GESTORÍA DE EXTRANJERÍA · AYUDA PROFESIONAL
Pareja de hecho en Comunitat Valenciana: inscripción y residencia para extranjeros
¿Queréis inscribiros como pareja de hecho en Comunitat Valenciana y uno de los dos es extranjero? Revisamos las reglas de vuestro registro, los certificados y el posible trámite de residencia posterior.
- Atención en toda España
- Presupuesto antes de contratar
Qué comprobar antes de iniciar la inscripción
La inscripción se realiza en el Registro de Uniones de Hecho Formalizadas. Debe acreditarse convivencia afectiva en la Comunitat Valenciana y voluntad de formalizarla. La certificación de padrón común es distinta de un volante y la ficha explica cómo valorar separaciones temporales justificadas de domicilio.
Comunitat Valenciana
Registro y certificados
Estudio de residencia
Documentos extranjeros y estado civil
Para extranjeros no comunitarios la ficha pide pasaporte; para comunitarios, pasaporte o documento nacional de identidad junto al NIE. Si hay doble nacionalidad, la identificación y la prueba de estado civil deben ser coherentes con la nacionalidad declarada.
Presentación y actuaciones personales
La comparecencia es personal y conjunta ante el registro, sin testigos según la información publicada. Puede sustituirse por un documento notarial correctamente formalizado conforme a sus requisitos. Presentar una escritura cualquiera no garantiza que quede inscrita la unión.
Un detalle que conviene resolver antes
La ficha contempla situaciones de separación legal que requieren prueba específica. No las equiparamos a un divorcio ni deducimos de su posible encaje registral que exista automáticamente una vía de residencia. El análisis migratorio posterior se hace con la situación jurídica completa.
Después: qué residencia corresponde a vuestra pareja
Inscribirse no concede automáticamente residencia ni permiso de trabajo. Para una pareja española se analiza la autorización de familiar de español; para una pareja de otro Estado UE, EEE o Suiza, el régimen comunitario; para una persona no comunitaria residente, las condiciones de la reagrupación que corresponda. La inscripción debe encajar en una relación real y acreditable.
Cómo os ayudamos sin complicar el primer contacto
Para empezar, contadnos dónde vivís, vuestra nacionalidad y si ya convivís o estáis inscritos. Revisamos la documentación y os indicamos qué puede preparar la gestoría y qué actuación es personal. No necesitáis enviarnos de entrada todos los certificados por WhatsApp. Si podemos asumir el expediente, recibiréis alcance y presupuesto antes de contratar. La inscripción y la residencia se diferencian en el encargo.
También puede ayudarte
Las dudas que suelen surgir
¿La inscripción me da residencia inmediatamente?
No. La residencia es un expediente distinto y depende de la nacionalidad y situación de ambos.
¿Debemos estar ya empadronados juntos?
Hay que comprobar la regla territorial y la prueba admitida. La convivencia y el domicilio declarados deben ser reales; no se preparan inscripciones con datos ficticios.
¿Podéis sustituir nuestra comparecencia?
No cuando el registro o notario requiere consentimiento o presencia personal. Sí podemos preparar y presentar documentación en la medida en que se admita representación.
¿Revisamos tu caso?
Empieza con una breve explicación de lo que necesitas. Después te indicaremos la documentación imprescindible y la gestión que podemos asumir.
Prestador profesional: GA 1268 COGAS S.L.P. · Gestoría administrativa colegiada.
Revisión: 17 de septiembre de 2026. Información general; el encaje se comprueba según tu situación y la normativa vigente. La decisión corresponde a la Administración.
Referencias oficiales: Registro de parejas de hecho: Comunitat Valenciana · Reglamento de extranjería.