Arraigo · Aragón

Arraigo de segunda oportunidad en Zaragoza

Comprobamos si la residencia que perdiste, la causa por la que no se renovó y tus dos años en España encajan en el arraigo de segunda oportunidad, y preparamos el EX-10 para la Oficina de Extranjería de Zaragoza.

Responsable del trámite: GA 1268 COGAS SLP — gestor administrativo colegiado n.º 1268

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Gestoría administrativa colegiada, física y online · Atención en toda España, también en Zaragoza

Segunda oportunidad en Zaragoza: volver a la residencia legal tras perder la tarjeta

El Reglamento de Extranjería creó esta vía para personas que ya estuvieron documentadas y no pudieron renovar. La pregunta clave no es cuánto tiempo llevas sin papeles, sino qué autorización tenías exactamente, cuándo terminó y por qué no continuó.

La revisión se hace antes de preparar el expediente: tipo de autorización, resoluciones, plazos, permanencia continuada, ausencias y cualquier otra solicitud abierta. La decisión final corresponde siempre a la Oficina de Extranjería.

La solicitud la resuelve la Oficina de Extranjería de Zaragoza, competente para todo el territorio de la provincia de Zaragoza: da igual que vivas en Zaragoza o en Calatayud, Utebo, Ejea de los Caballeros u otro municipio. La gestoría no tiene una oficina propia en cada provincia: trabajamos a distancia, con sede física y atención en toda España.

Ver la guía nacional de segunda oportunidad · Comparar las modalidades de arraigo

Dos periodos de dos años que no deben confundirse

Dos años aquí

Permanencia continuada en España durante los dos años previos; las salidas no pueden sumar más de 90 días.

Tarjeta reciente

Haber sido titular de una residencia renovable en algún momento de los dos años anteriores a presentar.

Cómo terminó

Renovación no pedida en plazo o denegada por requisitos; nunca por orden público, seguridad o salud pública.

Sin contrato

No se exige contrato ni medios económicos mínimos como requisito específico de esta modalidad.

Un año

Es la vigencia inicial. Antes de que acabe toca la modificación a residencia y trabajo o la prórroga anual.

Por tanto, no se exige haber tenido dos años de residencia legal ni se convierten los dos años de permanencia en un periodo de irregularidad obligatorio. Son dos comprobaciones independientes.

Qué permiso anterior puede abrir esta vía

Antes de nada clasificamos tu antiguo permiso. La regla del artículo 127.a) es clara: residencia, no excepcional y renovable o prorrogable.

  • Sí, potencialmente. Residencias ordinarias que admitían renovación o prórroga: por cuenta ajena o propia, no lucrativa, reagrupación o residencia independiente.
  • No, por ser estancia. Los estudios, la movilidad de alumnos o el voluntariado son estancias, no residencias, a estos efectos.
  • No, por ser excepcional. Arraigos, razones humanitarias y demás circunstancias excepcionales no sirven como permiso anterior.
  • Otra vía. Los familiares de ciudadanos de la UE y la larga duración tienen procedimientos propios de mantenimiento o recuperación.

La caducidad de una TIE no demuestra por sí sola que la autorización fuera apta ni explica cómo se perdió. Necesitamos la resolución y las fechas del permiso y, si existió, la resolución de la renovación.

La causa de no renovación es decisiva

Dos situaciones encajan: que dejaras pasar el plazo de renovación o que te la denegaran por no cumplir algún requisito, por ejemplo medios económicos o actividad laboral. Una retirada o extinción por otras causas es otra historia y se estudia aparte.

La excepción es la denegación por orden público, seguridad o salud pública: ahí solo cabe esta vía si existe una resolución judicial de sobreseimiento o absolución. No es lo mismo que cancelar antecedentes.

Y un último filtro: si tienes otra solicitud de residencia en trámite o un recurso pendiente, primero hay que resolver eso. El Real Decreto 316/2026 incorporó esa exigencia al artículo 126.

Requisitos generales que revisamos

Estos son los requisitos que comprobamos, uno a uno, antes de aceptar el encargo:

  • Nacionalidad de un tercer país y presencia en España.
  • Permanencia continuada de dos años, con ausencias limitadas a 90 días.
  • Titularidad reciente de una residencia apta y renovable.
  • Causa de pérdida compatible con la segunda oportunidad.
  • Situación administrativa limpia: sin otra autorización ni procedimiento abierto.
  • Fuera del procedimiento de protección internacional.
  • Antecedentes penales y policiales compatibles con la concesión.
  • Pago de la tasa de residencia y firma del EX-10.

