras autorizaciones iniciales de residencia temporal incluidas en esos epígrafes 10,94 €
2.2.1 a 2.2.7 Renovaciones o prórrogas de residencia temporal ordinaria 16,40 €
2.3.1 Arraigo social, sociolaboral, socioformativo, familiar o de segunda oportunidad 38,28 €
2.3.2.a Razones humanitarias, colaboración, seguridad nacional, interés público y supuestos equivalentes 38,28 €
2.3.2.b Violencia de género o sexual, trata, redes organizadas y determinados delitos protegidos 10,94 €
2.3.2.c Mayoría de edad de menor no acompañado sin autorización previa de residencia 10,94 €
2.4 Prórroga o renovación de residencia temporal por circunstancias excepcionales 16,40 €
2.5.1 a 2.5.3 Modificaciones desde estancia, residencia o de las condiciones de residencia y trabajo 10,94 €
2.6 Residencia de larga duración nacional o larga duración-UE 21,87 €
2.7 Recuperación de residencia de larga duración nacional o UE 21,87 €

Los importes anteriores proceden de la orden estatal de tasas y del formulario 052 que mantiene actualmente la sede electrónica.

Importante
Los importes pueden actualizarse al inicio de un ejercicio presupuestario. Deben comprobarse de nuevo en la fecha de generación y pago.

Cómo rellenar la Tasa 790-052

Provincia

Debes seleccionar la provincia en la que se presenta o tramita el procedimiento.

No debe elegirse necesariamente:

  • La provincia en la que naciste.
  • La provincia de tu consulado.
  • La provincia de la gestoría.
  • La provincia en la que está tu empleador.
  • La provincia que utilizaste en un expediente antiguo.

Debe corresponder al órgano competente para la solicitud actual.

Cuidado
Si has cambiado de domicilio después de presentar, primero debe comprobarse qué oficina conserva la competencia y si el traslado del expediente ya se ha producido.

Sujeto pasivo

Es la persona a cuyo favor se tramita la autorización o documento sujeto a la tasa. En la 052 suele ser la persona extranjera solicitante. Que otra persona realice materialmente el pago no cambia necesariamente quién debe aparecer como sujeto pasivo.

Debes indicar correctamente:

  • NIF o NIE.
  • Primer apellido.
  • Segundo apellido, cuando exista.
  • Nombre.
  • Nacionalidad.
  • Dirección.
  • Municipio.
  • Provincia.
  • Código postal.
  • Teléfono.

NIE o NIF

El formulario oficial solicita un NIF o NIE válido.

No debes:

  • Inventar un número.
  • Utilizar el NIE de un familiar.
  • Utilizar el NIE del representante.
  • Repetir el número de otra tasa.
  • Cambiar dígitos para que el sistema acepte el formulario.

Si todavía no tienes NIE, debe comprobarse cómo se asignará dentro del procedimiento y en qué momento corresponde generar la liquidación.

Número de expediente

Debe indicarse cuando ya existe y se conoce. El número permite relacionar la liquidación con el procedimiento correspondiente.

Antes de introducirlo, comprueba:

  • Que pertenece a la misma persona.
  • Que corresponde al procedimiento correcto.
  • Que no es el número de registro.
  • Que no es el justificante de Mercurio.
  • Que no es el número de una solicitud anterior.

Autoliquidación principal o complementaria

La liquidación principal es la tasa ordinaria que se genera por primera vez para ese concepto. La complementaria se utiliza cuando debe ingresarse una diferencia vinculada a una liquidación principal anterior.

No debes marcar “complementaria” únicamente porque hayas cometido un error. En muchos supuestos, la solución será generar una nueva tasa correcta y estudiar por separado la devolución de la anterior.

Epígrafe

Debes marcar el texto descriptivo que coincide exactamente con el procedimiento.

No selecciones un epígrafe por:

  • Parecerse al nombre.
  • Tener el importe más bajo.
  • Ser el que pagaste en un expediente antiguo.
  • Ser el primero que aparece.
  • Haberlo recomendado una persona con otro trámite.

