ACTIVIDAD EXCEPTUADA · PREPARACIÓN CONSULAR
Visado de estancia con excepción de autorización de trabajo
¿Te han invitado a España para una actividad profesional breve que puede estar exceptuada de autorización de trabajo? Revisamos el supuesto concreto, la acreditación de la entidad y el expediente que debes presentar ante el consulado.
Responsable del trámite: GA 1268 COGAS SLP — gestor administrativo colegiado n.º 1268
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Un visado para una actividad exceptuada concreta, no para cualquier trabajo breve
Para una persona no residente en España sujeta al régimen general, el artículo 39.1 contempla el visado de estancia cuando la actividad del artículo 88 no supera noventa días naturales en cualquier periodo de ciento ochenta. Se tramita por el procedimiento de corta estancia y debe acreditarse la excepción.
Dentro de este régimen, se exige también a nacionales de terceros países habitualmente exentos de visado por turismo. Poder entrar como visitante no permite comenzar esa actividad. Los ciudadanos UE, EEE o Suiza y los familiares sujetos a libre circulación tienen sus propias reglas de entrada; no se les aplica automáticamente este procedimiento.
Si la actividad supera ese límite, consulta la residencia con excepción de autorización de trabajo. No presentamos el EX-09 de residencia como formulario de esta estancia corta ni añadimos automáticamente su documentación.
Hasta 90 días en cualquier periodo de 180
Prueba de la excepción concreta
Alcance y honorarios por escrito
La entidad, tus funciones y la acreditación deben encajar
El artículo 88 contiene supuestos delimitados. Entre ellos están determinados técnicos o investigadores invitados por organismos públicos, profesores o investigadores invitados o contratados por una universidad española, corresponsales acreditados y ministros de culto que reúnan las condiciones previstas. Tener una profesión de esa lista, por sí solo, no basta.
Una invitación universitaria debe permitir identificar las tareas docentes, investigadoras o académicas y estar suscrita por quien tenga la representación exigida. Para una misión científica se comprueba la autorización competente; un corresponsal necesita su acreditación y una actividad religiosa requiere verificar la entidad y las funciones. No sustituimos estas pruebas por una carta genérica que solo indique las fechas.
Revisamos también si corresponde otro procedimiento. Un proyecto científico puede necesitar la vía de investigación; las actividades artísticas y audiovisuales tienen un régimen específico y no se incluyen aquí automáticamente.
Cómo preparar una carpeta consular coherente
La carpeta combina la documentación de corta estancia y la prueba de la excepción. Comprobamos las instrucciones de la oficina competente por tu residencia, su formulario, pasaporte, fotografía y acreditación de residencia en la demarcación. Si España no es el único destino, revisamos además la competencia consular y el itinerario.
La documentación del viaje debe explicar alojamiento, financiación, cobertura sanitaria de viaje y salida prevista, según corresponda. El seguro de corta estancia no se confunde con el seguro de una autorización de residencia. Tampoco se incorporan por rutina certificados penales o médicos tomados de una lista de residencia de más de noventa días.
La entidad debe concretar actividad, lugar, calendario, relación contigo y gastos que asume. Contrastamos esos datos con tu solicitud y con el contrato, invitación o certificado exigible. Las traducciones y legalizaciones se comprueban para cada documento y oficina antes de encargarlas.
Fechas de actividad, días Schengen y presentación
Necesitamos las fechas de entrada y salida, no únicamente los días de trabajo. Revisamos también otras estancias cortas en el espacio Schengen dentro del periodo de referencia: un contrato de dos semanas no demuestra que conserves catorce días disponibles. Salir y volver a entrar no reinicia por sí solo el cómputo.
Antes de cerrar compromisos, comprobamos la antelación de presentación, el canal oficial de recepción y el margen para completar la documentación. La disponibilidad de cita y la fecha prevista de inicio son cuestiones diferentes. Una solicitud presentada no equivale a un visado concedido ni garantiza que puedas viajar en la fecha deseada.
