Estatuto reconocido · Documentación para viajar
Documento de viaje para refugiados, protección subsidiaria y apátridas
¿Necesitas un documento de viaje y tienes reconocido un estatuto de protección o apatridia? Primero hay que identificar el documento que te corresponde y comprobar sus límites. Puedes acudir directamente a la unidad policial y a los recursos gratuitos de orientación; si necesitas apoyo documental, revisamos el encargo antes de contratar.
Responsable del trámite: GA 1268 COGAS SLP — gestor administrativo colegiado n.º 1268
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- Presupuesto antes de contratar
El estatuto reconocido determina qué documento puedes pedir
Esta gestión se refiere a los documentos específicos de personas reconocidas como refugiadas, beneficiarias de protección subsidiaria o apátridas. La Policía los distingue en su procedimiento de documento de viaje. No conceden una nacionalidad nueva ni convierten a su titular en ciudadano español.
La tarjeta roja o el resguardo de solicitante no bastan para acceder a este trámite como beneficiario. Si no tienes una resolución, conviene aclarar primero en qué fase está el expediente. Una residencia por razones humanitarias o una protección temporal tampoco debe tratarse automáticamente como alguno de estos tres estatutos.
Ser titular del estatuto o derecho reconocido; la solicitud de asilo no equivale a concesión.
El documento se solicita personalmente en una unidad expedidora autorizada.
Revisa vigencia, países, escalas, visados y documentación para regresar.
Documento de identidad, documento de viaje y título EX16 son distintos
El documento de identidad acredita tu situación documental en España. El documento de viaje puede cumplir la función de pasaporte para desplazarte, dentro de las condiciones que le sean aplicables. Necesitar uno no significa que el otro deje de ser necesario.
El título de viaje para extranjeros vinculado a indocumentación y necesidad excepcional tiene otra regulación. No presentamos un EX16 como formulario universal para refugiados o apátridas. Si todavía necesitas que se reconozca la apatridia, el punto de partida es el procedimiento de estatuto de apátrida.
Para protección subsidiaria, el Reglamento europeo contempla el documento cuando la persona no puede obtener o renovar un pasaporte nacional. La imposibilidad debe examinarse sin recomendar contactos con autoridades del país de origen que puedan comprometer su seguridad.
Una carpeta documental ajustada a la unidad expedidora
La ficha policial pide el documento de identidad expedido al titular o, si no lo tiene en ese momento, la resolución que reconoce el estatuto o derecho; fotografías y justificante de la tasa 790, código 012. Comprueba con la unidad las características y el número de fotografías antes de acudir.
Para revisar el caso resulta útil separar la resolución completa, la documentación vigente, el documento de viaje anterior si existe y cualquier comunicación recibida sobre su expedición. Si actúas por un menor o una persona que precisa apoyos, consulta además quién debe acompañarla y cómo acreditar la representación.
No encargues certificados, traducciones ni viajes consulares solo porque otra persona los utilizó. Primero se comprueba qué falta realmente. Si obtener una prueba entraña riesgo, comunícalo a tu asistencia especializada y a la autoridad por un canal adecuado.
Policía expide el documento y exige comparecencia personal
La solicitud se realiza ante unidades de extranjería autorizadas para expedir estos documentos. La disponibilidad del servicio y la organización de citas pueden variar: confirma la unidad que atiende tu domicilio y que tramita este documento concreto. Una cita para otro trámite de extranjería puede no servir.
La ayuda de una gestoría puede abarcar preparación de documentos y revisión de instrucciones, pero no elimina la comparecencia del beneficiario. Tampoco convierte la expedición en un trámite íntegro por Mercurio.
Antes de pagar, comprueba el concepto exacto en el formulario oficial de la tasa. Conserva el justificante legible. Los honorarios privados son distintos de la tasa pública; no se ofrece una cita preferente ni una entrega en un número de días garantizado.
Comprueba el viaje completo, incluidas las escalas
Disponer del documento no asegura que cualquier país lo admita sin visado. Antes de reservar, identifica país de destino, países de tránsito, clase de documento, fecha de caducidad y requisitos de entrada. Si necesitas información consular, consulta las autoridades del destino; no presupongas que debe intervenir el consulado de tu país de origen.
Comprueba también qué documentación de residencia y viaje necesitas para regresar a España. Una autorización de regreso, cuando proceda, no reemplaza por sí sola al documento de viaje ni resuelve las condiciones de los países de tránsito.