Importe

El sistema calcula o muestra el importe correspondiente al epígrafe seleccionado.

Antes de pagar comprueba que:

  • Coincide con el procedimiento.
  • Coincide con la cuantía vigente.
  • No se ha seleccionado otra casilla.
  • No se ha introducido una cantidad manual incorrecta.
  • No corresponde a una tasa complementaria.

Forma de pago

Dependiendo del canal, puede aparecer:

  • Pago en efectivo.
  • Adeudo en cuenta.
  • Pago telemático.
  • Pago mediante entidad colaboradora.

El medio utilizado no cambia el concepto, el epígrafe ni la identidad de la persona obligada al pago.

Cuándo se paga la Tasa 052

El momento de pago depende del procedimiento y del canal de presentación. Como regla general, el periodo voluntario es de diez días hábiles desde el momento determinado para el procedimiento, normalmente relacionado con la presentación o admisión de la solicitud. En una presentación electrónica, el sistema puede permitir o exigir que el pago forme parte del propio acto de registro.

Por eso, antes de pagar debes comprobar:

  • La hoja oficial del procedimiento.
  • El justificante de presentación.
  • La comunicación de admisión.
  • El requerimiento recibido.
  • El canal utilizado.
  • La fecha de devengo que aparece en la tasa.

La orden estatal establece un periodo voluntario general de diez días hábiles y prevé el abono en el acto de presentación cuando la solicitud se tramita por los medios electrónicos habilitados.

Importante
No pagues una tasa meses antes únicamente para “tenerla preparada”. La versión, el importe, la provincia, el NIE o el procedimiento pueden cambiar antes de la presentación.

Quién debe pagar la Tasa 052

La tasa de residencia corresponde generalmente a la persona extranjera a cuyo favor se tramita la autorización.

En un procedimiento de residencia y trabajo pueden coexistir:

  • Tasa 052: vinculada a la autorización de residencia.
  • Tasa 062: vinculada a la autorización de trabajo.

En las autorizaciones de trabajo por cuenta ajena, el empleador puede ser el sujeto pasivo de la Tasa 062. Si el empleador abona una tasa que legalmente le corresponde, no debe trasladar ese importe a la persona extranjera en los supuestos establecidos. La normativa distingue expresamente al sujeto pasivo de las tasas de residencia del sujeto pasivo de las tasas de trabajo por cuenta ajena.

Cómo pagar y registrar la Tasa 052 por Internet

El procedimiento electrónico tiene varias fases.

1. Acceder al formulario de pago y registro

Debes utilizar el sistema correspondiente a:

Modelo 790, código 052.

2. Seleccionar la provincia

La provincia debe corresponder al órgano competente para el procedimiento.

3. Cumplimentar los datos

Debes introducir:

  • NIE o NIF.
  • Nombre y apellidos.
  • Nacionalidad.
  • Domicilio.
  • Provincia.
  • Epígrafe.
  • Importe.
  • Número de expediente, cuando exista.
  • Fecha de devengo.
  • Datos requeridos para el pago.

4. Realizar el pago telemático

El sistema redirige a la pasarela de pago de la Agencia Tributaria.

Para utilizar esta vía se necesita un sistema de identificación admitido, como certificado electrónico, DNI electrónico o acceso mediante Cl@ve, según el servicio habilitado.

5. Obtener el NRC

El Número de Referencia Completo acredita la operación de pago.

Debes conservarlo, pero el NRC no siempre significa que se haya completado el registro electrónico de la tasa.

6. Firmar y enviar el registro

Después del pago debes continuar el proceso y pulsar:

FIRMAR Y ENVIAR

Si se abandona la sede antes de este paso, la liquidación puede aparecer pagada, pero pendiente de registrar.

7. Descargar el justificante de registro

El proceso se considera correctamente completado cuando dispones del justificante devuelto por el Registro Telemático.

La sede oficial advierte expresamente que, tras el pago, debe realizarse el registro electrónico y descargarse el justificante.