Conserva el resguardo y atiende las comunicaciones de la oficina. Si cambian las funciones, la entidad o el calendario, hay que revisar su efecto antes del viaje. Una extensión del proyecto no queda cubierta automáticamente por el expediente inicial.
Diferenciar reuniones de negocios, prestación de servicios y actividad exceptuada
Asistir a reuniones comerciales o visitar una feria no es lo mismo que impartir clases, ejecutar un servicio técnico o incorporarte a un proyecto. Si tu viaje consiste en contactos y reuniones, revisa el visado de negocios. No utilizamos esa etiqueta para encubrir una actividad que necesita otro encaje.
El desplazamiento desde una empresa de la Unión Europea también exige estudiar su supuesto específico: disponer de un permiso de trabajo en otro Estado no concede por sí solo permiso para cualquier empleo en España. La guía de trabajadores desplazados desde una empresa de la UE desarrolla esa revisión.
La excepción de autorización de trabajo no elimina las obligaciones laborales, de Seguridad Social o profesionales que correspondan. Tampoco sirve como autorización abierta para añadir clientes o tareas ajenas a la actividad acreditada.
Qué podemos preparar y qué debes realizar personalmente
El encargo puede comprender la revisión del supuesto legal, la identificación de las pruebas que debe emitir la entidad y la preparación de la carpeta consular. Señalamos las incoherencias que haya que corregir y qué actuación corresponde al solicitante, a la entidad o al organismo emisor.
La preparación a distancia no sustituye la comparecencia, biometría, entrevista o recogida personal cuando sean exigibles. Comprobamos expresamente las actuaciones que admiten representación. No necesitamos tus contraseñas ni códigos de acceso para revisar los documentos.
El presupuesto recoge los honorarios con IVA, las actuaciones incluidas y si comprende asistencia ante comunicaciones posteriores. La expedición del visado corresponde a la oficina consular; nuestra intervención no garantiza su concesión ni una fecha de resolución.
Las dudas que suelen surgir
¿Necesito este visado aunque mi nacionalidad esté exenta para turismo?
Si no resides en España, estás sujeto al régimen general y tu actividad encaja en el artículo 39.1, se exige este visado con independencia de la exención turística. Primero comprobamos tu régimen, incluida la posible aplicación de las reglas de libre circulación.
¿Una invitación de una empresa sirve para reconocer la excepción?
No por sí sola. Deben encajar la actividad, la entidad y tu condición en un supuesto legal. Una carta comercial genérica no convierte cualquier servicio profesional breve en actividad exceptuada.
¿Debo presentar el EX-09?
Esta página trata del visado de estancia corta, no de la solicitud de residencia con excepción. Preparamos el formulario y la documentación del procedimiento consular correspondiente, sin trasladar automáticamente el EX-09 ni la lista de residencia.
¿Puedo empezar la actividad mientras se decide el visado?
La presentación de la solicitud no acredita que puedas comenzar. Antes de viajar y realizar la actividad deben estar resueltos el visado que corresponda y las demás condiciones aplicables. No recomendamos entrar como turista para anticipar el trabajo.
¿Qué necesitáis para valorar mi caso?
Tu nacionalidad, país de residencia, actividad concreta, entidad, fechas y viajes Schengen recientes. Si ya tienes una invitación, indícalo; después acordamos qué documentos revisar y cómo facilitarlos.
¿Qué actividad vas a realizar en España?
Cuéntanos tu país de residencia, la entidad que te invita, las funciones previstas y las fechas. Te indicamos qué revisar antes de preparar el expediente.
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Última actualización: 19 de octubre de 2026. Información general; el encaje se comprueba según tu situación y la normativa vigente. La decisión corresponde a la Administración.
Referencias oficiales: BOE: artículo 39.1, visado para actividad exceptuada de corta duración · BOE: artículo 88, supuestos de excepción de autorización de trabajo · Inclusión: distinción entre residencia exceptuada y actividad de hasta 90 días · Consulado en Buenos Aires: documentación y procedimiento general de visado Schengen · BOE: régimen específico del sector audiovisual y actividades artísticas.