Gestoría colegiada · Reagrupación familiar en Tarragona
Reagrupación familiar en Tarragona
¿Quieres que tu familia venga a vivir contigo en Tarragona? Preparamos la reagrupación familiar, revisando tu permiso, ingresos, parentesco y vivienda antes de presentar la autorización de residencia.
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- Presupuesto antes de contratar
Primero, confirmar que el EX-02 es tu trámite
Esta página se dirige a personas extranjeras residentes que quieren solicitar la reagrupación familiar del régimen general. No basta con tener NIE: revisamos la autorización que tienes, su vigencia y a quién deseas traer.
Si tienes nacionalidad española, consulta la residencia para familiares de españoles. Si ya existe una residencia por reagrupación y va a caducar, corresponde estudiar su renovación, no repetir la solicitud inicial.
Podemos atender la preparación de tu expediente a distancia, sin que tengas que desplazarte a nuestra gestoría. Las actuaciones personales que exija la Administración se mantienen.
Para familiares de una persona extranjera residente, si se cumplen los requisitos.
En Tarragona capital, diferenciamos la solicitud municipal INF01, el informe autonómico y la autorización EX-02.
Presupuesto con IVA y alcance por escrito antes de contratar.
Qué necesitamos comprobar para traer a tu familia
- Tu residencia: con carácter general, al menos un año de residencia y solicitud para residir otro año; la concesión queda condicionada a la renovación correspondiente. Hay excepciones, y los ascendientes requieren revisar la larga duración.
- El parentesco: cónyuge o pareja, hijos y otros familiares en los supuestos legales. Las edades, la custodia, el vínculo o la dependencia pueden cambiar las pruebas necesarias.
- Los recursos: como regla general, 150 % del IPREM para dos miembros y 50 % por cada adicional. Se comprueban regularidad, composición familiar y posibles minoraciones por menores; no se usa una nómina aislada como garantía.
- La vivienda: disponibilidad y adecuación para la familia, acreditadas conforme al artículo 67.
- El resto del expediente: cobertura sanitaria, escolarización de menores cuando corresponda, tasas y demás requisitos aplicables.
La explicación completa está en reagrupación familiar: requisitos y trámite. Aquí añadimos la coordinación concreta con tu domicilio.
Tarragona capital: INF01, OMAC y unidad de inmigración
El catálogo municipal de Tarragona identifica el trámite de vivienda para la reagrupación inicial como INF01. Su ficha indica presentación en las Oficinas Municipales de Atención Ciudadana (OMAC) y gestión por el Institut Municipal de Serveis Socials.
La Unitat Tècnica d’Immigració i Ciutadania, UTIC, tramita las propuestas municipales de informe de vivienda. No es la Oficina de Extranjería que resuelve la autorización de residencia ni una oficina de nuestra gestoría.
Este circuito corresponde a Tarragona capital. Si tu domicilio está en Reus, Tortosa, Salou u otro municipio, revisamos su propia vía municipal. Estar en la misma provincia no significa que debas presentar todos los documentos en la capital.
Elige el informe inicial y controla el paso a la Generalitat
El Ayuntamiento distingue el informe para reagrupación inicial del previsto para la renovación de residencia. Si tu familiar todavía está fuera de España y vas a solicitar su autorización inicial, revisamos esa vía; si ya tiene una tarjeta por reagrupación que va a caducar, no se repite el procedimiento por haber encontrado un formulario de nombre parecido.
Según la información autonómica, el informe de vivienda se emite a partir de la documentación presentada en el ayuntamiento y de las comprobaciones pertinentes. Por eso conviene guardar el registro municipal y atender la notificación del informe, antes de dar por completada la carpeta que acompañará al EX-02.
La gestoría organiza esos documentos y la presentación de residencia encargada. La Administración valora la vivienda. Si necesitas gestionar también la solicitud del informe, lo especificamos por separado en el presupuesto, sin confundir su coste con la tasa estatal de Extranjería.
Los documentos, organizados para tu caso
Después de la primera consulta te indicamos la lista concreta. Habitualmente revisamos:
- Pasaportes completos y en vigor; permiso y fechas de residencia de quien reagrupa.
- Certificados del vínculo familiar y, cuando proceda, prueba de pareja estable, custodia, consentimiento o dependencia.
- Documentación de ingresos y actividad económica de los miembros computables.
- Título de uso de la vivienda e informe de adecuación, además de la cobertura sanitaria exigible.
- Modelo EX-02, representación y justificante de la tasa correspondiente.
