Arraigo · Andalucía
Arraigo de segunda oportunidad en Córdoba
Comprobamos si la residencia que perdiste, la causa por la que no se renovó y tus dos años en España encajan en el arraigo de segunda oportunidad, y preparamos el EX-10 para la Oficina de Extranjería de Córdoba.
Responsable del trámite: GA 1268 COGAS SLP — gestor administrativo colegiado n.º 1268
Ver cómo trabajamosGestoría administrativa colegiada, física y online · Atención en toda España, también en Córdoba
Arraigo de segunda oportunidad en Córdoba: recuperar una residencia perdida
El Reglamento de Extranjería creó esta vía para personas que ya estuvieron documentadas y no pudieron renovar. La pregunta clave no es cuánto tiempo llevas sin papeles, sino qué autorización tenías exactamente, cuándo terminó y por qué no continuó.
Antes de rellenar nada miramos tres cosas: la resolución de tu antiguo permiso, la causa por la que terminó y si puedes probar dos años seguidos en España. Con eso sabemos si la vía es viable; quien decide es la Administración.
La solicitud la resuelve la Oficina de Extranjería de Córdoba, competente para todo el territorio de la provincia de Córdoba: da igual que vivas en Córdoba o en Lucena, Puente Genil, Montilla u otro municipio. La gestoría no tiene una oficina propia en cada provincia: trabajamos a distancia, con sede física y atención en toda España.
Ver la guía nacional de segunda oportunidad · Comparar las modalidades de arraigo
Dos periodos de dos años que no deben confundirse
Es el tiempo mínimo de estancia continuada que hay que probar, contando hacia atrás desde la presentación.
Es el máximo de ausencias acumuladas que admiten las Instrucciones SEM 1/2025 en esos dos años.
Tu antigua residencia tuvo que estar vigente en algún momento de los dos años anteriores a solicitar.
Es el formulario oficial. La tasa es la 790-052 y se paga en los diez días hábiles siguientes.
Es el plazo para resolver; sin notificación, la solicitud puede entenderse desestimada.
Un ejemplo: si presentas hoy, tu antigua residencia debe haber estado vigente en algún momento de los últimos dos años y, además, tienes que acreditar que has vivido en España de forma continuada durante esos mismos dos años.
Qué permiso anterior puede abrir esta vía
Antes de nada clasificamos tu antiguo permiso. La regla del artículo 127.a) es clara: residencia, no excepcional y renovable o prorrogable.
- Residencia temporal renovable. Es el punto de partida que debe documentarse: tipo de autorización, resolución, vigencia, posibilidad de renovación y fecha en que se perdió.
- Estancia por estudios. La estancia no equivale a la residencia anterior que exige esta modalidad. Haber tenido una TIE de estudiante no basta por sí solo.
- Residencia excepcional. Un arraigo u otra autorización concedida por circunstancias excepcionales está expresamente fuera del permiso anterior válido.
- Régimen comunitario o larga duración. No se equiparan automáticamente a una residencia temporal ordinaria renovable: tienen sus propias vías.
La caducidad de una TIE no demuestra por sí sola que la autorización fuera apta ni explica cómo se perdió. Necesitamos la resolución y las fechas del permiso y, si existió, la resolución de la renovación.
La causa de no renovación es decisiva
No es lo mismo una tarjeta que caducó sin renovar que una autorización extinguida. Las Instrucciones SEM 1/2025 admiten el primer caso y la denegación por falta de requisitos; las extinciones, salvo la del artículo 200.1 del Reglamento, cierran esta vía.
Si la renovación se denegó por orden público, seguridad o salud pública, el artículo 127.a) solo deja la puerta abierta cuando existe sobreseimiento, absolución o sentencia favorable.
Un recurso contra la denegación anterior que siga abierto, o cualquier otra solicitud en trámite, puede impedir presentar: desde abril de 2026 el artículo 126.h) lo exige expresamente.
Requisitos generales que revisamos
Estos son los requisitos que comprobamos, uno a uno, antes de aceptar el encargo:
- Nacionalidad de un tercer país y presencia en España.
- Permanencia continuada de dos años, con ausencias limitadas a 90 días.
- Titularidad reciente de una residencia apta y renovable.
- Causa de pérdida compatible con la segunda oportunidad.
- Situación administrativa limpia: sin otra autorización ni procedimiento abierto.
- Fuera del procedimiento de protección internacional.
- Antecedentes penales y policiales compatibles con la concesión.
- Pago de la tasa de residencia y firma del EX-10.
Documentación oficial que conviene preparar
La lista final depende de tu nacionalidad, tu historial y la forma de acreditar la permanencia. Primero identificamos qué hecho debe probar cada documento.
- El EX-10 firmado por ti.
- Todas las páginas del pasaporte, no solo la de datos.
- La resolución y las tarjetas de tu antigua residencia.
- La denegación de la renovación o, si no la pediste, la prueba de cuándo caducó.
- Padrón, informes médicos, matrículas, contratos u otros documentos con fecha que cubran los dos años.
