Residencia sin trabajar · Formulario EX-01

Residencia no lucrativa en España: requisitos y visado 2026

Revisamos medios económicos, seguro médico, antecedentes, familiares y documentación consular para preparar la residencia inicial sin actividad laboral o profesional.

  • Atención online en toda España
  • Precio y alcance antes de contratar
  • Gestoría administrativa colegiada

Qué autoriza la residencia no lucrativa

Es una autorización para personas extranjeras y sus familiares que desean residir en España sin realizar actividades laborales o profesionales. La solicitud inicial se formula desde el país de residencia ante la oficina consular española competente. No debe venderse como una regularización desde España ni como una autorización para trabajar a distancia.

Ya tengo no lucrativa y quiero renovarla

La renovación tiene su propio plazo, documentación y revisión de la permanencia en España. No se inicia otro visado consular.

Ver requisitos de renovación

Familiares incluidos

Pueden acompañar familiares, pero los medios, vínculos y documentos se calculan y preparan para cada persona.

Ya tengo visado o resolución favorable

Tras la entrada o la renovación de la autorización, comprueba el paso posterior de la tarjeta física.

Preparar huellas y TIE

Orienta tu primera consulta en tres preguntas

Tres preguntas para distinguir solicitud inicial y renovación, situar tu unidad familiar y preparar la consulta. El resumen no confirma requisitos ni sustituye la revisión del consulado o de Extranjería.

Pregunta 1 de 3Orientación inicial
¿Qué trámite quieres revisar?
Solo orientación inicial. No introduzcas datos personales en este comprobador. No calcula plazos ni confirma que cumples los requisitos para una solicitud o renovación.

Requisitos principales

400 % del IPREM

Referencia mensual para el sostenimiento del titular durante el periodo solicitado.

100 % por familiar

Referencia mensual adicional por cada familiar que acompañe al titular.

Seguro de enfermedad

Público o privado, concertado con una entidad autorizada para operar en España y con cobertura adecuada.

Sin antecedentes ni amenazas

Se revisan antecedentes, prohibiciones de entrada, orden público, seguridad y salud pública.

También se exige no encontrarse irregularmente en España, no estar sujeto a un compromiso de no retorno y abonar la tasa correspondiente. El cálculo económico debe cubrir todo el periodo y toda la familia.

Cómo acreditar los medios económicos

Saldo y disponibilidad

Comprobamos titularidad y disponibilidad real. Si aportas cuentas o instrumentos financieros extranjeros, el artículo 62.3 exige identificar la entidad y su domicilio, las cuentas y sus fechas de apertura o cancelación —o de autorización y revocación—, además del saldo a 31 de diciembre del año anterior y el saldo medio del último año.

Ingresos periódicos

Pensiones, rentas, dividendos u otros ingresos pueden requerir contratos, certificados fiscales y explicación de su continuidad.

Participaciones societarias

Si los recursos proceden de una empresa debe acreditarse que el solicitante no realiza actividad laboral en ella.

Unidad familiar

No basta con mostrar la referencia del titular si viajan familiares: se suma el porcentaje aplicable por cada uno.

El consulado puede pedir documentación adicional y valorar la estabilidad, procedencia y disponibilidad de los fondos. No prometemos que un saldo aislado sea suficiente sin revisar el expediente completo.

Si tu plan es teletrabajar desde España, compara la vía de nómada digital antes de solicitar. La no lucrativa no autoriza ese trabajo ni garantiza un cambio posterior a teletrabajador.

Si ya tienes una no lucrativa: la pregunta 12 de las preguntas frecuentes de la UGE indica que no se puede alegar haber trabajado previamente en remoto con este permiso, porque no autoriza a trabajar. No recomendamos iniciar esa actividad para acumular los tres meses de relación exigidos al nómada digital, ni presentamos la futura solicitud como una forma de autorizar retroactivamente ese trabajo. Antes de valorar otra vía, revisamos tu autorización, las fechas y la actividad prevista; tener una tarjeta vigente no basta para dar por admisible el cambio.

Documentos para el visado y la solicitud inicial EX-01

  • Formulario de visado nacional y EX-01 debidamente cumplimentados y firmados, según las instrucciones del consulado.
  • Pasaporte completo reconocido como válido en España y con la vigencia exigida.
  • Certificado de antecedentes penales de los países en los que se residió durante los últimos cinco años.
  • Pruebas de medios económicos para el titular y todos los familiares incluidos.
  • Póliza y certificado del seguro médico contratado con entidad autorizada en España.
  • Certificado médico con el contenido exigido por el Reglamento Sanitario Internacional.
  • Certificados de matrimonio, nacimiento o vínculo familiar cuando viajen familiares.
  • Traducción jurada, apostilla o legalización de documentos extranjeros cuando corresponda.
  • Justificantes de las tasas y documentos particulares requeridos por el consulado competente.

