Renovación laboral · Formulario EX-03

Renovación de residencia y trabajo por cuenta ajena 2026

Revisamos cuál de las vías de renovación puedes acreditar, preparamos el EX-03 y presentamos en plazo para mantener la validez de tu autorización mientras se resuelve.

  • Atención online en toda España
  • Precio y alcance antes de contratar
  • Gestoría administrativa colegiada

Renovar no significa acreditar siempre el mismo contrato

La renovación de residencia y trabajo por cuenta ajena tiene varias vías. Continuar con la relación laboral inicial suele ser el supuesto más sencillo, pero también puede renovarse con actividad parcial suficiente, un nuevo empleo, prestaciones, determinadas ayudas, medios familiares o situaciones de violencia previstas en la norma.

Nuestro primer trabajo es reconstruir el periodo de vigencia: altas y bajas, contratos, demanda de empleo, prestaciones y fecha de caducidad. Así escogemos el supuesto que pueda documentarse de verdad, sin llenar el expediente con pruebas inconexas.

Datos esenciales

EX-03

La solicitud se formula con el modelo oficial de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena.

Dos meses antes

Es el inicio de la ventana ordinaria; también puede presentarse hasta tres meses después, con posible sanción si se hace fuera del periodo previo.

Silencio positivo

El plazo de resolución es de tres meses y, en esta renovación, el silencio administrativo es estimatorio.

Cuatro años

Es la duración general de la renovación, salvo que corresponda larga duración o se aplique la excepción de una autorización inicial inferior a un año.

Vías principales de renovación

Continuidad laboral

Si continúa la relación que dio origen a la autorización, la hoja informativa indica que no hace falta aportar otra prueba laboral adicional, sin perjuicio de pasaporte, formulario y documentos aplicables.

Actividad mínima y nuevo empleo

Puede utilizarse la realización de actividad durante al menos tres meses por año junto con un nuevo contrato, una nueva alta o la pérdida involuntaria del trabajo acompañada de inscripción ininterrumpida como demandante.

Nueve meses de alta

Otra vía contempla haber trabajado y estado de alta al menos nueve meses dentro de un periodo de doce, siempre que la última relación terminara por causas ajenas a la persona trabajadora y se acredite búsqueda activa de empleo.

Prestaciones o medios familiares

La prestación contributiva por desempleo, una prestación pública de inserción o los medios de un familiar en los términos reglamentarios pueden fundamentar la renovación en determinados supuestos.

Violencia de género o sexual

La suspensión o extinción laboral relacionada con estas situaciones cuenta con una vía específica que debe documentarse con especial cuidado y confidencialidad.

Informe de integración

Puede aportarse para valoración cuando no se cumplen plenamente otros requisitos. No sustituye automáticamente las condiciones de la renovación ni garantiza el resultado.

Requisitos y comprobaciones

  • Ser titular de una autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena que deba renovarse.
  • Presentar en la ventana de dos meses anteriores o tres posteriores a la caducidad; hacerlo en plazo mantiene válida la autorización anterior hasta que se resuelva.
  • Carecer de antecedentes incompatibles y no representar una amenaza para el orden, la seguridad o la salud pública.
  • Acreditar de forma coherente una de las vías laborales, prestacionales, familiares o de protección previstas.
  • Cumplir, cuando existan menores a cargo en edad obligatoria, las obligaciones de escolarización y aportar el informe que corresponda.
  • Abonar las tasas de residencia y trabajo por las personas obligadas y conservar sus justificantes.

Documentación que puede necesitarse

Base común

EX-03 firmado, copia completa del pasaporte en vigor, representación y, si corresponde, informe de escolarización de menores.

Historia laboral

Vida laboral, contratos, altas, bajas y prueba de la causa de terminación. Pedimos solo lo necesario para sostener el supuesto elegido.

Nuevo contrato o alta

Contrato vigente o condicionado, acreditación del alta y documentos que permitan enlazarlo con la vía de renovación.

Desempleo y prestaciones

Inscripción como demandante, constancia de búsqueda, resolución de prestación contributiva o ayuda pública de inserción, según el caso.

Medios del familiar

Vínculo familiar actualizado, autorización de la persona de apoyo, convivencia cuando sea relevante y medios económicos suficientes.