- Antecedentes penales de los países donde viviste los cinco años anteriores a llegar, legalizados o apostillados.
- Traducción jurada al castellano de los documentos extranjeros y legalización o apostilla, salvo exención por convenio.
- Justificante de la tasa 790 código 052 y, si presentamos nosotros, la representación firmada.
Documentos útiles para revisar el caso antes de presentar
No todo se aporta a la Oficina, pero nos permite reconstruir la situación y detectar a tiempo una vía distinta o una prueba que falta.
- La resolución con la que obtuviste tu antigua residencia y las tarjetas asociadas.
- La solicitud de renovación, requerimientos y resolución denegatoria, si llegaste a tramitarla.
- Las fechas exactas de vigencia, caducidad y notificación.
- Las entradas, salidas y ausencias de España durante los dos años.
No exige informe de integración
Es una de las grandes diferencias con el arraigo social: aquí no se pide informe de esfuerzo de integración, ni contrato, ni una cantidad mínima de dinero.
En Córdoba el informe de integración se tramita por otro circuito y para otras modalidades. No lo pedimos ni lo vendemos como requisito de este expediente; si tu caso no encaja aquí, te decimos qué vía estudiar.
Canales y recursos públicos en Córdoba
Oficina de Extranjería y presentación en Córdoba
Oficina de Extranjería de Córdoba: Plaza de la Constitución, 1, 14004 Córdoba.
Córdoba publica un canal propio para la cita previa: el teléfono 957 98 92 28, solo de lunes a viernes de 9 a 10 h, además de la centralita (957 98 90 00). El arraigo y las demás circunstancias excepcionales se tramitan en la Oficina de la Plaza de la Constitución.
Directorio oficial de Extranjería en Andalucía · Información oficial de Mercurio
Acreditar permanencia desde Córdoba
La permanencia continuada se acredita con documentación fechada. El certificado histórico de empadronamiento ayuda, pero no sustituye la revisión de todo el periodo ni las ausencias.
La sede municipal emite certificados individuales, familiares, histórico individual e histórico familiar, sin tasa, accediendo con DNIe o certificado electrónico, Cl@ve PIN o Cl@ve permanente.
Estado y fechas de tramitación
El estado individual del expediente se consulta en la sede estatal con el número de expediente o NIE. Las fechas orientativas de tramitación, cuando una Oficina las publica, cambian a menudo y no garantizan el día de resolución de un caso concreto.
Servicios Sociales del Ayuntamiento de Córdoba
Espacio municipal que integra los servicios sociales, las zonas de trabajo social y el área de inmigración, minorías e integración social, con un sistema de cita previa propio (CitaPluSS).
Es un recurso público independiente de la gestoría y voluntario: no forma parte de los requisitos del arraigo de segunda oportunidad.
Empleo después de la concesión
La autorización concedida permite trabajar por cuenta ajena y propia en toda España. Si más adelante quieres prorrogarla en lugar de modificarla, el artículo 132 del Reglamento exige estar en búsqueda activa de empleo e inscrito en el servicio público de empleo; en Córdoba ese servicio es Servicio Andaluz de Empleo (SAE).
No es un requisito para presentar el EX-10 ni da permiso provisional para trabajar mientras se tramita.
Traducciones y documentos extranjeros
La Hoja 27 del Ministerio exige que los documentos de otros países estén traducidos por traductor jurado y legalizados o apostillados, salvo convenio. El Ministerio de Asuntos Exteriores publica el buscador oficial de traductores e intérpretes jurados.
Pide con tiempo el certificado de antecedentes penales de tu país: suele ser el documento que más tarda, y su legalización o apostilla depende de dónde se expide.
Presentación y Oficina de Extranjería en Córdoba
Según el directorio, la TIE, la asignación de NIE, el título de viaje y el certificado de residente comunitario se realizan en otras sedes, normalmente policiales.
Como gestoría colegiada podemos presentar por Mercurio en tu nombre ante la Oficina de Extranjería de Córdoba; tú firmas la representación y recibes el resguardo de entrada. La cita, si prefieres presentar en persona, la pides tú por el canal oficial; nosotros dejamos preparada la documentación.
La Administración tiene tres meses para resolver; pasado ese plazo sin respuesta, el silencio es negativo. Tras la concesión dispones de un mes para pedir la TIE en persona ante la Policía.
Trabajo y pasos posteriores a la concesión
Registrar la solicitud no concede un permiso provisional de trabajo: esa habilitación provisional solo está prevista para el arraigo sociolaboral. En el de segunda oportunidad, el derecho a trabajar nace con la resolución favorable y cubre cuenta ajena y propia en toda España.
El año pasa rápido. Conviene planificar con tiempo si se modifica a residencia y trabajo o se prorroga, porque la prórroga exige inscripción como demandante de empleo y búsqueda activa.
