Preparación del trámite

Visado nacional · Colombia · Residir sin trabajar

Residencia no lucrativa en España desde Colombia

Si vives en Colombia y quieres instalarte en España con tu pensión, tus rentas o tus ahorros, preparamos el expediente que pide el Consulado General en Bogotá: doce meses de extractos, la declaración jurada ante notario, el seguro sin copagos y los antecedentes con fines migratorios apostillados.

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Residir en España sin trabajar, ni allí ni en remoto

La no lucrativa es para quien puede vivir de lo que ya tiene: una pensión, rentas de alquiler, dividendos o ahorros. No autoriza a trabajar en España, y Bogotá lo deja aún más claro: cada adulto firma ante notario que no trabajará, ni presencialmente ni en remoto, en España ni en ningún otro país, mientras dure la autorización.

Si tu caso es otro país, tenemos la misma guía para residencia no lucrativa en España desde Estados Unidos.

Si vas a estudiar, mira el visado de estudios desde Colombia. Lo común a todos los países lo resumimos en la guía de la residencia no lucrativa.

Entrega

En BLS Internacional, en Bogotá, con cita previa; no en el Consulado.

Medios

2.400 € al mes para el titular y 600 € más por familiar (400 % y 100 % del IPREM).

Plazo real

El Consulado avisa de que puede tardar de dos a cinco meses.

Bogotá es el único consulado; la solicitud se entrega en BLS

La demarcación del Consulado General de España en Bogotá incluye todo el territorio colombiano. Cartagena de Indias, Medellín, Cali y otras ciudades tienen consulados honorarios, pero la solicitud de visado no se entrega allí: todas las solicitudes de esta demarcación se presentan a través de BLS Internacional, en su oficina de Bogotá, con cita previa.

La cita se pide en la web de BLS que enlaza el Consulado. Cada adulto acude en persona; los menores, a través de su representante legal. Las citas del Consulado no las reservamos nosotros: te explicamos cómo hacerlo y qué llevar. BLS envía el expediente al Consulado y, al terminar, el pasaporte con el visado (o la resolución) se recoge en la misma oficina de BLS. Si te piden subsanar algo, también se entrega allí.

Un detalle práctico: como la resolución puede tardar meses, el Consulado aconseja a quien viaja a menudo no dejar el pasaporte original. Lo enseñas, entregas una fotocopia completa de todas sus páginas y aportas el original cuando te lo pidan tras una resolución favorable. El seguimiento se hace solo en línea con el código del resguardo; el Consulado no responde consultas individuales sobre el estado del trámite.

Doce meses de banco y los papeles de tu perfil

El mínimo para el primer año es de 28.800 € para el titular (2.400 € al mes) y 7.200 € más por cada familiar a cargo, en su equivalente en pesos. Pero en Bogotá no basta con enseñar un saldo: se aporta el histórico de extractos de los últimos doce meses en Colombia, con saldos y movimientos, sellado o en papel oficial del banco, de cuentas de ahorro, corrientes, depósitos o inversiones.

Los fondos tienen que estar en Colombia y no se admiten recursos de terceros. Si tienes dinero fuera, se presenta la Declaración de Activos en el Exterior de los dos últimos años y la prueba de su origen. Cada adulto, aunque sea familiar dependiente, presenta su propio historial laboral y financiero. Además, según tu perfil:

  • Pensionado: los ingresos por pensión de los últimos doce meses.
  • En edad laboral: nóminas de doce meses, último contrato, carta del empleador que acredite el cese (o excedencia o año sabático) y declaración de renta de los dos últimos años.
  • Empresario o rentista de capital: certificado de Cámara de Comercio, composición accionarial o Reporte de Beneficiarios Finales, RUT, declaraciones de renta de la empresa y prueba de que el dinero viene de utilidades o dividendos.

Arriendos, herencias o la venta de una propiedad pueden sumarse con escrituras, contratos y cobros. Te ayudamos a ordenar todo para que el origen de cada peso se entienda sin explicaciones.

La declaración jurada ante notario, obligatoria para cada adulto

Es uno de los requisitos que más diferencia a Bogotá. Todo solicitante mayor de edad firma ante notario una declaración jurada con dos contenidos obligatorios: el compromiso de no ejercer ningún trabajo remunerado mientras dure la autorización y la dirección postal en España de, al menos, los tres primeros meses.