Cuidado
Un cargo en la cuenta bancaria no sustituye automáticamente:

  • El justificante de registro.
  • La incorporación de la tasa al expediente.
  • La presentación de la solicitud de Extranjería.

Qué ocurre si pagaste online, pero no registraste la tasa

Puede aparecer una liquidación:

  • Pagada.
  • Con NRC.
  • Cargada en la cuenta.
  • Pendiente de registro.

En ese caso debes revisar el apartado de expedientes de tasas.

El sistema diferencia entre:

  • Liquidaciones pagadas y pendientes de registrar.
  • Liquidaciones pagadas y registradas.

Las pendientes pueden necesitar completar el registro desde la propia sede.

Para recuperar un justificante de registro pueden solicitarse datos como:

  • NRC.
  • NIF o NIE del sujeto pasivo.
  • Importe.
  • Número de registro.

Importante
No pagues otra tasa inmediatamente por no encontrar el justificante. Primero debemos comprobar si el pago anterior está pendiente de registrar o si el documento puede recuperarse.

Cómo imprimir la Tasa 052 y pagarla en el banco

También puedes generar un PDF para abonarlo mediante una entidad financiera colaboradora.

1. Selecciona la provincia

Debe ser la provincia competente para el procedimiento.

2. Cumplimenta el formulario

Incluye los datos personales, el epígrafe, el importe y la información del expediente cuando corresponda.

3. Pulsa “Obtener documento”

El sistema genera el modelo 790 en PDF.

4. Imprime todos los ejemplares

No imprimas únicamente la primera página.

Los ejemplares permiten conservar la parte correspondiente a:

  • La Administración.
  • La persona interesada.
  • La entidad colaboradora.

5. Realiza el pago o adeudo

Debes presentar el modelo en una entidad financiera colaboradora, incluso cuando se utilice la modalidad de adeudo en cuenta.

6. Conserva la validación

La copia validada, sellada o mecanizada debe conservarse y aportarse por el canal correspondiente.

La sede oficial describe expresamente esta alternativa de impresión, pago en entidad colaboradora y posterior presentación.

Cuidado
Una transferencia bancaria ordinaria a una cuenta desconocida no sustituye el pago de la tasa mediante el modelo oficial.

Diferencia entre generar, pagar, registrar y presentar la tasa

1. Generar

Se cumplimenta el formulario y se selecciona el epígrafe correspondiente.

2. Pagar

Se abona el importe mediante pago telemático o entidad colaboradora.

3. Registrar

En la vía electrónica se firma y envía el registro de la liquidación pagada.

4. Incorporar

El justificante se vincula a la solicitud o expediente de Extranjería correspondiente.

Importante
Completar una fase no implica automáticamente que las demás estén realizadas.

Cómo incorporar la Tasa 052 a Mercurio

Cuando el procedimiento se presenta por Mercurio, la tasa debe quedar relacionada con la solicitud correcta.

Antes de incorporarla comprueba:

  • NIE o NIF.
  • Nombre y apellidos.
  • Epígrafe.
  • Importe.
  • Provincia.
  • Número de expediente, si existe.
  • Fecha de pago.
  • NRC o validación.
  • Justificante de registro.
  • Legibilidad del archivo.

Nombre recomendado del archivo

Utiliza un nombre comprensible, por ejemplo:

Tasa_790_052_pagada.pdf

O:

Tasa_052_epigrafe_2_3_1.pdf

Evita nombres como:

  • documento1.pdf
  • captura.pdf
  • tasa_nueva_final2.pdf
  • scan0005.pdf

Qué documento debes adjuntar

Debe aportarse el documento que acredite correctamente el pago y, cuando proceda, el registro.

No conviene adjuntar únicamente:

  • Una captura de la cuenta bancaria.
  • Un correo de aviso.
  • Una página incompleta.
  • Un PDF sin validación.
  • Un formulario pendiente de pago.

Si la tasa se paga después de presentar

Debe incorporarse al expediente dentro del plazo aplicable mediante el canal habilitado para aportar documentación.

