Nacionalidad española por matrimonio
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Si te interesa saber ¿Cómo obtener la nacionalidad española por matrimonio? a lo largo de esta página, te vamos a contar todo al respecto sobre los trámites de nacionalidad española por matrimonio: requisitos, precios, plazos, documentos… Y en caso que tengas alguna duda, llámanos en cualquier momento para que te ayudemos con tu obtención de la nacionalidad española por matrimonio. ¡Somos Abogados y Gestores expertos en extranjería y estamos aquí para ayudarte!
Por definición: los extranjeros que estén casos con un ciudadano nacional español, pueden solicitar la nacionalidad española por matrimonio (de igual o diferente sexo) tras llevar 1 año en España; con una residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud presentada en el Registro Civil correspondiente a su domicilio en territorio Español.
La inquietud, es que técnicamente no existe como tal, el trámite de adquisición de la nacionalidad española por matrimonio. Lo que sí conseguimos, por estar casado con un español durante un año de residencia, es optar a la nacionalidad española por residencia en tiempo reducido cumpliendo los requisitos y documentación de la misma. Es decir, únicamente se puede solicitar la nacionalidad española, siempre y cuando sea por matrimonio y no estes separado ni divorciado; en ningún caso nos lo van a permitir si estamos en una relación análoga a la conyugal, como es la pareja de hecho.
En resumen, para poder optar por la ciudadanía, vamos a tener que realizar la nacionalidad española por matrimonio con el examen del DELE, CCSE, la documentación necesaria, requisitos, plazos, tiempos de resolución al igual que ocurre con la nacionalidad española.
Requisitos para nacionalidad española por matrimonio en 2021
- CCSE y DELE aprobados si no eres hispanohablante. Estos son los indispensables requisitos para obtener la nacionalidad española por matrimonio con español; si no los apruebas no se aceptará tu ciudadanía.
- Tarjeta de residencia de familiar comunitario (tiene que estar vigente durante 1 año). Es decir tienes que ser ciudadano extranjero con una residencia legal, continuada en España e inmediatamente anterior a la solicitud por 1 año.
- Pasaporte completo y en vigor.
- Certificado de nacimiento de los 2 miembros del matrimonio.
- No tener antecedentes penales ninguno de los 2 miembros.
- Empadronamiento: tiene que ser el mismo para el matrimonio; es decir que los 2 tienen que estar empadronados en el mismo sitio y convivir juntos, así se prueba que llevamos 1 año de convivencia. En ningún caso la el matrimonio tiene que estar separado o ser pareja de hecho.
- Certificado de matrimonio. En caso de haberse celebrado fuera de España, tiene que estar registrado en España antes de iniciar la solicitud de nacionalidad; es decir, estar casado con un ciudadano español y continuar casado después de la solicitud.
- No es válido las parejas de hecho ni parejas divorciadas para optar por la nacionalidad con 1 año de residencia.
- Integración en la cultura española.
- Disponer de medios económicos suficiente para tener un nivel de vida digno en España, pudiendo proceder de: trabajos por cuenta propia, ajena, inversiones, intereses de efectivo a plazos, renta de inmuebles… se puede acreditar por cualquier medio de prueba válido en Derecho.
- DNI del ciudadano español.
- Si tienes hijos menores de 18 años, aportar los certificados de nacimiento. Este sería el único requisito para nacionalidad española por matrimonio en 2021 que no tendrías que aportar si no tuvieras hijos menores de 18 años.
NOTA: todos estos requisitos para la nacionalidad española por matrimonio en 2021, documentos tienen que estar legalizados en España y traducidos al Español por un traductor jurado.
Opiniones al solicitar nacionalidad española por matrimonio
PASOS en la solicitud de nacionalidad española por matrimonio
Te lo vamos a resumir en 2 pasos, para que sepas cuándo tienes que entregar el impreso de solicitud nacionalidad española por matrimonio junto con todos los documentos que te acrediten en posesión del cumplimiento de los requisitos que exige la ley para tal fin.
- Celebración del matrimonio entre un ciudadano español y un extranjero: da igual si esa celebración se realiza en territorio español o se hace en el extranjero; al igual, que tampoco importa si es entre parejas del mismo o diferentes sexo. Únicamente, tenemos que tener en cuenta, que en caso de realizarse el matrimonio en el extranjero, tiene que estar inscrito en España para comenzar a reunir toda la documentación para una solicitud de nacionalidad española por matrimonio; en caso contrario, no sería aceptado el matrimonio celebrado fuera del territorio español.
- Demostración de la convivencia continuada durante 1 año en territorio español con su cónyuge: cuidado con esto que como vean que es un matrimonio de conveniencia nos deniegan la solicitud. La documentación para obtener la nacionalidad española por matrimonio para cumplir este requisito va a ser el certificado de empadronamiento, donde acredite que la pareja está viviendo en el mismo piso, casa o chalet.
¡CUIDADO! con los pasos que hay que dar al realizar el formulario de solicitud de nacionalidad española por matrimonio en 2021. Recuerda que el hecho que estés casado con un ciudadano español, no te implica que tengas aprobados los requisitos para solicitar la nacionalidad española por matrimonio.
Casos para perder la nacionalidad española por matrimonio en 2021
Tras conseguir tu nacionalidad española por matrimonio con los requisitos aprobados para 2021, tienes que tener cuidado que puedes perder tu ciudadanía española por cualquiera de estos 3 casos:
- Por dejar de residir en España con el ciudadano español.
- Disolución del vínculo matrimonial con el ciudadano español inferior a 3 años. Es decir si te divorcias o separas antes de los 3 años, perderías tu nacionalidad.
- Por ausencias en España del titular de la tarjeta de residencia comunitaria, que no pueden ser mayores a 6 meses en 1 año; salvo casos de enfermedad, estudios, gestación o traslados por motivos de trabajo, que en estos casos se amplían a 12 meses consecutivos.