De forma opcional puede explicar tu historial laboral, el origen ordenado de tus fondos y los motivos para vivir en España. Te preparamos un borrador coherente con los documentos que aportas, para que lo que declares y lo que enseñan los extractos cuenten la misma historia.

Antecedentes «con fines migratorios» y apostilla electrónica

Bogotá pide el certificado de antecedentes judiciales de la Policía Nacional expedido con fines migratorios y con la Apostilla de La Haya. Las dos cosas se hacen en un único trámite en línea de la Cancillería: eliges el certificado de la Policía Nacional entre los documentos con firma digital, indicas la cédula y marcas los fines migratorios. La guía de la Cancillería explica el paso a paso.

Si eres extranjero residente en Colombia, el camino es distinto: primero pides a la Policía una constancia y luego la apostillas en la Cancillería como documento digitalizado. Y si has vivido en otro país en los últimos cinco años, necesitarás también su certificado, legalizado o apostillado y traducido si no está en español.

Las partidas del registro civil y demás documentos públicos colombianos también van apostillados. Al estar en español, no se traducen. Si viaja un menor con uno solo de sus padres, hace falta el consentimiento del otro en un acta notarial apostillada.

Seguro, certificado médico, cédula y tasas

Seguro: con una aseguradora autorizada en España (consultable en el registro de la DGSFP), con cobertura del 100 %, sin límites, reembolsos, carencias, franquicias ni copagos. Debe cubrir los doce primeros meses desde la fecha prevista de viaje, y Bogotá no admite seguros de viaje o bancarios, propuestas de seguro ni pólizas con «renovación automática».

Certificado médico: se hace con el modelo que publica el Consulado, firmado por un médico de familia o internista acreditado por el Ministerio de Salud. Vale cualquier centro médico; el Consulado no tiene clínicas concertadas. El modelo indica una validez de 90 días.

Residencia y pasaporte: cédula de residencia en Colombia por las dos caras, y pasaporte con un año de validez, dos páginas en blanco y menos de diez años desde su expedición.

Tasas: la tasa de residencia se paga con dos ejemplares del modelo 790-052 (epígrafe 2.1). Los ciudadanos colombianos están exentos de la tasa de visado nacional en este visado; los demás la pagan. El Consulado actualiza los importes en pesos y solo devuelve tasas por causas que le sean imputables.

Nuestro encargo

Cuesta 798 € con IVA, el precio publicado para la residencia no lucrativa inicial. Incluye el estudio del caso, la lista de documentos ajustada a tu perfil y a Bogotá, hasta dos rondas de revisión y la preparación de formularios y anexos. No incluye tasas, seguro, notaría, apostillas, certificados ni el servicio de BLS, y la entrega es personal.

Una vez concedido, el visado vale 365 días y pides la TIE en el mes siguiente a tu llegada. La autorización inicial dura un año; después llega la renovación, para la que contará haber vivido en España más de 183 días al año.

Preguntas frecuentes desde Colombia

¿Puedo entregar la solicitud en el consulado honorario de Cartagena o Medellín?

No. Todas las solicitudes de visado de la demarcación se presentan en BLS Internacional, en Bogotá, con cita previa.

¿Me sirve el dinero que tengo en una cuenta en Estados Unidos?

Bogotá pide fondos radicados en Colombia. Si tienes activos fuera, hay que aportar la Declaración de Activos en el Exterior y su origen; lo revisamos contigo.

¿Puede ayudarme un hijo con los fondos?

No. El Consulado no admite recursos económicos de terceros.

¿Tengo que dejar mi pasaporte en BLS meses?

No necesariamente. Puedes enseñarlo, entregar una fotocopia completa y aportar el original cuando te lo pidan tras la resolución favorable.

¿El certificado médico tiene que ser de una clínica concreta?

No. Vale cualquier centro, con el modelo del Consulado firmado por un médico de familia o internista acreditado.

¿Me podéis sacar la cita en BLS?

No reservamos citas consulares. Te explicamos cómo pedirla en la web de BLS y preparamos la carpeta completa.

¿Preparamos tu solicitud para Bogotá?

Escríbenos tu ciudad, tu perfil (pensionado, rentista o empresario) y quién viajaría contigo. Te decimos por dónde empezar.

¿Podéis ayudarme?

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