Consejo
Guarda por separado:

  1. El formulario generado.
  2. El justificante de pago.
  3. El justificante de registro.
  4. El resguardo de incorporación al expediente.

Qué ocurre si todavía no tienes NIE

No debes utilizar el NIE de otra persona ni inventar un número para generar la tasa. El formulario oficial requiere un identificador válido.

Cuando todavía no existe NIE, debemos comprobar:

  • Qué procedimiento se presenta.
  • Si el NIE se asigna al registrar la solicitud.
  • Si la Administración emitirá una comunicación para el pago.
  • Si Mercurio integra el pago dentro de la presentación.
  • Si ya existe un expediente.
  • Qué instrucciones contiene la hoja oficial.
  • Qué fecha inicia el plazo.

Importante
La solución no es siempre idéntica para todos los procedimientos iniciales. Debe revisarse la mecánica específica del expediente.

Diferencia entre Tasa 052, 062 y 012

Código Finalidad principal Quién suele pagar Ejemplos
052 Autorizaciones de estancia, residencia, renovación, modificación y larga duración La persona extranjera a cuyo favor se tramita la autorización Arraigo, reagrupación, no lucrativa, modificación o larga duración
062 Autorizaciones de trabajo El empleador en trabajo por cuenta ajena o la persona extranjera en determinados supuestos por cuenta propia Autorización inicial o renovada de trabajo
012 TIE, huellas y determinados trámites policiales de documentación La persona titular del documento o trámite policial Primera TIE, renovación de TIE, larga duración, certificado UE o autorización de regreso

La sede de tasas distingue la Tasa 052 de la Tasa 062, y la Policía exige la Tasa 012 para la expedición de la TIE.

Cuidado
Un mismo procedimiento puede necesitar:

  • Una 052 para residencia.
  • Una 062 para trabajo.
  • Una 012 posterior para la tarjeta física.

Qué ocurre si pagaste una tasa incorrecta

Una tasa puede ser incorrecta por:

  • Epígrafe equivocado.
  • Importe incorrecto.
  • NIE de otra persona.
  • Nombre incorrecto.
  • Provincia equivocada.
  • Número de expediente erróneo.
  • Procedimiento diferente.
  • Pago duplicado.
  • Tasa 052 utilizada cuando correspondía 012 o 062.
  • Liquidación antigua ya utilizada.
  • Pago realizado sin llegar a presentar el procedimiento.

No conviene:

  • Modificar manualmente un PDF pagado.
  • Borrar el epígrafe.
  • Cambiar el importe con un editor.
  • Presentarla esperando que Extranjería la recoloque.
  • Pagar otra sin revisar primero la anterior.
  • Utilizar el justificante en otro expediente.

¿Puede corregirse la tasa ya pagada?

Depende de la incidencia.

En muchos casos será necesario:

  1. Generar y pagar una tasa correcta.
  2. Presentarla dentro del plazo.
  3. Solicitar por separado la devolución de la tasa incorrecta.

La existencia de un pago anterior no obliga a la Administración a aplicarlo automáticamente a otro concepto o persona.

Tasa complementaria

La liquidación complementaria no sirve para corregir cualquier error. Se utiliza cuando debe completarse una liquidación principal anterior y existe una diferencia que puede relacionarse correctamente con ella.

Cómo solicitar la devolución de una Tasa 052

La devolución se utiliza cuando existe un ingreso indebido, por ejemplo:

  • Pago duplicado.
  • Tasa abonada sin que procediera.
  • Importe superior.
  • Procedimiento no presentado.
  • Error que impide aplicar la liquidación.
  • Pago de una tasa diferente de la exigida.

Puede solicitarse:

  • Mediante el formulario electrónico de devolución.
  • Mediante el modelo manual.
  • Presencialmente.
  • A través del Registro Electrónico General.

La petición debe dirigirse a la Delegación o Subdelegación del Gobierno que tramite o haya tramitado el expediente.