Un desplazamiento al país del que solicitaste protección requiere asesoramiento especializado previo. Puede plantear riesgos personales y cuestiones sobre el mantenimiento del estatuto. No ofrecemos una respuesta automática de pérdida o conservación de la protección sin examinar las circunstancias.
No todos los documentos deben planificarse con la misma duración
El Reglamento (UE) 2024/1347 se aplica desde el 12 de junio de 2026, conforme a su corrección oficial. Regula documentos de viaje de refugiados y beneficiarios de protección subsidiaria, mientras que la apatridia tiene su regulación específica. No deben mezclarse las duraciones del permiso de residencia y del documento de viaje.
Existe una discrepancia que obliga a ser prudentes: la ficha policial agrupa una validez de cinco años, pero el artículo 13.2 del RD 865/2001 establece dos años para el documento de viaje de apátrida. Por eso no prometemos cinco años para las tres clases. Confirma la vigencia que corresponda con la unidad y revisa la fecha impresa antes de organizar una salida.
La caducidad del documento no equivale por sí sola a una nueva decisión sobre tu estatuto, pero exige atender su documentación. No prolongues manualmente fechas ni uses un documento caducado como si siguiera vigente.
Si hay un problema, identifica qué documento está afectado
Un nombre diferente, una fecha incorrecta o la pérdida del documento requieren una revisión distinta a la primera expedición. Conserva las comunicaciones y explica a la unidad qué ha ocurrido. Si el error procede de la resolución de protección, puede ser necesaria una actuación ante Protección Internacional además de la corrección del documento policial.
Si el documento se pierde durante un viaje, contacta con las autoridades competentes y pide orientación oficial sobre la documentación necesaria para continuar o regresar. Una fotografía guardada en el teléfono no sustituye al original exigible en frontera. No compres un segundo trayecto suponiendo que el duplicado estará disponible inmediatamente.
No entregues documentos originales a intermediarios sin identificar el trámite y el justificante de entrega. Tampoco compartas fotografías completas en redes sociales para consultar un detalle.
Puedes usar recursos gratuitos sin contratar una gestoría
El directorio de asistencia jurídica gratuita de ACNUR España reúne entidades y servicios de orientación especializados. ACNUR informa y deriva; el documento oficial lo expiden las autoridades españolas, no una agencia privada ni esta gestoría.
Si eliges apoyo profesional, podemos revisar el encaje documental, preparar la carpeta y acompañar el seguimiento que se acuerde. El presupuesto previo especificará honorarios con IVA y gastos externos separados. No incluye defensa judicial, recursos judiciales ni garantías de visado, embarque o admisión en otro país.
El primer contacto puede ser neutro: basta con pedir una consulta documental. Después acordaremos cómo compartir lo necesario. No envíes de entrada tu relato de asilo, documentación de familiares, pasaportes completos o datos que puedan identificar a personas en riesgo.
También puede ayudarte
Quién puede pedir cada documento
La Policía expide tres clases de documento de viaje. Hace las veces de pasaporte, pero no cambia tu nacionalidad.
Refugiado
Documento de viaje de la Convención de Ginebra. Lo tiene quien tiene reconocido el estatuto de refugiado. La Ley 12/2009 (artículo 36) lo incluye entre los derechos de la concesión.
Protección subsidiaria
Se expide cuando hace falta: si no puedes obtener o renovar un pasaporte de tu país. Lo dice el Reglamento (UE) 2024/1347 (artículo 25.2). Si tienes pasaporte válido, viajas con él.
Apátrida
Documento de viaje de los apátridas, para quien tiene reconocido ese estatuto en España. Si todavía no lo tienes, mira el estatuto de apátrida.
No pueden pedirlo quienes todavía son solicitantes de asilo. El Reglamento (UE) 2024/1348 (artículo 10.2) dice que el derecho a quedarte mientras se estudia tu solicitud no te da derecho a viajar a otros países de la UE, y tu documento de solicitante lo indica.
Lo que cuesta: tasas de la Policía
Documento de viaje de la Convención de Ginebra, de protección subsidiaria o de apátridas. Tasa 790, código 012.
Documento de identidad de refugiado, de protección subsidiaria o de apátrida, si lo pides a la vez o no lo tienes todavía.
En bancos, cajas y cooperativas de crédito con el impreso de la tasa. No hace falta tener cuenta en esa entidad.
Importes de la página de tasas de la Policía, consultada el 23 de octubre de 2026. Comprueba el importe en el impreso el día que pagues: las tasas se actualizan.