Las instrucciones locales del consulado forman parte práctica del expediente: cita, formato, originales, copias, fotografía, pago y proveedor externo pueden variar según el país.

Para adaptar la carpeta inicial a tu demarcación, revisa la preparación de visados nacionales en Lima, Buenos Aires, Ciudad de México, Bogotá, Rabat, Casablanca, Quito y Santo Domingo. No son rutas para renovar desde España; el consulado competente depende de tu residencia, no de dónde haya más citas.

Procedimiento desde el consulado hasta la TIE

  1. Preparación consularComprobamos consulado, cita, EX-01, recursos, seguro y documentos extranjeros.
  2. Solicitud personalSe presenta ante la oficina consular o canal externo autorizado de la demarcación de residencia.
  3. Visado y entradaConcedido el visado, se recoge personalmente en el mes siguiente a la notificación. La entrada se realiza dentro de la vigencia indicada en él y siguiendo las instrucciones consulares.
  4. TIE en EspañaLa autorización inicial dura un año desde la entrada y la TIE se solicita personalmente en el mes siguiente.

La autorización de residencia tiene un plazo máximo de un mes desde que el órgano competente recibe la comunicación consular; el silencio es desestimatorio. Ese plazo legal no es una garantía comercial del tiempo total del visado.

Para la tarjeta física, consulta la guía de huellas y TIE y la tasa 790-012. La tarjeta es un paso distinto de la autorización y del visado.

Precio y alcance

La gestión estándar del titular principal cuesta 588 € con IVA incluido. Los familiares adicionales y cada consulado se presupuestan antes de empezar. La tasa 790-052 de la autorización inicial, actualmente 10,94 €, y las tasas consulares o de visado se abonan aparte.

Preparación online, solicitud inicial consular: nuestro trabajo a distancia no sustituye las actuaciones personales exigidas por el consulado. La mención a presentación telemática solo se aplica cuando el procedimiento concreto la admite.

Incluido en los honorarios

  • Estudio inicial de viabilidad y elección del supuesto correcto.
  • Lista personalizada de documentos y hasta dos rondas de revisión documental.
  • Preparación del formulario, anexos y justificantes del expediente.
  • Presentación telemática por el canal oficial cuando el procedimiento y la representación lo permitan.
  • Entrega del justificante, seguimiento hasta resolución y respuesta a un requerimiento ordinario vinculado a los documentos revisados.
  • Cálculo de medios para la unidad familiar comunicada.
  • Revisión del seguro y adaptación de la carpeta a las instrucciones del consulado.

No incluido

  • Traducciones juradas, apostillas, legalizaciones, certificados, seguros y documentos de terceros.
  • Desplazamientos, comparecencias, citas presenciales, huellas y expedición de la TIE.
  • Recursos administrativos complejos, procedimientos judiciales y actuaciones de abogado.
  • Requerimientos originados por información o documentación que no se comunicó durante la revisión.
  • Tasas consulares y de visado, proveedor externo, seguro, certificados, traducciones y apostillas.
  • Comparecencia personal, viaje al consulado, recogida del visado, entrada, huellas y TIE.

Renovación de residencia no lucrativa en España

La renovación mantiene tu autorización para vivir en España sin trabajar: no es otro visado consular ni una simple renovación de la tarjeta. La solicita el titular mediante EX-01 ante Extranjería. Podemos preparar y presentar por Mercurio con la representación acreditada.

Plazo y continuidad

Presenta durante los dos meses anteriores al vencimiento. También se admite durante los tres posteriores, con posible sanción. En ambos periodos, la solicitud prorroga la autorización anterior hasta la resolución; conservar el justificante es esencial.

Medios para todo el periodo

La renovación ordinaria dura dos años: el cálculo cubre normalmente 24 meses, no los 12 de la inicial. Se mantiene la referencia mensual del 400 % del IPREM para el titular y del 100 % adicional por familiar. Revisamos fondos disponibles o ingresos periódicos y su acreditación, sin exigir por sistema un único saldo inmovilizado.

Seguro y residencia efectiva

Debes haber mantenido el seguro durante la autorización anterior y continuar con cobertura. Se exige residencia real en España durante más de 183 días del año natural; ordenamos entradas y salidas, sin sustituir esa prueba por la mera fecha del padrón o de la tarjeta.

Familia y siguiente autorización

Los medios y la cobertura se revisan para cada familiar y se acredita la escolarización obligatoria de los menores a cargo. La renovación es de dos años, salvo que corresponda larga duración nacional o UE. La modalidad se decide antes de registrar.

