GESTORÍA DE EXTRANJERÍA · AYUDA PROFESIONAL
Renovación de residencia no lucrativa
¿Caduca tu residencia no lucrativa? Revisamos los medios económicos, el seguro y tu permanencia en España antes de preparar la renovación.
Antes del pago te enviamos la factura proforma con todos los datos.
- Atención en toda España
- Presupuesto antes de contratar
Renovar no es pedir de nuevo el visado
La renovación se tramita desde España; no consiste en repetir el visado inicial en el consulado. Tampoco es únicamente renovar la tarjeta de plástico: primero debe quedar resuelta la autorización que la sustenta. Si ya puedes acceder a larga duración, conviene valorar esa vía antes de preparar otra renovación temporal.
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Renovación en España
EX-01
TIE personal
Fechas y requisitos que conviene revisar
La hoja ministerial establece dos meses antes de caducar y admite los tres posteriores, con posible procedimiento sancionador por presentación tardía. Revisa el seguro mantenido, los recursos para el periodo renovado y la escolarización de menores a cargo. También recoge residencia real y efectiva superior a 183 días en el año natural: no confundas este requisito migratorio con una conclusión automática sobre residencia fiscal.
Qué documentos preparamos
Partimos del pasaporte completo y vigente, la autorización anterior, el EX-01 y, cuando corresponda, el informe de escolarización. Para los recursos, el seguro y la residencia efectiva, preparamos una relación de documentos que permita comprobar fechas y titulares.
Si has cambiado de seguro
Reúne las pólizas anterior y actual, los certificados de cobertura y los justificantes de pago pertinentes. Anotamos por persona asegurada cuándo empezó y terminó cada cobertura: la fecha de contratar o pagar no siempre coincide con la de sus efectos. Si falta información, te indicamos qué certificado pedir a la aseguradora.
Por ejemplo, si una póliza terminó el 30 de junio y la siguiente comenzó el 2 de julio, hay que aclarar qué cobertura existía el día intermedio. Una póliza nueva no acredita retroactivamente ese periodo. Revisamos la incidencia y sus pruebas antes de presentar, sin dar por garantizada la renovación.
Si has realizado varios viajes
Ordena cada salida y regreso con el pasaporte y los justificantes disponibles, como billetes o tarjetas de embarque. Separamos la información por años naturales: un viaje de diciembre a enero afecta a dos años distintos. El padrón o la fecha de expedición de la TIE no sustituyen por sí solos la prueba de residencia real.
La exigencia de más de 183 días en el año natural debe revisarse con el historial y las fechas de tu autorización; no la resolvemos sumando todos los viajes sin distinguir periodos. Puedes consultar la guía de ausencias según el permiso. Su contador ayuda a ordenar fechas, pero no decide si cumples el requisito.
Recursos para la renovación y la familia
La renovación ordinaria comprende dos años, por lo que organizamos la prueba para 24 meses. En una solicitud de titular, pareja y un hijo, por ejemplo, distinguimos las necesidades de las tres personas y quién aporta cada fondo o ingreso. La referencia y las reglas económicas están desarrolladas en la guía de residencia no lucrativa.
La relación documental identifica titular, entidad, moneda, saldo disponible y, si hay ingresos periódicos, importe, frecuencia y documentos que expliquen su continuidad. Revisamos cuentas compartidas y transferencias entre cuentas para no contar dos veces el mismo dinero. La norma permite acreditar recursos o ingresos periódicos: no exigimos por sistema un único depósito inmovilizado.
Presentación, notificaciones y tarjeta
Comprobamos el canal electrónico y la representación, presentamos el expediente acordado y entregamos justificante. La ficha oficial indica una renovación de dos años salvo acceso a larga duración. Tras la resolución favorable hay un trámite personal de TIE. Si tienes previsto viajar, revisamos por separado los documentos de regreso: el resguardo de renovación no reemplaza por sí solo la tarjeta para embarcar.
Qué incluye la ayuda profesional
Antes de contratar te indicamos documentación pendiente, alcance y honorarios. Puedes encargarnos la preparación y presentación de la renovación cuando sea viable. Traducciones, primas de seguros y tasas no se confunden con nuestros honorarios. No recomendamos contratar productos financieros o seguros hasta comprobar qué necesitas acreditar.
Precio y alcance
La gestión cuesta 198 € con IVA incluido. La tasa oficial se paga aparte: 790-052: 16,40 €. Traducciones, certificados y otros gastos de terceros se pagan aparte.
Incluido en los honorarios
- Estudio previo de tu caso y de la vía que te corresponde
- Lista de documentos adaptada a tu situación y revisión de cada uno
- Formulario oficial y documento de representación preparados por nosotros
- Presentación telemática por gestor administrativo
- Seguimiento del expediente, respuesta a requerimientos y aviso de la resolución
Pago, tasa y plazos
- Pago en 2 veces: el 50 % de los honorarios al empezar y el resto, con la tasa, antes de presentar.
- Tasa: 790-052: 16,40 €.
- Plazo y duración: De 2 meses antes a 3 meses después de la caducidad (si se presenta tarde, puede haber sanción). Se renueva por 2 años.
- Plazo legal para resolver: 3 meses; silencio positivo. Depende de la Administración, no de nosotros.
También puede ayudarte
Preparar la renovación según tu provincia
Además del marco nacional, conviene identificar el domicilio y las referencias administrativas correctas. El directorio de renovación no lucrativa por provincias reúne las 50 guías existentes, con oficinas públicas verificadas, referencias insulares y cautelas de presentación. Las direcciones administrativas no son sedes de la gestoría ni implican requisitos provinciales distintos.
Las dudas que suelen surgir
¿Puedo trabajar con esta renovación?
La vía sigue siendo no lucrativa. Si quieres trabajar, hay que estudiar una autorización distinta; renovar no convierte este permiso en un permiso de trabajo.
¿Y si mi tarjeta ya ha caducado?
Indica la fecha exacta. Estudiamos si estás dentro de la ventana de presentación y si existen actuaciones o plazos que atender.
¿Revisamos tu caso?
Empieza con una breve explicación de lo que necesitas. Después te indicaremos la documentación imprescindible y la gestión que podemos asumir.
Cuéntanos tu caso por WhatsApp: presupuesto en unos 2 minutos.
Última actualización: 5 de noviembre de 2026. Información general; el encaje se comprueba según tu situación y la normativa vigente. La decisión corresponde a la Administración.
Referencias oficiales: Información oficial del procedimiento.