Contratación · Movilidad internacional · Recursos humanos
Extranjería para empresas: contratación internacional
¿Tu empresa quiere incorporar a una persona extranjera? Revisamos su situación, el puesto y la documentación empresarial para identificar la vía de extranjería que corresponde y preparar el expediente.
- Atención online en toda España
- Presupuesto antes de contratar
Cada contratación tiene un punto de partida diferente
Contratar a una persona que vive fuera de España, incorporar a un estudiante y trasladar a un empleado de otra sociedad del grupo no son el mismo trámite. Tampoco lo son contratar a alguien que ya dispone de autorización para trabajar o iniciar un permiso por primera vez.
Nuestro servicio de extranjería para empresas sirve para ordenar esas situaciones. Antes de preparar formularios, comprobamos nacionalidad, ubicación, permiso vigente, funciones, salario y relación con la entidad contratante. Si la persona ya puede trabajar en el puesto previsto, no planteamos una autorización inicial innecesaria.
Atendemos empresas de toda España de forma online. La gestión se concreta para cada expediente; no ofrecemos búsqueda de candidatos, selección de personal ni una autorización automática por tener una oferta.
Interlocución con la persona responsable del expediente.
Revisión de su situación actual, no solo del NIE.
Extranjería o UGE según la autorización; no una vía única.
Principales vías para incorporar talento extranjero
| Situación | Vía que conviene revisar | Qué diferencia el caso |
|---|---|---|
| Candidato fuera de España para un puesto ordinario | Autorización inicial por cuenta ajena | Requisitos del empleador, contrato y situación nacional de empleo o excepción aplicable. |
| Puesto de alta cualificación | Profesional altamente cualificado | Funciones, cualificación y condiciones del puesto. No basta con llamar directivo al candidato. |
| Empleado de una empresa del mismo grupo | Traslado intraempresarial | Relación entre entidades, vínculo previo y características del desplazamiento. |
| Persona que finaliza estudios en España | Modificación de estudios a residencia y trabajo | Estudios realizados, finalización y permiso actual. |
| Incorporación para prácticas | Residencia para prácticas | Perfil formativo y convenio o contrato admisible; no es una fórmula para cualquier vacante. |
| Actividad realmente estacional | Residencia y trabajo de temporada | Necesidad temporal y obligaciones propias de esta autorización. |
La tabla orienta la revisión, pero no sustituye el estudio del candidato. Un mismo nombre de puesto puede tener un encaje distinto según las funciones reales, la experiencia y las condiciones de contratación.
Qué información necesitamos de la empresa y del candidato
Para la primera valoración
- Nacionalidad, país en el que se encuentra y situación migratoria de la persona.
- Puesto, funciones, centro de trabajo, jornada, salario y fecha prevista de incorporación.
- Actividad de la empresa y si existe relación previa con el candidato o con una empresa del grupo.
Para preparar el expediente
Según la vía, revisamos la identificación y representación de la entidad, el contrato o documento de desplazamiento, la actividad empresarial, la capacidad para cumplir sus obligaciones y las acreditaciones exigibles. Del trabajador se estudian el pasaporte, el permiso previo, la formación o experiencia y los documentos personales que correspondan.
Te indicamos qué justificantes son necesarios y quién debe aportarlos. Antes de encargar traducciones o documentos del extranjero, conviene confirmar su formato y vigencia para evitar gastos que no sirvan al procedimiento.
En el primer WhatsApp basta con describir la contratación. No envíes una carpeta completa con datos de toda la plantilla: te indicaremos los documentos y el canal adecuado para el expediente concreto.
De la revisión del puesto a la resolución
- Identificamos la vía. Revisamos empresa, candidato y calendario. Si falta un requisito importante, te lo señalamos antes de presentar.
- Acordamos el encargo. Recibes el alcance, los honorarios con IVA y los gastos externos separados.
- Preparamos y presentamos. Organizamos la documentación y la representación, y utilizamos el canal competente cuando la actuación pueda realizarse por representante.
- Seguimos el expediente contratado. Conservamos el justificante, revisamos las comunicaciones y te trasladamos los pasos siguientes. El tratamiento de requerimientos o actuaciones adicionales queda definido en el encargo.
Las autorizaciones del régimen general y las de la Unidad de Grandes Empresas no se presentan indistintamente por el mismo canal. Además, un visado, la entrada y la expedición de la TIE pueden exigir actuaciones posteriores o personales. La tramitación online de la gestoría no elimina esos trámites.
Cuándo puede empezar a trabajar la persona
Un NIE identifica a una persona: no demuestra por sí solo que pueda trabajar. Antes de la incorporación hay que comprobar la autorización y, cuando proceda, su eficacia, sus límites y los pasos de alta correspondientes.