Los documentos públicos extranjeros pueden necesitar apostilla o legalización y traducción jurada, salvo exención aplicable. Revisamos el país emisor antes de pedirte actuaciones que no correspondan.
El informe de vivienda tiene una antigüedad máxima de seis meses al presentar la reagrupación. Si no se emite en el mes previsto en el artículo 67.2, hay que acreditar esa circunstancia para valorar medios de prueba alternativos: no basta con decir que tarda ni significa concesión automática.
Qué hacemos y qué queda fuera del encargo
- Revisamos: permiso, familiar, domicilio y viabilidad documental.
- Preparamos: ordenamos el expediente y te señalamos lo que falta o debe aclararse.
- Presentamos: por Mercurio cuando el procedimiento y la representación lo permiten; te entregamos el justificante.
- Seguimos: atendemos las actuaciones incluidas en el presupuesto y te explicamos la resolución y el siguiente paso.
Antes de contratar recibirás el presupuesto con IVA y el alcance por escrito. Puedes consultar el precio publicado del expediente estándar. Las tasas, traducciones, legalizaciones, seguros y gastos de terceros se separan de los honorarios.
Si necesitas también preparar el informe de vivienda, la fase consular o una actuación adicional, se indica expresamente en el encargo. La gestoría no concede permisos ni emite informes técnicos. Tampoco sustituye las comparecencias personales del familiar ni garantiza una fecha de resolución.
Después del EX-02: consulado, entrada y tarjeta
Una resolución favorable de Extranjería no permite saltarse la fase consular cuando esta sea necesaria. El familiar debe tramitar el visado ante el consulado español competente y cumplir las condiciones de entrada; después se solicita la TIE personalmente, con las particularidades correspondientes a menores.
Te ayudamos a distinguir qué se ha concedido, qué fecha pone en la notificación y qué documento necesita el siguiente organismo. No recomendamos comprar viajes no reembolsables tomando el plazo legal de resolución como fecha asegurada de llegada.
Si lo que necesitas ahora es el consulado, consulta el servicio de visado de reagrupación familiar. Esta fase no se entiende incluida automáticamente en la preparación del EX-02.
También puede ayudarte
Las dudas que suelen surgir
¿La UTIC de Tarragona concede la residencia?
No. La unidad municipal interviene en propuestas de informes. La autorización EX-02 la resuelve Extranjería; son actuaciones distintas que hay que coordinar.
¿El formulario de renovación de vivienda sirve para traer a un familiar por primera vez?
Tarragona diferencia el trámite inicial INF01 del informe vinculado a renovación. Revisamos si se trata de una nueva reagrupación o de una residencia existente para elegir el procedimiento correcto.
¿Podéis presentarlo sin que vaya a vuestra gestoría?
Podemos preparar y presentar el EX-02 por el cauce electrónico admitido con representación acreditada. Esto no elimina las visitas de vivienda ni las comparecencias ante el consulado o la Policía que correspondan.
¿Puedo traer a mi familiar con mi primera tarjeta?
No se responde solo mirando el plástico. Revisamos tu tipo de autorización, el tiempo de residencia, la renovación y el familiar. Para ascendientes y determinados permisos existen reglas específicas.
¿Tengo que enviar todos los documentos en el primer WhatsApp?
No. Empieza indicando qué permiso tienes y a qué familiar quieres traer. Te explicaremos qué necesitamos después y cómo facilitarlo; no hace falta enviar pasaportes ni documentación sensible para saludar.
¿Revisamos cómo traer a tu familia?
Dinos qué residencia tienes y a quién quieres reagrupar. Empezamos por ahí, sin formularios largos.
Prestador profesional: GA 1268 COGAS S.L.P. · Gestoría administrativa colegiada.
Revisión: 13 de septiembre de 2026. Información general; el encaje se comprueba según tu situación y la normativa vigente. La decisión corresponde a la Administración.
Referencias oficiales: BOE · Reglamento de Extranjería, artículos 65 a 68 · Ministerio de Inclusión · Reagrupación familiar · Ayuntamiento de Tarragona · INF01 · Tarragona · Unidad de Inmigración y Ciudadanía · Generalitat · Informe de adecuación de vivienda.
Más provincias y página nacional
Esta landing mantiene la información útil para tu provincia. Para comparar oficinas y pasos territoriales, consulta el directorio completo de Reagrupación familiar por provincias. Si necesitas volver al procedimiento general, tienes la página nacional de Reagrupación familiar.