Estancia por estudios · Tasas

Tasa de la estancia por estudios y de la prórroga

Cuánto se paga, con qué modelo y epígrafe, y cómo, según pidas la estancia inicial, la prórroga, el visado o la TIE.

Antes del pago te enviamos la factura proforma con todos los datos.

  • Gestoría administrativa · Toda España
  • Presupuesto antes de contratar

Cuánto es la tasa de la estancia por estudios

Desde España, la solicitud inicial lleva la tasa 790-052, epígrafe 1.1.1: 10,94 €. La prórroga, el epígrafe 1.1.2: 17,49 €. Cada familiar paga el mismo importe que el titular. Si pides el visado en el consulado, pagas la tasa de expedición del visado al solicitarlo. Esta explicación se completa con la página dedicada a la estancia por estudios y la guía de las tasas de extranjería.

Tasas por trámite, con su modelo y su epígrafe

TrámiteModeloImporte
Estancia inicial desde España (titular y familiares)790-052, epígrafe 1.1.110,94 €
Prórroga de la estancia (titular y familiares)790-052, epígrafe 1.1.217,49 €
Visado de estudios en el consuladoTasa de expedición del visadoLa indica el consulado
Primera TIE de la estancia790-01216,08 €
TIE tras la prórroga790-01219,30 €

La 790-052 es la de la autorización y la 790-012, la de la tarjeta: son pagos distintos, en momentos distintos. El detalle de la tarjeta está en tasa 790-012.

La tasa de la prórroga de estancia por estudios

Son 17,49 € de la 790-052, epígrafe 1.1.2. La prórroga se presenta por medios electrónicos, desde dos meses antes hasta tres meses después de que caduque la autorización, y el justificante de la tasa va con la documentación. Se permiten hasta dos prórrogas por autorización.

Después, en el plazo de un mes desde la notificación, hay que pedir personalmente la TIE. Esa tarjeta lleva su propia tasa: la 790-012 de renovación o prórroga, 19,30 €.

Más sobre el trámite en prórroga de estancia por estudios.

Cómo se paga la tasa 790-052

  1. Se rellena el formulario de la tasa en la sede de Administraciones Públicas, con el epígrafe que corresponde a tu trámite.
  2. Se paga y se guarda el justificante.
  3. El justificante se presenta con la solicitud: la hoja oficial lo incluye entre los documentos exigibles.

El paso a paso, con el NRC y las formas de pago, está en tasa 790-052. Comprueba el epígrafe antes de pagar: 10,94 € es el de la inicial y 17,49 €, el de la prórroga.

Si lo hacemos nosotros, la tasa va incluida

  • Estancia por estudios desde España: 297 €, con IVA y la tasa 790-052 (10,94 €) incluidos.
  • Prórroga de estudios: 365,49 €, con IVA y la tasa 790-052 (17,49 €) incluidos.
  • Visado de estudios por consulado: 361 €, con IVA. La tasa del consulado se paga aparte.

No incluyen traducciones juradas, apostillas ni documentos de otros países, ni la cita con la Policía ni la tasa de la tarjeta (790-012). Antes de pagar recibes la factura proforma con todos los datos.

Preguntas frecuentes sobre la tasa

¿Cuánto cuesta la tasa de la estancia por estudios?

Desde España, 10,94 €: tasa 790-052, epígrafe 1.1.1.

¿Cuánto cuesta la tasa de la prórroga de estancia por estudios?

17,49 €: tasa 790-052, epígrafe 1.1.2.

¿Mis familiares pagan la tasa?

Sí. Los epígrafes 1.1.1 y 1.1.2 son para el titular principal y sus familiares, con el mismo importe.

¿La 790-012 sustituye a la 790-052?

No. La 790-052 es de la autorización y la 790-012, de la tarjeta (TIE), que se pide después si corresponde.

¿Quién paga la tasa?

La persona a cuyo favor se tramita la autorización. Si contratas la gestión desde España, va incluida en nuestro precio y la pagamos nosotros al presentar.

¿Dudas con la tasa?

Dinos qué trámite vas a hacer y te decimos qué tasa te toca.

Escribir por WhatsApp

Cuéntanos tu caso por WhatsApp: presupuesto en unos 2 minutos.