Traducciones y documentos extranjeros

Los documentos emitidos fuera de España pueden requerir traducción jurada y legalización o apostilla.

Efectos de presentar y de renovar

La presentación dentro de la ventana reglamentaria prorroga la validez de la autorización anterior hasta la resolución. La Administración dispone de tres meses; si no existe resolución notificada, puede solicitarse el certificado que acredite el silencio estimatorio.

La renovación permite trabajar por cuenta ajena y propia en cualquier parte de España y sector. Sus efectos se retrotraen al día siguiente de la caducidad de la autorización anterior. Tras la resolución favorable debe solicitarse personalmente la nueva TIE dentro del mes siguiente.

Cómo trabajamos la renovación

  1. Reconstruimos el periodoRevisamos caducidad, altas, bajas, contratos, desempleo, prestaciones y familia.
  2. Elegimos la víaSeleccionamos el supuesto más sólido y evitamos mezclar alternativas que se contradigan.
  3. Preparamos el EX-03Ordenamos formulario, pasaporte, pruebas laborales, escolares y tasas.
  4. Presentamos y seguimosRegistramos por Mercurio, enviamos justificante y controlamos notificaciones, silencio y TIE.

Precio, tasas y alcance

Los honorarios son 178 euros con IVA. Se abonan aparte la tasa 790-052, epígrafe 2.2.3, actualmente 16,40 euros, a cargo de la persona trabajadora, y la tasa 790-062, epígrafe 3.2.2, actualmente 81,54 euros, a cargo del empleador. En presentación electrónica se siguen el devengo y pago indicados por Mercurio.

Incluido en los honorarios

  • Estudio inicial de viabilidad y elección del supuesto correcto.
  • Lista personalizada de documentos y hasta dos rondas de revisión documental.
  • Preparación del formulario, anexos y justificantes del expediente.
  • Presentación telemática por el canal oficial cuando el procedimiento y la representación lo permitan.
  • Entrega del justificante, seguimiento hasta resolución y respuesta a un requerimiento ordinario vinculado a los documentos revisados.
  • Análisis de las distintas vías de renovación a partir de la historia laboral aportada.

No incluido

  • Traducciones juradas, apostillas, legalizaciones, certificados, seguros y documentos de terceros.
  • Desplazamientos, comparecencias, citas presenciales, huellas y expedición de la TIE.
  • Recursos administrativos complejos, procedimientos judiciales y actuaciones de abogado.
  • Requerimientos originados por información o documentación que no se comunicó durante la revisión.
  • Tasas 052 y 062, certificados de terceros, gestión laboral del empleador y expedición física de la TIE.

Otras rutas que conviene comparar

Residencia de larga duración · Modificación desde estudios · Trámites y precios

Fuentes oficiales verificadas

Preguntas frecuentes

¿Puedo renovar si ya no estoy con el primer empleador?

Sí puede existir otra vía, por ejemplo actividad mínima con nuevo empleo o pérdida involuntaria e inscripción como demandante. Hay que revisar todo el periodo y documentar el supuesto adecuado.

¿Qué ocurre si presento después de caducar?

La norma admite los tres meses posteriores, pero presentar fuera de los dos meses previos puede dar lugar a un procedimiento sancionador. Conviene preparar antes de la caducidad.

¿Puedo seguir trabajando mientras se resuelve?

La presentación dentro de la ventana legal prorroga la validez de la autorización anterior hasta que se resuelva. Conserva el justificante y atiende las notificaciones.

¿Qué significa silencio positivo?

Si transcurren tres meses sin notificación, la solicitud puede entenderse estimada. Es aconsejable pedir el certificado correspondiente y comprobar el estado antes de actuar como si ya se hubiera emitido una resolución.

¿La nueva autorización permite trabajar por cuenta propia?

Sí. La renovación habilita para trabajar por cuenta ajena y propia en toda España y en cualquier sector, con las condiciones generales aplicables.

No esperes al último día para ordenar la renovación

Envíanos la fecha de caducidad y un resumen de tu actividad laboral durante la vigencia. Te indicamos qué vía encaja y qué pruebas conviene reunir.

¿Podéis ayudarme?