Arraigo familiar en A Coruña
Revisamos online el arraigo familiar en A Coruña, comprobamos cuál de los dos supuestos estatales puede corresponder y ordenamos vínculo, convivencia y documentos antes de preparar el EX-10.
- Diferenciamos EX-10 de la vía EX-24 para familiares de españoles
- Comprobamos vínculo, tutela, apoyo, cargo y convivencia según el supuesto
- Revisamos certificados, traducción, apostilla o legalización
- Preparamos el expediente y confirmamos órgano, canal y legitimación
Prestador profesional: GA 1268 COGAS S.L.P. · NIF B21691134. Atención online para personas domiciliadas en A Coruña, con presupuesto previo.
Revisar mi caso de arraigo familiarRespuesta personal. El primer mensaje no te compromete a contratar.
Primero: comprueba que esta sea tu vía
Desde la reforma vigente, el arraigo familiar mediante EX-10 se limita a dos situaciones:
- Padre, madre o tutor de un menor comunitario no español. El menor debe ser nacional de otro Estado de la UE, del EEE o de Suiza; debe estar a cargo y existir convivencia o cumplimiento de las obligaciones paternofiliales.
- Familiar que presta apoyo a una persona comunitaria no española con discapacidad. Deben acreditarse parentesco, discapacidad o necesidad de apoyo, situación a cargo y convivencia.
Si tu familiar es español, normalmente debes revisar otra autorización: la residencia temporal para familiares de personas con nacionalidad española mediante EX-24.
Ver la guía nacional de arraigo familiar · Residencia para familiares de españoles (EX-24) · Comparar los tipos de arraigo
Datos esenciales del arraigo familiar actual
Sin permanencia mínima. No exige acreditar dos o tres años previos en España.
Solicitud y resolución. Se utiliza el EX-10; el plazo administrativo general es de tres meses y el silencio es desestimatorio.
Duración y trabajo. La concesión tiene una vigencia de cinco años y autoriza a trabajar por cuenta propia o ajena en España, sin limitación territorial ni de ocupación.
TIE. Tras la concesión debe solicitarse personalmente dentro del mes siguiente a la notificación.
Expediente y documentos locales en A Coruña
En A Coruña no hay requisitos provinciales propios de arraigo familiar. Extranjería resuelve; el Registro Civil acredita hechos inscritos y el ayuntamiento únicamente datos de su padrón.
Quién expide los documentos del vínculo
No se exige informe autonómico o municipal de integración para el arraigo familiar; los dos supuestos y la documentación principal son estatales.
Cómo preparamos esa acreditación
Se revisa nacimiento o tutela para el supuesto del menor, o discapacidad y necesidad de apoyo, parentesco, cargo, convivencia e identidad UE/EEE/Suiza para el segundo. El padrón no prueba por sí solo el vínculo.
Órgano que resuelve
Oficina de Extranjería competente en A Coruña por el domicilio de la persona solicitante.
Presentación del expediente
GA 1268 COGAS S.L.P. revisa y prepara el EX-10 y sus anexos. Antes del registro comprueba el sujeto legitimado de la Hoja 31 y si corresponde canal presencial o Mercurio.
Referencia presencial oficial. El directorio oficial de la Administración General del Estado identifica la unidad de Extranjería competente en A Coruña. El domicilio determina la provincia; la TIE posterior corresponde a una fase policial distinta.
Claves prácticas para preparar el caso en A Coruña
Extranjería en A Coruña: comprobar órgano, canal y fase
El directorio oficial de la Administración General del Estado identifica la unidad de Extranjería competente en A Coruña. El domicilio determina la provincia; la TIE posterior corresponde a una fase policial distinta. Revisamos primero si el caso encaja en uno de los dos supuestos vigentes y después el canal de registro, sin convertir una cita informativa en requisito.
Directorio oficial de Extranjería en A Coruña
Padrón de A Coruña: residencia no equivale a parentesco
A Coruña ofrece documentos padronales individuales y colectivos por sus canales municipales. Santiago, Ferrol, Narón, Carballo y Arteixo certifican sus propios padrones. El padrón puede acreditar domicilio o convivencia, pero el vínculo se acredita con el certificado civil o la resolución de tutela que corresponda.
Requisitos generales que revisamos
- No ser ciudadano de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo ni de Suiza.
- Encontrarse en España y no ser solicitante de protección internacional durante la tramitación.
- No ser titular de una autorización de estancia o residencia ni tener en curso un procedimiento para obtenerla, prorrogarla, renovarla o modificarla.
- Carecer de antecedentes penales en España y en los países de residencia de los cinco años exigibles.
- No figurar como rechazable, no estar dentro de un compromiso de no retorno y no representar una amenaza para el orden público, la seguridad o la salud pública.
- Acreditar íntegramente uno de los dos supuestos familiares vigentes y abonar la tasa correspondiente.