Documentos habituales

Puede ser necesario aportar:

  • Solicitud de devolución.
  • Datos de la persona que pagó.
  • Identificación.
  • Modelo 790 original.
  • NRC o validación bancaria.
  • Justificante de pago.
  • Explicación del error.
  • Prueba del pago correcto, cuando exista.
  • Resolución o justificante del expediente.
  • IBAN para recibir la devolución.
  • Documentación de representación.

La sede oficial exige explicar el motivo, indicar la cuenta bancaria y acompañar los documentos del ingreso y las pruebas del derecho a la devolución.

La devolución no es automática

Pagar otra tasa correctamente no provoca por sí solo la devolución de la anterior. Debe iniciarse el procedimiento específico y esperar su resolución.

Consejo
Conserva el modelo original y todos los justificantes. No elimines ni modifiques el PDF pagado.

Cómo revisamos y preparamos tu Tasa 052

  1. Identificamos el procedimiento

Comprobamos si corresponde una tasa de estancia, residencia, renovación, circunstancias excepcionales, modificación o larga duración.

  1. Confirmamos el código

Verificamos si necesitas:

  • 052.
  • 062.
  • 012.
  • Más de una tasa.
  • Ninguna tasa en esa fase.
  1. Revisamos el sujeto pasivo

Comprobamos quién debe figurar en la liquidación y quién puede realizar materialmente el pago.

  1. Comprobamos la provincia

Identificamos el órgano que tramita o tramitará el expediente.

  1. Revisamos el NIE y el número de expediente

Evitamos que la tasa quede vinculada a otra persona o procedimiento.

  1. Seleccionamos el epígrafe

Marcamos el concepto exacto y comprobamos el importe.

  1. Preparamos el canal de pago

Te indicamos si se gestionará:

  • Telemáticamente.
  • Mediante PDF y entidad colaboradora.
  • Dentro de una presentación profesional.
  • Después de una comunicación de la Administración.
  1. Revisamos el justificante

Comprobamos el NRC, la validación, el registro electrónico y la legibilidad.

  1. Incorporamos la tasa al expediente

Si contratas la gestión completa, la relacionamos con la solicitud y conservamos el resguardo.

  1. Resolvemos incidencias

Cuando existe un error, estudiamos si corresponde:

  • Recuperar el justificante.
  • Completar el registro.
  • Generar una nueva tasa.
  • Aportar una aclaración.
  • Solicitar una devolución.

GENERAR Y REVISAR MI TASA 790-052

Errores frecuentes con la Tasa 790-052

Elegir el epígrafe únicamente por el importe. El texto debe coincidir con el procedimiento.

Pagar la Tasa 052 para la TIE. La expedición de la tarjeta utiliza normalmente la 012.

Olvidar la Tasa 062. Algunas autorizaciones de residencia y trabajo requieren también una tasa de trabajo.

Poner el NIE del representante. Debe figurar el sujeto pasivo correcto.

Inventar un NIE porque el campo es obligatorio. Debe comprobarse el momento de asignación.

Seleccionar la provincia de la gestoría. La provincia debe corresponder al expediente.

Usar una provincia antigua. Un cambio de domicilio puede requerir revisar qué oficina es competente.

Pagar una tasa antes de conocer el procedimiento. Puede cambiar el epígrafe o el importe.

Utilizar una liquidación antigua. La cuantía o la normativa pueden haber sido actualizadas.

Marcar autoliquidación complementaria sin que corresponda. No corrige cualquier error.

Pagar online y cerrar la sede. Puede quedar pendiente el registro electrónico.

Conservar únicamente el cargo bancario. Debe guardarse el justificante adecuado.

Confundir NRC y número de registro. Son datos diferentes.

Adjuntar una captura. Debe aportarse el documento completo y legible.

No imprimir todos los ejemplares. Puede faltar la copia destinada a la Administración o al interesado.

Pagar mediante transferencia ordinaria. Debe utilizarse el procedimiento oficial.

No incorporar la tasa al expediente. Pagar no significa que Extranjería ya tenga el justificante.