Cómo se pide, de principio a fin
- Comprueba que tienes la concesión.Necesitas la resolución que te reconoce el estatuto. Si no la tienes, pide una copia de la resolución antes de nada.
- Pide cita.El folleto de Interior para beneficiarios lo dice claro: la tarjeta y el documento de viaje los da la Policía y hay que pedir cita. La cita la pides tú en la sede de cita previa (icp.administracionelectronica.gob.es), en tu provincia. Si no encuentras el trámite, consulta en la Brigada Provincial de Extranjería.
- Paga la tasa.Modelo 790, código 012, con el concepto del documento de viaje que te corresponde. Lleva el justificante sellado.
- Prepara la carpeta.Tu documento de identidad de refugiado, subsidiaria o apátrida. Si aún no lo tienes, la resolución de concesión. Fotografías en color, tamaño carné, fondo claro y cara descubierta. El justificante de la tasa.
- Ve en persona.La comparecencia es personal. Se tramita en la Sección de Protección Internacional de la Oficina de Asilo y Refugio en Madrid, en las unidades provinciales de extranjería, en las unidades locales autorizadas y en las adscritas a las oficinas de extranjeros.
- Recoge y revisa.Comprueba nombre, fecha de nacimiento y validez. Si hay un error, dilo en ese momento.
Si la Policía no resuelve en plazo, la ficha policial indica que el silencio es desestimatorio. Guarda el resguardo de la solicitud.
Viajar con el documento: lo que debes saber antes de comprar el billete
Por Europa (espacio Schengen)
El folleto de Interior para beneficiarios dice que tú y tus familiares podéis circular por el espacio Schengen en las condiciones del artículo 21 del Convenio de Schengen: estancias cortas, de hasta 90 días en un periodo de 180. Viaja con tu documento de viaje y tu documento de identidad de España, los dos en vigor.
Fuera de Schengen
Cada país decide si admite el documento y si pide visado. Consulta la embajada o el consulado del país de destino y de cada país de escala. No consultes al consulado de tu país de origen.
Al país del que huiste
La Ley 12/2009 (artículo 42) dice que deja de ser refugiado quien se acoge de nuevo, por voluntad propia, a la protección del país de su nacionalidad, o quien se vuelve a establecer allí. Un viaje a ese país puede llevar a revisar tu protección. Antes de ir, habla con un abogado o con una entidad especializada.
Renovar el pasaporte de tu país
Pedir un pasaporte a las autoridades de tu país es un trámite ante ellas. Puede valorarse como volver a acogerte a su protección. Si eres refugiado, consulta antes de hacerlo. Si tienes protección subsidiaria, el documento de viaje español es justo para cuando no puedes obtener ese pasaporte.
Irte a vivir a otro país
Viajar no es mudarse. La ley prevé el cese del estatuto si abandonas España y fijas tu residencia en otro país (artículos 42 y 43 de la Ley 12/2009). Si quieres residir en otro Estado de la UE, tienes que pedir la residencia allí con sus normas.
Casos especiales
Hijos y familiares
La ficha policial dice que el interesado es el titular del derecho. Cada persona con estatuto reconocido, también los menores con extensión familiar, necesita su propio documento. Los menores acuden con quien tenga su representación legal.
Protección temporal por Ucrania
No es este documento. Interior prevé un título de viaje para beneficiarios de protección temporal que necesiten salir de España y no tengan pasaporte válido. Más en protección temporal de Ucrania.
Residencia por razones humanitarias
No da derecho a este documento. Si no tienes pasaporte, revisa el título de viaje para extranjeros.
Documento caducado o a punto de caducar
No lo uses caducado. Pide otro por el mismo trámite antes de planear viajes. La validez de tu tarjeta de identidad y la del documento de viaje se miran por separado.
Pérdida o robo
Denúncialo en la Policía y guarda la denuncia. Con ella, pregunta en la unidad expedidora cómo pedir uno nuevo.
¿Te preparamos la carpeta?
Cuéntanos qué estatuto tienes, si ya tienes tu documento de identidad y a dónde quieres viajar. Revisamos papeles, tasa y unidad expedidora y te damos el presupuesto con IVA. La comparecencia en la Policía es tuya. Atención física y online en toda España.
Pedir presupuesto por WhatsAppEscríbenos por WhatsApp: presupuesto en unos 2 minutos.
Las dudas que suelen surgir
¿Puedo pedirlo si todavía tengo tarjeta roja?
