Prórroga de autorización · EX-09

Granada · Actividad exceptuada

Renovación de residencia con excepción de autorización de trabajo en Granada

Si continúa la actividad que justificó tu autorización, revisamos la prórroga EX-09, las pruebas de la entidad y la presentación ante Extranjería. La excepción permite realizar esa actividad: no es una prohibición de trabajar ni un permiso abierto para cualquier empleo.

Responsable del trámite: GA 1268 COGAS SLP — gestor administrativo colegiado n.º 1268

  • Preparación online
  • Gestoría administrativa colegiada
  • Presupuesto antes de contratar

Qué se renueva y qué actividad permite

Esta página trata de la prórroga de una residencia temporal con excepción de la autorización de trabajo ya concedida. Hay que acreditar que subsisten las circunstancias del supuesto reconocido conforme a los artículos 88 y 89 del Reglamento de Extranjería.

La actividad puede ser laboral o profesional: lo exceptuado es obtener la autorización de trabajo para ese supuesto concreto. No equivale a una residencia no lucrativa, a una renovación ordinaria por cuenta ajena ni a renovar solo la TIE. Tampoco basta con tener una profesión que aparezca en la norma: importan la entidad, las funciones y su acreditación.

Si todavía no tienes esta autorización, consulta la guía de residencia con excepción de autorización de trabajo. Si ha terminado el programa, cambias de funciones o quieres un empleo ajeno al supuesto, revisamos la vía aplicable antes de presentar como si nada hubiera cambiado.

Plazo de prórroga y duración de la autorización

La Hoja 16 sitúa la presentación en los dos meses naturales anteriores al vencimiento. También permite solicitar dentro de los tres meses posteriores, sin perjuicio de una posible sanción. No esperes una respuesta informativa o una cita para comprobar el plazo: preguntar no equivale a registrar.

La duración depende de la actividad o programa, con un máximo de cuatro años en la prórroga, siempre que subsistan las circunstancias que justificaron la excepción. No se conceden cuatro años automáticamente ni se sustituye la prueba de continuidad por conservar la tarjeta anterior.

Revisamos la fecha de la resolución y su vigencia, el periodo de actividad acreditado por la entidad y cualquier cambio relevante. No trasladamos a esta prórroga una lista genérica de medios económicos, seguro, matrícula o contrato de otra clase de residencia.

Extranjería en Granada: referencia territorial útil

La Oficina de Extranjería de Granada figura en calle San Agapito, 2, esquina Ribera del Beiro.

La ficha distingue el 958909408 de información de otros números identificados para expedición de tarjetas, y enlaza presentación/aportación telemática y consulta de expedientes.

Para la prórroga de la autorización, el problema a resolver es la continuidad del supuesto EX-09, no la disponibilidad de una cita de tarjeta. Si recibes un requerimiento, comprueba su referencia y aporta al expediente correcto; consultar el estado no incorpora automáticamente documentos. El directorio reúne servicios diferentes en una misma dirección, por lo que no atribuimos a todos los teléfonos la misma función. Conservamos la vía Mercurio de la Hoja 16 y confirmamos cualquier comparecencia antes de desplazarte.

Consultar la ficha oficial de Extranjería y sus canales en Granada →

Referencias administrativas comprobadas el 24 de septiembre de 2026. No son oficinas de nuestra gestoría. La ficha territorial no acredita disponibilidad de cita ni permite elegir indistintamente cualquier sede.

Documentos para demostrar que continúa la excepción

  • EX-09 cumplimentado y firmado para la prórroga.
  • Pasaporte completo, título de viaje o cédula de inscripción en vigor, según corresponda.
  • Prueba actual de la continuidad del supuesto: invitación o contrato, certificado, nombramiento, acreditación o documentación del desplazamiento, según la actividad reconocida.
  • Resolución anterior y fechas: permiten identificar el fundamento, la vigencia y el expediente; la TIE ayuda a contrastar los datos, pero no sustituye la prueba de la actividad.
  • Representación y tasa aplicable, con los justificantes que deban acompañar la presentación.

La entidad debe concretar las funciones, el periodo y quién firma con capacidad suficiente. Una carta genérica no demuestra por sí sola que sigue cumpliéndose una excepción. Para un religioso, una invitación universitaria o un desplazamiento desde otro Estado de la UE, las acreditaciones son distintas; no intercambiamos sus documentos.

Si aportas documentos extranjeros, comprobamos traducción y apostilla o legalización cuando sean necesarias, teniendo en cuenta las exenciones. La lista final se adapta al supuesto: no repetimos automáticamente todos los certificados de una solicitud inicial.

Presentación, tasa y seguimiento de la prórroga

  1. Revisamos tu autorización: supuesto reconocido, actividad actual, entidad y fechas.
  2. Preparamos el expediente: EX-09, acreditación actualizada, representación y tasa.
  3. Registramos por el canal habilitado: la Hoja 16 publica Mercurio para la prórroga y admite actuación mediante representación. Conservamos el justificante y comprobamos el órgano destinatario.
  4. Atendemos las comunicaciones contratadas: las consultas informativas, notificaciones y aportaciones documentales son actuaciones distintas.

La tasa es la 790-052, epígrafe 2.2.4, de renovación o prórroga de residencia temporal con excepción de autorización de trabajo. Se comprueban importe y exenciones en el formulario vigente. En la presentación electrónica, la Orden PJC/617/2025 dispone el pago en el acto de presentación: no se aplica sin más una indicación genérica antigua de diez días.

La Hoja 16 fija tres meses para resolver la prórroga, contados desde el día siguiente a su entrada en el registro del órgano competente, con silencio estimatorio. Antes de actuar por silencio revisamos el cómputo, las suspensiones y las notificaciones; no prometemos una fecha real de resolución.

Tras la concesión de la prórroga, la Hoja 16 indica solicitar personalmente la TIE en el plazo de un mes desde la notificación. Esa fase documental se prepara aparte y no sustituye la solicitud EX-09. Nuestra asistencia no reemplaza las actuaciones personales exigibles.

Guía nacional y todas las provincias

Preguntas antes de renovar

¿Esta excepción significa que no puedo trabajar?

No. Se refiere a una actividad laboral o profesional exceptuada de obtener autorización de trabajo. No autoriza cualquier empleo: hay que mantener el supuesto concreto reconocido.

¿Puedo prorrogar si cambió la entidad o la actividad?

Debe revisarse el cambio y si subsiste el supuesto legal. No afirmamos que cualquier cambio impida la prórroga ni que pueda ignorarse: puede requerir otra vía o documentación específica.

¿Se me conceden cuatro años por presentar la renovación?

No automáticamente. La duración se vincula a la actividad o programa, con el máximo legal de cuatro años para la prórroga.

¿Todos los teléfonos de San Agapito atienden la prórroga de autorización?

No debe suponerse. La ficha diferencia información y expedición de tarjetas; identifica primero la actuación y el canal adecuados.

¿Revisamos la continuidad de tu actividad?

Para empezar basta con indicar provincia, actividad y vencimiento. Te explicamos qué documentación revisar y el alcance del servicio antes de contratar.

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