Documentación oficial que conviene preparar

La lista final depende de tu nacionalidad, tu historial y la forma de acreditar la permanencia. Primero identificamos qué hecho debe probar cada documento.

  • Solicitud en modelo EX-10.
  • Pasaporte o documento de viaje en vigor, copia completa.
  • Prueba de la residencia anterior y de su vigencia.
  • Prueba de la causa de no renovación.
  • Prueba de la permanencia continuada.
  • Antecedentes penales del extranjero cuando corresponda; la Oficina pide de oficio los españoles.
  • Traducción jurada al castellano de los documentos extranjeros y legalización o apostilla, salvo exención por convenio.
  • Justificante de la tasa 790 código 052 y, si presentamos nosotros, la representación firmada.

Documentos útiles para revisar el caso antes de presentar

Es material de trabajo para nosotros, no una lista oficial. Cuanto más completo, más fiable es la primera respuesta.

  • Fotos o copias de todas las TIE que hayas tenido, por delante y por detrás.
  • Cualquier carta, notificación o requerimiento de Extranjería, aunque pienses que no importa.
  • El pasaporte con todos los sellos de entrada y salida, también los antiguos.
  • Si hubo un procedimiento penal, la resolución que lo cerró.

No exige informe de integración

La hoja oficial del arraigo de segunda oportunidad no incluye contrato de trabajo, medios económicos ni informe de integración entre los requisitos específicos de esta modalidad.

En Zaragoza el informe de integración se tramita por otro circuito y para otras modalidades. No lo pedimos ni lo vendemos como requisito de este expediente; si tu caso no encaja aquí, te decimos qué vía estudiar.

Canales y recursos públicos en Zaragoza

Oficina de Extranjería y presentación en Zaragoza

Oficina de Extranjería de Zaragoza: Calle Obispo Covarrubias, s/n, 50005 Zaragoza.

La información sobre trámites se da por teléfono en el 976 98 00 20, de 9 a 14 h, y el estado de los expedientes se consulta en la sede estatal (infoext2). La cita previa se solicita en la sede electrónica.

Directorio oficial de Extranjería en Aragón · Información oficial de Mercurio

Acreditar permanencia desde Zaragoza

La permanencia continuada se acredita con documentación fechada. El certificado o volante histórico de empadronamiento se pide al ayuntamiento donde has vivido: el de Zaragoza si resides allí, o el de tu municipio si vives en Calatayud, Utebo u otra localidad.

Si cambiaste de municipio en estos dos años, hacen falta los certificados de cada ayuntamiento para cubrir el periodo completo. Ningún certificado de padrón sustituye por sí solo la revisión de las ausencias.

Estado y fechas de tramitación

El estado individual del expediente se consulta en la sede estatal con el número de expediente o NIE. Las fechas orientativas de tramitación, cuando una Oficina las publica, cambian a menudo y no garantizan el día de resolución de un caso concreto.

Consultar el estado del expediente

SAOJI: asistencia y orientación jurídica al inmigrante (Zaragoza)

Servicio municipal en la calle Prudencio, 11. Las dudas y citas urgentes se atienden en el 976 71 46 67 y el resto de citas con los abogados se piden por Internet en la cita previa del Gobierno de Aragón.

Es un recurso público independiente de la gestoría y voluntario: no forma parte de los requisitos del arraigo de segunda oportunidad.

SAOJI: asistencia y orientación jurídica al inmigrante (Zaragoza)

Casa de las Culturas del Ayuntamiento de Zaragoza

Equipamiento municipal (calle José Palafox, 29) con información y atención social, acogida municipal, interpretación y traducción y clases de español en verano.

Es un recurso público independiente de la gestoría y voluntario: no forma parte de los requisitos del arraigo de segunda oportunidad.

Casa de las Culturas del Ayuntamiento de Zaragoza

Empleo después de la concesión

La autorización concedida permite trabajar por cuenta ajena y propia en toda España. Si más adelante quieres prorrogarla en lugar de modificarla, el artículo 132 del Reglamento exige estar en búsqueda activa de empleo e inscrito en el servicio público de empleo; en Zaragoza ese servicio es Instituto Aragonés de Empleo (INAEM).

No es un requisito para presentar el EX-10 ni da permiso provisional para trabajar mientras se tramita.

Instituto Aragonés de Empleo (INAEM)

Presentación y Oficina de Extranjería en Zaragoza

Los certificados de residencia y las cartas de invitación se realizan en otras sedes: la Brigada Provincial de Extranjería y Fronteras y la Unidad de Documentación de Extranjeros.

