MODELO OFICIAL GRATUITO · FAMILIARES DE ESPAÑOLES

Modelo EX-24: residencia de familiares de españoles

Pide gratis el modelo EX-24 por WhatsApp. Aprende a separar los datos del familiar extranjero y de la persona española, elegir la autorización y revisar el Anexo I cuando corresponda.

  • Formulario oficial gratis
  • Sin obligación de contratar
  • Ayuda profesional opcional

Primero identifica el régimen del familiar

El EX-24 corresponde a la residencia de familiares de españoles. Cada vínculo tiene condiciones propias.

No es el EX-02 de reagrupación ordinaria ni el EX-18 del ciudadano de la Unión. Revisa parentesco, autorizaciones anteriores y dónde se encuentran ambas personas: esa información influye en la solicitud y presentación.

Modelo

EX-24: familiares de personas con nacionalidad española

Contenido

Solicitud, instrucciones y declaración del Anexo I

Primera comprobación

Vínculo familiar y ubicación de las personas implicadas

Apartados 1 y 2: dos personas, dos identidades

El primer bloque identifica a la persona extranjera: pasaporte y NIE, apellidos, nombre, sexo, nacimiento, nacionalidad, estado civil, progenitores, domicilio, contacto y representación legal cuando proceda. No inventes un NIE si aún no existe.

El segundo corresponde a la persona española que da el derecho: identidad, documento, nacimiento, progenitores, estado civil, domicilio y parentesco. No copies los datos del extranjero en ambos bloques. Comprueba que el vínculo escrito coincide con el certificado o documento que lo acredita y con la opción elegida en la segunda página.

Apartados 3 y 4: presentación y notificaciones

El apartado 3 identifica al representante con nombre o razón social, documento y contacto. Consignarlo no acredita la representación: comprueba quién puede solicitar y qué documento permite actuar por él.

El cuarto bloque fija destinatario y domicilio de notificaciones. Correo y móvil facilitan avisos; no sustituyen el acceso formal a DEHú. Las actuaciones consulares y la posterior TIE tienen reglas personales propias.

Apartado 5: inicial, renovación o conservación del derecho

En residencia inicial se distinguen cónyuge o pareja, hijos, ascendiente directo de primer grado, progenitor o tutor de menor español, familiar cuidador, hijo de español de origen y otros familiares a cargo. El impreso separa opciones de hijos por edad, discapacidad o dependencia; esas etiquetas no sustituyen los requisitos del reglamento.

La casilla de renovación no es una vía para cualquier tarjeta que caduque. El bloque de residencia independiente por conservación del derecho diferencia fallecimiento, salida de España de la persona española, ruptura matrimonial o de pareja y determinados supuestos de violencia o abandono. Seleccionar uno exige comprobar sus circunstancias y pruebas, no solo señalar que la convivencia cambió.

Si la autorización como familiar de español se concedió por menos de cinco años, consulta cómo preparamos la renovación de la residencia familiar del artículo 95.4: revisamos la resolución, el mantenimiento de las condiciones y el plazo antes de elegir la casilla del EX-24.

Anexo I: la declaración de cónyuge o pareja

La opción inicial de cónyuge, pareja registrada o estable remite al Anexo I. Pide identidad, nacionalidad, documento, nacimiento, progenitores, estado civil, domicilio y contacto del declarante, además de lugar, fecha y firma.

En este régimen, la declaración corresponde a la persona española: afirma que no reside con ella en España otro cónyuge o pareja. Comprueba el hecho antes de firmar. No sustituye la prueba del matrimonio o de la relación estable.

Ejemplo ficticio para entender los bloques

PERSONA FICTICIA D es extranjera y está casada con PERSONA FICTICIA E, española. Sus datos irían separados en los apartados 1 y 2. Después de confirmar el régimen y requisitos, estudiarían la residencia inicial por vínculo conyugal y el Anexo I.

No se incluyen números de identidad, domicilio ni firmas. El ejemplo no determina quién presenta, qué oficina corresponde o si procede solicitar desde España: eso depende de la situación real.

Firmas y errores frecuentes

La solicitud termina con fecha y firma del solicitante o representante legal cuando corresponda; el Anexo I tiene su propia firma. Comprueba ambas, órgano destinatario, provincia y código DIR3.

Evita intercambiar al español y al extranjero, marcar familiar a cargo sin justificar dependencia, tratar toda separación como conservación automática u olvidar el anexo de pareja.

Del formulario al expediente completo

Ordena las pruebas del vínculo y del supuesto, identifica el cauce de presentación y revisa traducciones o legalizaciones cuando sean necesarias. Rellenar el EX-24 no concede residencia ni acredita que la solicitud se haya registrado.

Puedes pedir el modelo gratuito contando el parentesco y el trámite que quieres preparar, sin adjuntar documentación sensible. Si necesitas estudio, preparación o representación, acordaremos el alcance y presupuesto; el PDF oficial nunca se cobra como producto.

Guías y trámites relacionados

El formulario orienta la solicitud; el servicio te ayuda con el expediente. Consulta la gestión relacionada o vuelve a la biblioteca.

Preguntas frecuentes

¿El modelo gratuito incluye el Anexo I?

Sí. El PDF oficial contiene cinco páginas con solicitud, instrucciones y anexo. Hay que conservar las páginas relevantes para el supuesto.

¿Todo familiar de español utiliza el EX-24?

Hay que comprobar el régimen aplicable y las circunstancias del vínculo. El parentesco por sí solo no permite elegir automáticamente una autorización.

¿El Anexo I sustituye mi certificado de matrimonio?

No. Contiene una declaración específica sobre no convivir en España con otro cónyuge o pareja; la prueba del vínculo es distinta.

¿Tengo que contratar para recibirlo?

No. El formulario oficial en blanco se facilita gratis y sin compromiso. Cualquier servicio profesional se presupuestaría por separado.

Si necesitas una residencia independiente del familiar español

Residencia independiente de familiares de españoles

Si tienes residencia como familiar de una persona española y cambia vuestra situación, revisamos si puedes conservarla a título personal mediante el artículo 99. Te ayudamos a preparar el EX24, acreditar la causa y controlar los plazos de la solicitud.

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