Una solicitud inicial presentada no debe confundirse con un permiso concedido. Tampoco se puede aplicar a cualquier expediente el efecto de una renovación presentada en plazo. Revisamos la resolución y la situación individual antes de dar por cerrada la parte migratoria.
Si ya existe una autorización, necesitamos conocer su tipo y las condiciones aplicables al puesto. Si el candidato está en situación irregular, una oferta de trabajo por sí sola no resuelve su situación: hay que valorar si dispone de alguna vía legal adecuada.
La fecha deseada por recursos humanos sirve para planificar, pero no obliga a la Administración a resolver antes. No garantizamos una fecha de concesión ni un resultado favorable.
Presupuesto por expediente y límites del servicio
No cuesta lo mismo revisar una autorización vigente que tramitar una primera contratación, un desplazamiento y varias solicitudes familiares. Por eso concretamos el presupuesto después de identificar las actuaciones.
- Honorarios: importe con IVA y tareas incluidas por escrito antes de contratar.
- Tasas y gastos: separados de los honorarios; pueden variar según la autorización y la fase consular o documental.
- Varias incorporaciones: podemos organizar una tanda, pero cada persona mantiene su revisión y expediente individual.
- Actuaciones adicionales: una renovación futura, familiares o recursos no se consideran incluidos salvo acuerdo expreso.
Este servicio se centra en extranjería. No incluye la gestión habitual de nóminas, contabilidad, contratación mercantil, homologación de títulos ni representación judicial. Podemos coordinarnos con el interlocutor que tu empresa designe para reunir la documentación necesaria.
También puede ayudarte
Las dudas que suelen surgir
¿Una empresa pequeña puede contratar a una persona extranjera?
El tamaño por sí solo no decide el expediente. Hay que revisar la vía aplicable, la actividad, la capacidad de la empresa y los requisitos del puesto y del candidato.
¿Todas las contrataciones se tramitan ante la UGE?
No. La Unidad de Grandes Empresas atiende determinadas autorizaciones, como las vinculadas a alta cualificación o traslado intraempresarial. Otras siguen el régimen general de extranjería.
¿Con una tarjeta en vigor basta para contratar?
No siempre. Hay que leer qué situación documenta y comprobar que habilita para el trabajo previsto. El NIE o la fecha de la tarjeta, aislados, no resuelven esa comprobación.
¿Buscáis trabajadores en otros países?
No es el servicio de esta página. Ayudamos con la parte migratoria de candidatos identificados por la empresa; no actuamos como agencia de empleo.
¿Podéis gestionar los permisos de varias incorporaciones?
Sí, podemos organizar la documentación por personas y vías, con un alcance acordado. Compartir empleador no elimina la necesidad de comprobar cada caso.
¿El permiso del trabajador incluye automáticamente a su familia?
No. Hay que identificar el régimen familiar aplicable y preparar, cuando proceda, solicitudes y documentos propios. Su gestión debe incluirse expresamente en el presupuesto.
Dos situaciones de contratación que necesitan un estudio específico
- Contratación colectiva en origen: GECCO: preparación administrativa de ofertas colectivas y migración circular; no ofrecemos una bolsa de trabajadores ni cupos propios.
- Modificación de búsqueda de empleo a trabajo: cuando la persona ya tiene residencia de búsqueda de empleo y la empresa quiere incorporarla.
El canal, la documentación y el momento en que se puede iniciar la actividad dependen de la vía aplicable.
Antes de presentar una contratación por cuenta ajena
Cuando deba acreditarse la dificultad para cubrir una vacante, revisa el Certificado de insuficiencia de demandantes para extranjería. Es una actuación ante el servicio público de empleo, distinta de conseguir candidatos o presentar directamente la autorización de residencia. No todos los supuestos necesitan esa prueba.
¿El candidato ya tiene documentación de residencia?
Antes de iniciar otra autorización, comprueba cómo contratar a un extranjero según su permiso actual. La guía distingue residencia, estudios, renovaciones pendientes y habilitaciones provisionales para identificar qué permite realmente su documentación y cuándo puede incorporarse.
Revisemos tu próxima incorporación
Cuéntanos el puesto, dónde está el candidato y si ya tiene autorización. Te indicaremos qué necesitamos para valorar el expediente.
Prestador profesional: GA 1268 COGAS S.L.P. · Gestoría administrativa colegiada.
Revisión: 8 de septiembre de 2026. Información general; el encaje se comprueba según tu situación y la normativa vigente. La decisión corresponde a la Administración.
Referencias oficiales: Migraciones: autorización inicial por cuenta ajena · UGE: autorizaciones y requisitos · Reglamento de extranjería vigente.