La tarjeta roja acredita que eres solicitante, no que tengas reconocido el estatuto. Este procedimiento documental exige identificar la concesión correspondiente.
¿Es el mismo documento que el título de viaje EX16?
No. Son procedimientos diferentes. El EX16 no debe utilizarse como solicitud universal de documentos de viaje de protección y apatridia.
¿Con protección subsidiaria siempre sustituyo mi pasaporte?
No automáticamente. La normativa europea contempla el documento para quien no puede obtener o renovar un pasaporte nacional. Deben valorarse la situación y las pruebas sin crear riesgos.
¿La gestoría puede ir en mi lugar?
La preparación profesional no sustituye la comparecencia personal que exige la expedición policial. Confirmamos qué gestiones sí pueden realizarse por representación.
¿Puedo viajar sin visado a cualquier país?
No. Debes comprobar reconocimiento del documento, destino, escalas y requisitos de visado, además de la documentación para volver a España.
¿Todos duran cinco años?
No lo damos por supuesto. La ficha policial y la regulación de apatridia no coinciden en la duración indicada. Confirma tu clase de documento con la unidad y respeta su vigencia.
¿Cuánto cuesta el documento de viaje de refugiado?
La tasa de la Policía es de 27,08 €, con el modelo 790, código 012. Es el mismo importe para el documento de protección subsidiaria y el de apátridas.
¿Hace falta cita para el documento de viaje?
Sí. El folleto de Interior para beneficiarios de protección internacional dice que la tarjeta y el documento de viaje los entrega la Policía y que hay que pedir cita.
¿Qué fotos piden?
Fotografías en color, tamaño carné, con fondo claro y la cara descubierta. Pregunta en tu unidad cuántas llevar.
¿Puedo viajar por Europa con el documento de viaje de refugiado?
Sí, en estancias cortas por el espacio Schengen: hasta 90 días en un periodo de 180, según el artículo 21 del Convenio de Schengen. Lleva también tu documento de identidad de España en vigor.
¿Puedo viajar a mi país de origen con el documento de viaje?
Es arriesgado. Volver a acogerte a la protección de tu país o establecerte allí son causas de cese del estatuto de refugiado (artículo 42 de la Ley 12/2009). Consulta antes con un abogado o una entidad especializada.
Soy refugiado: ¿puedo renovar mi pasaporte en el consulado de mi país?
Pedir un pasaporte a tu país puede valorarse como volver a acogerte a su protección. Consulta antes de hacerlo. El documento de viaje español existe para que no tengas que hacerlo.
Con protección subsidiaria y pasaporte en vigor, ¿necesito el documento de viaje?
No suele hacer falta. El Reglamento (UE) 2024/1347 lo prevé para quien no puede obtener o renovar su pasaporte. Si tu pasaporte está en vigor, viajas con él.
¿Mis hijos necesitan su propio documento de viaje?
Sí. Lo pide cada titular del estatuto, también los menores. Acuden con su padre, madre o representante legal.
¿Dónde se pide en Madrid?
En la Sección de Protección Internacional de la Oficina de Asilo y Refugio, además de las unidades de extranjería autorizadas. En el resto de España, en las unidades provinciales y locales autorizadas.
¿Puedo irme a vivir a otro país de la UE con mi estatuto?
Puedes viajar, pero no mudarte sin más. Si fijas tu residencia en otro país, la ley prevé el cese del estatuto en España. Para residir en otro Estado de la UE tienes que pedir allí la residencia.
Tengo protección temporal por Ucrania: ¿me sirve este documento?
No. Interior prevé un título de viaje para beneficiarios de protección temporal que necesiten salir y no tengan pasaporte válido.
¿Cuánto dura el documento de viaje de protección subsidiaria?
La ficha de la Policía indica 5 años para estos documentos. El Reglamento (UE) 2024/1347 exige que duren más de un año. Mira siempre la fecha impresa en el tuyo.
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Última actualización: 24 de octubre de 2026. Información general; el encaje se comprueba según tu situación y la normativa vigente. La decisión corresponde a la Administración.
Referencias oficiales: Policía: documento de viaje de protección y apatridia · Policía: documento de identidad de protección y apatridia · Reglamento (UE) 2024/1347, artículo 25 · Corrección oficial: aplicación desde el 12 de junio de 2026 · RD 865/2001: estatuto y documentación de apátrida · ACNUR: documentos de viaje · ACNUR España: asistencia jurídica gratuita.