Reagrupación en régimen general · Fase consular · Familia
Visado de reagrupación familiar: del consulado a España
Si ya te han concedido la autorización de reagrupación familiar, el siguiente paso puede ser preparar el visado de tu familiar. Te ayudamos a revisar los documentos, la notificación y el consulado competente para presentar una solicitud coherente.
- Atención online en toda España
- Presupuesto antes de contratar
Autorización concedida y visado son dos pasos diferentes
La reagrupación familiar en régimen general comienza con una autorización solicitada en España por la persona reagrupante. Esta página trata la fase posterior: el visado que solicita el familiar que está fuera. Tener la autorización favorable es necesario en este circuito, pero no significa que el pasaporte esté ya visado.
Antes de preparar el expediente comprobamos quién reagrupa, quién aparece autorizado y qué resolución se ha notificado. Si la autorización está todavía en trámite, no sustituimos su concesión con una carta de invitación ni con una solicitud turística.
Si el familiar que vive en España es español, consulta el visado para familiares de españoles. Si es un ciudadano de otro país de la Unión, hay que estudiar el régimen comunitario. Los familiares UGE también tienen su propio cauce.
Familia de una persona extranjera residente en España.
Plazo general de dos meses desde la notificación al reagrupante.
Preparación para venir a España, no visados hacia otros países.
Los dos meses se cuentan desde la notificación al reagrupante
El visado de reagrupación en régimen general se solicita en el plazo de dos meses desde la notificación de la concesión de la autorización al reagrupante. La fecha relevante no es el día en que el familiar consigue el último certificado ni el día en que puede viajar.
Por eso revisamos la resolución y su justificante de notificación al inicio. Un plazo expresado en meses no debe convertirse sin más en sesenta días. Comprobamos el vencimiento conforme a las reglas de cómputo aplicables y al calendario correspondiente.
La reserva de cita, una consulta por correo o un pago a un intermediario no prueban por sí solos la presentación del visado. Si cuesta obtener cita, conserva las gestiones realizadas y consulta el canal oficial antes de que venza el plazo; no damos por hecho que quede prorrogado automáticamente. Cuanto antes se revise la carpeta, más margen habrá para corregir documentos.
Qué debe contener la carpeta de la persona reagrupada
- Formulario de visado nacional cumplimentado y firmado, y fotografía conforme a las instrucciones aplicables.
- Pasaporte o título de viaje reconocido, en vigor y con la validez mínima de un año prevista para el visado de residencia.
- Autorización favorable de reagrupación y acreditación de su notificación, además de la documentación identificativa del reagrupante que corresponda.
- Documentos originales que acrediten el vínculo familiar, pareja, edad o dependencia cuando sean necesarios en ese caso.
- Certificados de antecedentes de los países de residencia de los últimos cinco años, cuando sean exigibles por edad penal.
- Certificado médico exigible y prueba de residencia en la demarcación consular.
- Documentación del representante cuando proceda y pago de la tasa o acreditación de una exención aplicable.
No existe una antigüedad universal para todos los certificados emitidos en cualquier país. Concretamos originales, copias, vigencia, traducción y apostilla o legalización cuando procedan. La guía de preparación de documentos de extranjería ayuda a ordenar la carpeta antes de incurrir en gastos.
El vínculo aprobado debe quedar bien acreditado
El consulado comprueba documentación original del parentesco y los demás requisitos del visado. Una resolución favorable no evita revisar que los nombres, apellidos, fechas de nacimiento y números de pasaporte coincidan con la persona autorizada.
En menores, hay que examinar quién presenta, quién ejerce la responsabilidad parental y qué documentos permiten el traslado de residencia. Un certificado de nacimiento no reemplaza siempre el consentimiento del otro progenitor o la resolución que sea necesaria. Si existe un conflicto familiar que requiere intervención judicial, se diferencia del encargo administrativo.
También conviene comunicar cualquier cambio relevante ocurrido después de la autorización, como un nuevo pasaporte o una modificación del vínculo, para valorar su efecto antes de presentar. No se oculta una variación para mantener una apariencia de coincidencia. Un error material puede necesitar rectificación ante el órgano que lo produjo; no se arregla alterando un certificado.
Consulado competente, cita y actuaciones personales
La oficina consular competente se determina por la residencia del solicitante y las reglas aplicables, no por dónde parece haber citas más rápidas. El lugar de recepción puede ser el consulado o un proveedor autorizado, según las instrucciones publicadas para esa demarcación.
El artículo 40.1 del Reglamento admite presentar esta solicitud personalmente o mediante representación debidamente acreditada. Te ayudamos a revisar el formulario, organizar los documentos y acreditar la representación para las actuaciones incluidas en el encargo. La presentación mediante representante no impide que el consulado requiera una comparecencia o entrevista personal conforme al artículo 27.3.
La solicitud consular no se envía automáticamente por Mercurio porque la autorización inicial sí se presentara por esa plataforma. Debe conservarse el resguardo de presentación y seguir el medio de notificación indicado. Si se pide entrevista, documentación adicional o una comparecencia, revisamos la comunicación completa y su plazo.