Qué documentación conviene preparar

  • EX-01, pasaporte completo vigente y resolución de la autorización anterior.
  • Pruebas actualizadas de fondos o ingresos periódicos para el periodo y los familiares incluidos.
  • Póliza y certificados que permitan comprobar el seguro anterior y la continuidad de cobertura.
  • Historial de entradas y salidas e informe de escolarización, cuando corresponda.
  • Justificante de la tasa 790-052, epígrafe 2.2.1 de renovación no lucrativa; no el de la inicial.
  • Representación para la gestión profesional y documentos adicionales justificados por el caso.

En la presentación electrónica, la tasa se abona al presentar, según la Orden PJC/617/2025. El plazo general de diez días hábiles no debe confundirse con esta regla específica del canal electrónico.

Si hay una incidencia con algún requisito, condenas o deudas tributarias o de Seguridad Social, no ocultes esa información ni des por automática una denegación. La norma prevé valoraciones individuales y, en determinados casos, un informe de integración: no garantiza renovar ni reemplaza indistintamente cualquier documento.

La resolución debe notificarse en tres meses y el silencio es estimatorio. Si no recibes respuesta, revisamos notificaciones y posibles incidencias del plazo antes de solicitar el certificado acreditativo; no prometemos una fecha de concesión. Puedes consultar el expediente y preparar un requerimiento.

Tras una resolución favorable, solicita personalmente la nueva TIE durante el mes siguiente a la notificación. Cuando te acerques a cinco años, compara la larga duración nacional y UE. Si no identificas tu permiso, consulta la diferencia entre NIE, autorización y tarjeta.

Revisar mi renovación no lucrativa

Los 588 € anunciados corresponden a la solicitud inicial del titular principal. La renovación se presupuesta antes de contratar. Renovar la no lucrativa no autoriza a empezar a trabajar: si cambia tu proyecto, estudiamos primero la autorización o modificación adecuada.

Gestiones y situaciones relacionadas

Si tu caso encaja en uno de estos supuestos, consulta su preparación específica antes de iniciar la solicitud.

Preguntas frecuentes

¿Puedo solicitar la inicial estando en España?

La solicitud inicial se formula ante la oficina consular española competente en la demarcación donde resides. No es una regularización desde España.

¿Cuánto dinero necesito?

La referencia es el 400 % mensual del IPREM para el titular y el 100 % por cada familiar durante el periodo solicitado.

¿Puedo trabajar con esta residencia?

No autoriza a realizar actividades laborales o profesionales. Si quieres trabajar debe estudiarse otra autorización o una modificación posterior.

¿El seguro puede tener copagos?

La norma exige un seguro de enfermedad con entidad autorizada en España. Revisamos cobertura, carencias, límites y las instrucciones del consulado antes de contratar.

¿Puedo incluir a mi familia?

Sí, cuando el vínculo, los medios adicionales, el seguro y los documentos de cada familiar quedan acreditados.

¿Cuánto tarda la solicitud inicial?

La autorización tiene un plazo máximo de un mes desde la comunicación consular, pero la cita, tramitación del visado y tiempos del consulado pueden ampliar el proceso total.

¿Cómo renuevo si ya tengo no lucrativa?

No debes comenzar otro visado inicial. Revisa el apartado de renovación, con su plazo y requisitos propios, antes de preparar la nueva tarjeta.

¿Todo se hace online?

No. Podemos preparar el expediente a distancia, pero la solicitud inicial, recogida del visado, entrada y TIE incluyen actuaciones personales.

¿Quieres pasar de no lucrativa a residencia y trabajo?

Modificación de residencia no lucrativa a residencia y trabajo

¿Tienes residencia no lucrativa y ahora quieres trabajar para una empresa o iniciar tu actividad como autónomo? Revisamos el tiempo que llevas residiendo, tu autorización y el contrato o proyecto para preparar la modificación que corresponda.

Ver requisitos y asistencia

Antes de viajar: revisa las ausencias permitidas

Consulta la guía de ausencias de España según tu tipo de residencia antes de planificar una estancia prolongada fuera. La validez de una tarjeta y las condiciones para conservar o renovar la autorización son cuestiones distintas.

Una autorización de regreso no elimina los requisitos de permanencia de tu permiso ni garantiza por sí sola una renovación. Si aspiras a larga duración o nacionalidad, hay que revisar además sus reglas específicas.

Revisa la prueba económica y la cobertura sanitaria

Consulta los Medios económicos en Extranjería: IPREM o SMI para preparar una acreditación coherente con la residencia no lucrativa y tu unidad familiar. No se aplican indiscriminadamente las cifras de otros permisos.

La guía de Seguro médico para Extranjería: requisitos según permiso explica qué comprobar en la cobertura y los certificados según el procedimiento; una póliza de viaje no debe darse por equivalente sin revisar sus condiciones.

Antes de solicitar, comprobamos recursos, seguro y consulado

Dinos tu país de residencia, cuándo quieres viajar, cuántas personas solicitarán y cómo acreditarás los recursos. Te indicaremos qué debe prepararse primero.

¿Podéis ayudarme?