Como gestoría colegiada podemos presentar por Mercurio en tu nombre ante la Oficina de Extranjería de Zaragoza; tú firmas la representación y recibes el resguardo de entrada. La cita, si prefieres presentar en persona, la pides tú por el canal oficial; nosotros dejamos preparada la documentación.

Cuenta tres meses desde el registro para la resolución, con silencio desestimatorio. Si es favorable, la huella para la TIE se hace en persona en el mes siguiente a la notificación.

Servicios oficiales de Extranjería en Aragón

Trabajo y pasos posteriores a la concesión

A diferencia del arraigo sociolaboral, aquí no hay habilitación provisional para trabajar mientras se tramita. Con la concesión llega la autorización para trabajar por cuenta ajena o propia en cualquier sector y en toda España.

Al cabo de un año hay dos caminos: modificar a una residencia y trabajo por el artículo 191 o prorrogar un año más acreditando búsqueda activa de empleo, salvo enfermedad, discapacidad o edad de jubilación.

Modificación de arraigo a residencia y trabajo por provincias · Prórroga o modificación de la segunda oportunidad

Cómo gestionamos tu arraigo de segunda oportunidad

El precio publicado es de 178 € de gestión + tasa oficial (38,28 €): 216,28 € en total, con IVA. Las traducciones y los certificados de tu país se pagan aparte. Antes de empezar sabes qué incluye el encargo.

  1. Primera consulta Nos cuentas tu caso por WhatsApp y nos envías la resolución de tu antigua tarjeta.
  2. Valoración Te decimos si la vía es viable, qué falta y el presupuesto.
  3. Expediente Ordenamos pruebas, traducciones y antecedentes y rellenamos el EX-10.
  4. Registro Presentamos telemáticamente y te enviamos el justificante.

Ver todos los trámites y precios · Qué hacer si llega un requerimiento · Segunda oportunidad denegada

Cobertura en Zaragoza

Atendemos a distancia en Zaragoza, Calatayud, Utebo, Ejea de los Caballeros, Tarazona, Caspe, La Almunia de Doña Godina y Zuera y en el resto de la provincia de Zaragoza. Si una actuación exige presencia, como la huella de la TIE, te indicamos el organismo público y el canal oficial para pedir la cita.

Si además necesitas otra gestión, consulta nuestra página de extranjería en Zaragoza o, si tu caso no es de segunda oportunidad, el arraigo social en Zaragoza. Para comparar, también tenemos la guía de segunda oportunidad en Madrid.

Fuentes oficiales verificadas

Estas son las fuentes públicas en las que se basa la información, consultadas el 12 de octubre de 2026.

Preguntas frecuentes sobre segunda oportunidad en Zaragoza

¿A qué oficina va el expediente si vivo en Calatayud?

A la Oficina de Extranjería de Zaragoza, porque la competencia la marca el domicilio y no el municipio en el que esté la gestoría. Los certificados de residencia y las cartas de invitación se realizan en otras sedes: la Brigada Provincial de Extranjería y Fronteras y la Unidad de Documentación de Extranjeros.

¿Qué pasa si no solicité la renovación dentro de plazo?

Es uno de los supuestos que contemplan las Instrucciones SEM 1/2025, siempre que el permiso anterior fuera apto y no concurra una causa de exclusión.

¿Cómo se pide la cita en Zaragoza si no presento por Mercurio?

En Zaragoza la información se da por teléfono (976 98 00 20, de 9 a 14 h) y la cita se obtiene en la sede electrónica. La cita la pides tú; nosotros te dejamos preparada la documentación.

¿Cuánto cuesta la gestión?

Los honorarios publicados son 178 € de gestión + tasa oficial (38,28 €): 216,28 € en total, con IVA incluido. Los documentos externos, como traducciones o antecedentes, se pagan aparte.

¿Dónde me inscribo como demandante de empleo en Zaragoza?

En Instituto Aragonés de Empleo (INAEM). No hace falta para presentar el EX-10, pero sí para la prórroga anual si no modificas antes a residencia y trabajo.

¿Cuenta el tiempo en que fui solicitante de asilo?

No. El tiempo de tramitación de la protección internacional no computa como permanencia hasta que hay resolución firme.

Cuéntanos qué residencia tuviste y cómo la perdiste

Indícanos el tipo de autorización anterior, sus fechas, si pediste renovación, qué resolución recibiste, desde cuándo estás en España y en qué municipio de la provincia de Zaragoza vives. Revisamos primero si esta vía encaja en Zaragoza.

¿Podéis ayudarme?

Escríbenos por WhatsApp: presupuesto en unos 2 minutos.