Cuánto tarda y qué hacer mientras se estudia
El Reglamento prevé un plazo máximo de un mes desde la presentación de la solicitud de visado para que la oficina consular resuelva y lo expida, si procede. No debe confundirse con los dos meses disponibles para solicitarlo ni con el tiempo de preparación y cita.
El calendario real puede verse afectado por actuaciones del expediente. No garantizamos una fecha de entrega ni aconsejamos asumir gastos no recuperables basándose únicamente en el plazo legal. Conserva una copia de todo lo presentado y revisa las comunicaciones por el canal acordado.
Si falta documentación, hay que atender el requerimiento en su plazo. Si llega una denegación, se estudian el motivo y el pie de recursos antes de decidir si corresponde recurrir o preparar otra actuación. La autorización favorable de reagrupación no convierte toda denegación consular en un error automático. Puedes consultar nuestro servicio de revisión de visado denegado.
Qué incluye la ayuda y cómo se presupuesta
Primero revisamos la resolución, las fechas, el parentesco y el país de residencia. Después acordamos si el servicio comprende preparación documental, formulario, actuaciones admitidas mediante representación y seguimiento de la fase consular contratada.
Los honorarios se facilitan con IVA incluido y por escrito antes de contratar. La tasa del visado, su moneda de pago, las exenciones que puedan corresponder y los gastos de terceros se comprueban aparte. No trasladamos a este visado la gratuidad del visado de familiar de español o comunitario como si fueran el mismo régimen.
El presupuesto no incluye automáticamente la autorización inicial, todas las solicitudes familiares, traducciones, desplazamientos, TIE o recursos posteriores. Si esos servicios hacen falta, se identifican antes de continuar. La asistencia profesional es opcional y no garantiza una resolución favorable ni una cita preferente.
Retirar el visado, entrar y documentar la residencia
Una vez concedido, revisa la notificación y retíralo dentro del plazo aplicable: la regla general es un mes desde la notificación, salvo previsión específica. Comprueba también los datos, la vigencia y las condiciones del visado antes de organizar el viaje.
Al llegar, conserva la documentación de entrada y solicita la TIE dentro del mes siguiente, siguiendo las instrucciones policiales. La fecha de validez que figura en el visado no debe confundirse con el plazo para pedir la tarjeta ni con la duración total de la autorización. Puedes preparar la solicitud de huellas y TIE con antelación documental, sin sustituir tu comparecencia.
Para mantener la residencia, se revisan las condiciones de la autorización y su vencimiento. La futura renovación de la reagrupación familiar no se inicia volviendo a pedir este visado. Si la situación familiar cambia, se estudia la actuación correspondiente antes de dar por supuesto que basta con renovar la tarjeta.
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Las dudas que suelen surgir
¿Puedo pedir este visado mientras espero la reagrupación?
En este circuito debe haberse concedido previamente la autorización de reagrupación. Una solicitud pendiente o una carta de invitación no sustituyen esa resolución favorable.
¿Cuánto tiempo tengo después de la concesión?
Dos meses desde la notificación de la autorización al reagrupante. Revisamos la notificación para calcular el vencimiento; no se cuenta desde que el familiar termina de reunir documentos.
¿La autorización favorable garantiza el visado?
No. El consulado comprueba los requisitos del visado y los documentos originales pertinentes. Una discrepancia de identidad, vínculo o documentación debe revisarse, no ignorarse porque Extranjería concediera la autorización.
¿Tengo que presentar todos los ingresos y la vivienda otra vez?
La fase consular no debe confundirse con repetir de forma automática el expediente EX02. Revisamos los documentos exigibles y cualquier requerimiento concreto, incluyendo cambios relevantes producidos después de la autorización.
¿La gestoría puede evitar mi comparecencia?
La solicitud de este visado puede presentarse personalmente o mediante representación debidamente acreditada, conforme al artículo 40.1. Aun así, el consulado puede requerir una comparecencia o entrevista personal. Preparar la carpeta online no convierte todo el visado en un trámite remoto.
¿El visado es gratuito?
El régimen general no tiene automáticamente la exención del familiar de español o comunitario. Comprobamos la tasa y las posibles exenciones del caso; los honorarios y gastos externos se presupuestan por separado.
Preparemos la fase consular de tu reagrupación
Dinos qué familiar viene, dónde reside y cuándo se notificó la autorización. Empezamos por revisar el plazo y el procedimiento correcto.
Prestador profesional: GA 1268 COGAS S.L.P. · Gestoría administrativa colegiada.
Revisión: 8 de septiembre de 2026. Información general; el encaje se comprueba según tu situación y la normativa vigente. La decisión corresponde a la Administración.
Referencias oficiales: BOE: procedimiento de visado, artículos 26–28, 38 y 40 · Exteriores: régimen general; instrucciones de Buenos Aires · Ley 39/2015: cómputo de plazos.