Pagar dos veces por no encontrar el recibo. Primero debe revisarse la sede de tasas.

Modificar manualmente una tasa pagada. El justificante pierde coherencia.

Reutilizar una tasa en otro procedimiento. Debe estar vinculada al concepto y expediente correctos.

No responder a un requerimiento de tasa. El expediente puede archivarse por desistimiento.

Solicitar la devolución al organismo equivocado. Debe dirigirse a la Delegación o Subdelegación competente.

No aportar el IBAN en la devolución. Es necesario para recibir el importe cuando proceda.

Pensar que pagar garantiza la autorización. La tasa solo acredita el ingreso, no el cumplimiento de los requisitos.

Preguntas frecuentes sobre la Tasa 790-052

¿Qué es la Tasa 790-052?

Es la autoliquidación utilizada para tramitar autorizaciones de estancia, residencia, renovación, modificación, arraigo y larga duración, entre otros procedimientos.

¿Cuánto cuesta la Tasa 052?

Depende del epígrafe: los importes actuales más habituales son 10,94 euros, 16,40 euros, 17,49 euros, 21,87 euros o 38,28 euros.

¿Cuánto cuesta la tasa de arraigo?

El epígrafe 2.3.1 para las cinco modalidades ordinarias de arraigo tiene un importe de 38,28 euros.

¿Cuánto cuesta la tasa de reagrupación familiar?

La autorización inicial utiliza el epígrafe 2.1.2, con un importe de 10,94 euros; su renovación utiliza el 2.2.2, con 16,40 euros.

¿Cuánto cuesta la tasa de larga duración?

La residencia de larga duración nacional o UE utiliza el epígrafe 2.6, con un importe de 21,87 euros.

¿Qué tasa se paga para una modificación?

Los epígrafes 2.5.1, 2.5.2 y 2.5.3 tienen actualmente un importe de 10,94 euros.

¿La Tasa 052 sirve para la toma de huellas?

No. La expedición de la TIE utiliza normalmente la Tasa 790, código 012.

¿Qué diferencia hay entre 052 y 062?

La 052 se refiere principalmente a estancia y residencia; la 062 corresponde a autorizaciones de trabajo.

¿Puedo necesitar la 052 y la 062?

Sí. Determinados procedimientos de residencia y trabajo pueden exigir ambas tasas, con sujetos pasivos diferentes.

¿Quién paga la Tasa 052?

Generalmente, la persona extranjera a cuyo favor se tramita la autorización de residencia.

¿Puede pagarla otra persona?

Otra persona puede realizar materialmente el pago, pero la liquidación debe identificar correctamente al sujeto pasivo y al expediente.

¿Qué provincia debo seleccionar?

La provincia del órgano que tramita o tramitará el procedimiento.

¿Puedo generar la tasa sin NIE?

No debes inventar un NIE. Si aún no está asignado, debe revisarse el procedimiento y el momento correcto de generación.

¿Cuándo tengo que pagarla?

Debe atenderse la hoja del procedimiento y la comunicación recibida; el plazo general suele ser de diez días hábiles desde el momento aplicable.

¿Puedo pagarla antes de presentar?

Puede ser posible en algunos procedimientos, pero no conviene hacerlo sin comprobar el epígrafe, la vigencia, la provincia y la fecha de devengo.

¿Cómo se paga online?

Se cumplimenta el formulario, se realiza el pago telemático, se completa el registro electrónico y se descarga el justificante.

¿Qué es el NRC?

Es el Número de Referencia Completo que identifica la operación de pago.

¿El NRC demuestra que la tasa está registrada?

No necesariamente. Debe comprobarse si también se completó la firma y el envío del registro electrónico.

¿Puedo pagarla en un banco?

Sí, generando e imprimiendo el modelo y abonándolo en una entidad financiera colaboradora.

¿Qué documento tengo que conservar?

El modelo validado, el NRC cuando exista, el justificante de pago, el justificante de registro y el resguardo de incorporación al expediente.

¿Qué ocurre si pagué el epígrafe incorrecto?