Documentación que conviene ordenar
La lista exacta depende de cuál de los dos supuestos utilices y de las pruebas disponibles.
- Modelo oficial EX-10 cumplimentado y firmado.
- Copia completa del pasaporte, cédula de inscripción o título de viaje en vigor.
- Certificado de antecedentes penales cuando sea exigible.
- Para progenitor o tutor: nacimiento y nacionalidad comunitaria del menor, o tutela, junto con las pruebas de cargo, convivencia u obligaciones paternofiliales.
- Para apoyo por discapacidad: parentesco, identidad comunitaria, discapacidad o necesidad de apoyo, situación a cargo y convivencia.
- Traducción oficial y apostilla o legalización de los documentos extranjeros cuando corresponda.
Así trabajamos tu arraigo familiar
Te indicamos el alcance y el precio antes de contratar. La concesión corresponde siempre a la Administración.
- Elegir la vía correcta. Descartamos primero EX-24, tarjeta comunitaria, reagrupación u otra autorización.
- Revisar las pruebas. Relacionamos cada certificado y cada prueba con el requisito que debe acreditar.
- Preparar el expediente. Ordenamos EX-10, tasa, pasaporte, antecedentes y documentación familiar.
- Registrar y justificar. Presentamos por Mercurio cuando procede y te remitimos el justificante.
Cobertura online en A Coruña
Atención online para A Coruña, Santiago de Compostela, Ferrol, Narón y el resto del territorio. GA 1268 COGAS S.L.P. no anuncia una oficina local: cualquier comparecencia es ante el organismo público competente.
Municipios y zonas de cobertura: A Coruña, Santiago de Compostela, Ferrol, Narón, Carballo, Arteixo.
Fuentes oficiales para A Coruña
Comprobamos la norma estatal y el canal público aplicable antes de presentar. Confirma siempre cita, horario y modalidad antes de desplazarte.
- Hoja 31 del Ministerio: arraigo familiar. Ficha estatal vigente con los dos supuestos, requisitos, documentos y procedimiento EX-10.
- Hoja 18: familiares de personas españolas. Vía específica que debe revisarse cuando el familiar tiene nacionalidad española.
- Reglamento de Extranjería consolidado. Texto oficial consolidado del Real Decreto 1155/2024.
- Mercurio. Canal electrónico estatal; antes de presentar se comprueba quién está legitimado.
- Extranjería en A Coruña. Directorio público para comprobar la unidad competente y sus canales actuales.
- Padrón de habitantes de A Coruña. Canal municipal de referencia para el domicilio de la capital; otros municipios tienen padrón propio.
- Certificado de nacimiento. Sede de Justicia para hechos inscritos en el Registro Civil español.
Preguntas frecuentes sobre arraigo familiar en A Coruña
¿Dónde se tramita el arraigo familiar si vivo en A Coruña?
Ante la Oficina de Extranjería competente por el domicilio en A Coruña. Preparamos el expediente online y comprobamos canal y legitimación; una cita policial para la TIE es una fase posterior.
¿Qué casos cubre el arraigo familiar en A Coruña en 2026?
El progenitor o tutor de un menor nacional de otro Estado UE/EEE/Suiza que cumpla las condiciones, y un familiar que preste apoyo a una persona con discapacidad de esas nacionalidades, teniéndola a cargo y conviviendo con ella.
¿Es la vía correcta si mi familiar es español?
No debe darse por supuesto. El Reglamento vigente prevé una autorización específica para familiares de personas españolas (EX-24); revisamos esa vía antes de preparar un EX-10.
¿El padrón de A Coruña sirve para toda la provincia?
No. Cada ayuntamiento certifica los datos de su propio padrón. El documento municipal puede acreditar domicilio o convivencia, pero no sustituye el certificado de nacimiento, tutela o parentesco.
¿Se exige un tiempo mínimo de permanencia en España?
La Hoja 31 vigente indica que no se exige permanencia mínima para esta modalidad. Sí deben cumplirse los demás requisitos generales y los del supuesto familiar concreto.
¿Qué ocurre con certificados extranjeros?
Se revisan traducción jurada, legalización o apostilla y posibles exenciones antes de presentar. No se presume que un certificado extranjero sea utilizable solo por estar escaneado.
Cuéntanos tu situación en A Coruña
Primero comprobamos qué autorización familiar corresponde y qué pruebas faltan para preparar un expediente coherente.
Prestador profesional: GA 1268 COGAS S.L.P. · NIF B21691134.
Servicio online para residentes en A Coruña. Sede profesional en Brenes (Sevilla). Domicilio social: Paseo José Fdez. Vega 41 Bajo, 41310 Brenes, Sevilla.
Última revisión: 3 de septiembre de 2026. Información orientativa; verificamos la normativa y el canal administrativo vigentes antes de cada presentación.