Formulario EX-26 · Precio cerrado

De residencia por razones humanitarias a residencia y trabajo

Si tienes una residencia por razones humanitarias, puedes cambiarla a una autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena o propia (formulario EX-26). Lo preparamos y presentamos por ti.

Responsable del trámite: GA 1268 COGAS SLP — gestor administrativo colegiado n.º 1268

  • Gestoría física y online
  • Atención en toda España
  • Gestoría administrativa colegiada

Documentos que te pediremos

  • Formulario EX-26 firmado
  • Pasaporte o cédula de inscripción en vigor
  • Cuenta ajena: contrato en vigor con nuevo empleador o nuevo contrato del art. 74; o fin de la relación por causas ajenas e inscripción como demandante; o prestación contributiva o asistencial; o 9 meses de alta en 12; o violencia de género o sexual; o familiar con medios para reagrupar (Los mismos supuestos que la renovación del art. 81)
  • Cuenta propia: medios de un familiar reagrupante, prestación por cese de actividad o fin del contrato de autónomo dependiente por causas ajenas
  • Informe de escolarización de los menores a cargo
  • Informe de esfuerzo de integración de la comunidad autónoma (Si no cumple algún requisito)

No pedimos por sistema todos los documentos posibles: la lista se ajusta a tu caso antes de empezar.

Precio y alcance

La gestión cuesta 359 € con IVA y tasa incluidos. La tasa oficial ya está incluida en el precio. Traducciones, certificados y otros gastos de terceros se pagan aparte.

Incluido en los honorarios

  • Estudio previo de tu caso y de la vía que te corresponde
  • Lista de documentos adaptada a tu situación y revisión de cada uno
  • Formulario oficial y documento de representación preparados por nosotros
  • Presentación telemática por gestor administrativo colegiado
  • Seguimiento del expediente, respuesta a requerimientos y aviso de la resolución

Pago, tasa y plazos

  • Pago en 2 veces: la mitad al empezar y el resto antes de presentar. La tasa ya está incluida.
  • Tasa: 790-052: 10,94 € + 790-062: 81,54 € (empleador).
  • Plazo y duración: Dura 4 años y solo es eficaz con el alta en la Seguridad Social en 1 mes.
  • Plazo legal para resolver: 3 meses; silencio negativo. Depende de la Administración, no de nosotros.

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