Modificación de arraigo a residencia y trabajo por provincias · Prórroga o modificación de la segunda oportunidad
Cómo gestionamos tu arraigo de segunda oportunidad
Honorarios publicados: 178 € de gestión + tasa oficial (38,28 €): 216,28 € en total, IVA incluido; los documentos externos van aparte. Te confirmamos el alcance antes de contratar y no prometemos una concesión que corresponde a la Administración.
- Reconstruir tu residencia anterior Identificamos qué permiso tenías, cuándo estuvo vigente, si podía renovarse y cómo terminó.
- Separar los dos periodos Comprobamos la residencia perdida y, por otro lado, los dos años de permanencia continuada.
- Auditar la causa y las pruebas Revisamos no renovación, ausencias, pasaporte, padrón, antecedentes y documentos fechados.
- Preparar y presentar Cumplimentamos el EX-10, dejamos lista la tasa y presentamos por Mercurio.
Ver todos los trámites y precios · Qué hacer si llega un requerimiento · Segunda oportunidad denegada
Cobertura en Córdoba
Atendemos a distancia en Córdoba, Lucena, Puente Genil, Montilla, Priego de Córdoba, Palma del Río y Cabra y en el resto de la provincia de Córdoba. Si una actuación exige presencia, como la huella de la TIE, te indicamos el organismo público y el canal oficial para pedir la cita.
Si además necesitas otra gestión, consulta nuestra página de extranjería en Córdoba o, si tu caso no es de segunda oportunidad, el arraigo social en Córdoba. Para comparar, también tenemos la guía de segunda oportunidad en Madrid.
Fuentes oficiales verificadas
Enlaces oficiales usados para esta página, revisados el 12 de octubre de 2026. Antes de presentar en Córdoba volvemos a comprobar el canal vigente.
- Hoja 27 del Ministerio: arraigo de segunda oportunidad. Ficha estatal vigente con requisitos, documentación, lugar de presentación, tasa, plazo y vigencia. La URL conserva un nombre histórico.
- Reglamento de Extranjería (Real Decreto 1155/2024). Artículos 126, 127.a), 130, 131 y 132, con la modificación del Real Decreto 316/2026.
- Instrucciones SEM 1/2025. Criterios sobre los 90 días de ausencia y la autorización previa renovable.
- Modelo oficial EX-10. Formulario de residencia por circunstancias excepcionales.
- Tasa 790 código 052. Pago de la tasa de residencia.
- Extranjería en Andalucía: directorio de la Delegación del Gobierno. Dirección, canales de información y de cita y sedes de la Oficina de Extranjería de Córdoba.
- Certificados de padrón del Ayuntamiento de Córdoba. Ficha municipal del certificado de empadronamiento en Córdoba.
- Servicios Sociales del Ayuntamiento de Córdoba. Recurso público útil en Córdoba, descrito en esta página.
- Servicio Andaluz de Empleo (SAE). Servicio público de empleo competente en Córdoba.
- Mercurio: autorizaciones de Extranjería. Presentación telemática y aportación de documentos.
Preguntas frecuentes sobre segunda oportunidad en Córdoba
¿A qué oficina va el expediente si vivo en Lucena?
A la Oficina de Extranjería de Córdoba, porque la competencia la marca el domicilio y no el municipio en el que esté la gestoría. Según el directorio, la TIE, la asignación de NIE, el título de viaje y el certificado de residente comunitario se realizan en otras sedes, normalmente policiales.
¿Sirve una estancia por estudios o un arraigo anterior?
No. La estancia no es residencia a estos efectos y la autorización anterior por circunstancias excepcionales está expresamente excluida.
¿Cómo se pide la cita en Córdoba si no presento por Mercurio?
En Córdoba la cita previa se pide en el teléfono 957 98 92 28, solo de lunes a viernes de 9 a 10 h. La cita la pides tú; nosotros te dejamos preparada la documentación.
¿Necesito contrato, medios económicos o informe de integración?
No son requisitos específicos de esta modalidad según la hoja oficial. Otras vías de arraigo sí pueden exigirlos.
¿Dónde me inscribo como demandante de empleo en Córdoba?
En Servicio Andaluz de Empleo (SAE). No hace falta para presentar el EX-10, pero sí para la prórroga anual si no modificas antes a residencia y trabajo.
¿Y si salí de España unas semanas?
Las ausencias en los dos años no pueden sumar más de 90 días naturales. Contamos cada viaje con sellos y billetes.
Cuéntanos qué residencia tuviste y cómo la perdiste
Indícanos el tipo de autorización anterior, sus fechas, si pediste renovación, qué resolución recibiste, desde cuándo estás en España y en qué municipio de la provincia de Córdoba vives. Revisamos primero si esta vía encaja en Córdoba.
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Última actualización: 19 de octubre de 2026.
Gestoría administrativa colegiada, física y online, con atención en toda España. La Oficina de Extranjería de Córdoba y los demás organismos citados son públicos e independientes de la gestoría.
Última revisión: 12 de octubre de 2026. Información orientativa; comprobamos la normativa y el canal administrativo vigentes antes de cada presentación.