Debe revisarse si procede generar una tasa correcta y solicitar por separado la devolución de la anterior.

¿Qué ocurre si pagué dos veces?

Puede solicitarse la devolución del ingreso duplicado aportando los justificantes y explicando la incidencia.

¿Dónde se solicita la devolución?

Ante la Delegación o Subdelegación del Gobierno que tramite o haya tramitado el expediente relacionado.

¿Puedo utilizar una tasa en otro expediente?

No debe reutilizarse sin comprobar que coincide el sujeto pasivo, el concepto, el importe, la provincia y el procedimiento.

¿Puede una gestoría generar la tasa?

Sí. Puedes contratar la identificación del epígrafe, la generación, la revisión y su incorporación al expediente.

¿Pagar la tasa garantiza que concedan la residencia?

No. La Administración también debe comprobar todos los requisitos del procedimiento.

Preparamos tu Tasa 052 antes de pagar

Para revisar tu caso necesitamos conocer:

  • Qué procedimiento quieres realizar.
  • Si es una solicitud inicial, renovación, prórroga o modificación.
  • Si ya existe un expediente.
  • Si tienes NIE asignado.
  • Qué provincia tramita el caso.
  • Qué epígrafe has seleccionado.
  • Qué importe aparece.
  • Si la tasa está generada o pagada.
  • Si tienes NRC.
  • Si existe justificante de registro.
  • Si la pagaste online o en una entidad financiera.
  • Si existe algún error o pago duplicado.
  • Si necesitas también una 062 o 012.

Revisaremos la información y te indicaremos qué tasa corresponde y qué pasos debes completar.

GENERAR Y REVISAR MI TASA 790-052

 

Tramita la tasa y tu expediente con Gestoría de Extranjería

Puedes contratar únicamente la generación de la tasa o delegar también el procedimiento completo.

En el servicio integral podemos:

  • Identificar la autorización aplicable.
  • Preparar el formulario principal.
  • Generar la Tasa 052.
  • Comprobar si corresponde una 062.
  • Revisar la documentación.
  • Formalizar la representación.
  • Presentar el expediente.
  • Incorporar los justificantes.
  • Entregar el resguardo.
  • Controlar las notificaciones dentro del alcance contratado.

QUIERO TRAMITAR MI TASA Y MI EXPEDIENTE

Atención online para toda España.

Quién gestiona profesionalmente el servicio

Gestoría de Extranjería es el portal desde el que te informamos, atendemos y organizamos tu solicitud inicial.

La identificación, generación, revisión, corrección, presentación y gestión profesional de los servicios contratados a través del portal se realiza por GA 1268 COGAS S.L.P., gestoría administrativa colegiada en España y responsable de la prestación profesional y de la facturación de los servicios contratados cuando corresponda.

La gestoría colegiada responsable puede:

  • Identificar la tasa aplicable.
  • Comprobar epígrafe e importe.
  • Revisar NIE, provincia y expediente.
  • Generar la liquidación.
  • Revisar el justificante.
  • Preparar una devolución.
  • Incorporar la tasa al procedimiento.
  • Presentar el expediente contratado.
  • Controlar las notificaciones dentro del alcance acordado.

Antes de contratar recibirás información clara sobre:

  • La actuación que necesitas.
  • Los datos y documentos requeridos.
  • El alcance del servicio.
  • Los honorarios profesionales.
  • El importe administrativo de la tasa.
  • Las actuaciones posteriores.

Gestoría de Extranjería es un portal privado y no forma parte de la Administración pública.

Los importes de la tasa se abonan a la Administración. La gestoría colegiada cobra únicamente por las actuaciones profesionales contratadas y no puede garantizar la concesión de la autorización.

Información revisada por la gestoría administrativa colegiada responsable de la gestión profesional · Última revisión: agosto de 2026.
La información publicada tiene carácter orientativo. Deben aplicarse el epígrafe y el importe vigentes en la fecha de generación, la hoja del procedimiento y las circunstancias individuales del expediente.