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Residencia por arraigo social en Pamplona

Mejor Bufete para gestionar tu solicitud de residencia por arraigo social

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¿Cómo solicitamos la residencia por arraigo social desde Pamplona?

  1. Mándanos un mensaje por WhatsApp y te informaremos sobre los documentos requeridos.
  2. Te proporcionamos y completamos los documentos requeridos a tu nombre para que no tengas que desplazarte.
  3. Una vez que tengamos tu informe favorable, pediremos tu Tarjeta de Identidad de Extranjeros y enviaremos todo.

La residencia por arraigo social es un procedimiento para regularizar la situación en España que da acceso a una autorización de residencia y trabajo inicial de 1 año de duración.

Puedes encontrar la autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales de arraigo familiar en la página del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, o dando clic a este enlace.

Requisitos para la residencia por arraigo social en Pamplona

  • No puedes estar viviendo en la UE (Unión Europea) o en el EEE (Espacio económico Europeo o Suiza), ni tampoco puedes ser familiar de ninguna persona que viva en estos países.
  • No puedes encontrarte en plazo del compromiso de no retorno o regreso a España que has aceptado al volver voluntariamente a tu país de origen.
  • No deberías tener registros criminales en España, ni en naciones donde hayas residido anteriormente por delitos que sean vistos de igual manera en España. A pesar de que hayas residido anteriormente en un país distinto a España, no cumplirías con los criterios para la residencia por arraigo social si has cometido un delito que está en la legislación española.
  • Tienes que vivir de forma continua en España durante 3 años, y si tuvieras que salir fuera de España, no podrías superar 120 días en esos 3 años.
  • No tener prohibida la entrada ni en España, ni en ningún país con el que España tenga un acuerdo para esta situación. No podrás obtener el permiso de residencia por arraigo social al no satisfacer los requisitos.

Los siguientes requisitos son dos opciones entre las que puedes elegir una:

  1. Acreditar el informe de arraigo social explicado más adelante o tener vínculos familiares, tales como el cónyuge o pareja de hecho registrada, descendientes o ascendientes directos con primer grado de consanguinidad (mujer o marido, padres, hijos…)
  2. Contar con un contrato laboral firmado por ti y tu empleador, con una duración mínima de un año y 30 horas semanales. En el ámbito agrícola, se aprueban dos contratos de 6 meses. De la misma forma, se tienen en cuenta diferentes contratos que totalicen 1 año. Tal vez no sean imprescindibles si cuentas con recursos financieros.

Requisitos para la solicitud de informe de arraigo social en Pamplona

En realidad, los requisitos para solicitar tu informe social de arraigo son muy sencillos. Igualmente, se encuentra toda la información necesaria para presentar y la manera en que debes estructurar esa entrevista para la solicitud del informe. De todas formas, en este apartado te vamos a informar sobre los 3 requisitos que se solicitarán para realizar la entrevista con el profesional o la profesional de trabajo social:

  • Ser una persona no comunitaria extranjera.
  • Estar de forma irregular (sin papeles) en España o contar con una permanencia autorizada por protección internacional.
  • Ser mayor de edad o tener 16 años con autorización de un representante legal

Documentos para un permiso de residencia por arraigo social

Te facilitamos los documentos requeridos para un arraigo social, aunque no es necesario que entregues todos. Una vez más, sugerimos que consultes a abogados especializados en extranjería para obtener asistencia con la documentación que requiera tu situación particular.

  1. Formulario de arraigo social o también llamado impreso.
  2. Pasaporte, documento para viajar o tarjeta de inscripción. Este último es un documento en papel que se proporciona al extranjero que desea ser registrado por España, una vez que haya completado su inscripción en el Registro Central de Extranjeros.
  3. Documentación para acreditar la permanencia en España de forma continuada.
  4. Antecedentes penales de los 5 años anteriores a la llegada a España. Si posees antecedentes, no podrás continuar con el trámite. En nuestra gestoría también brindamos el servicio de eliminación de antecedentes penales.
  5. Certificado de matrimonio o pareja de hecho. No es un documento obligatorio, pero si estás casado con alguien de España o tienes pareja de hecho documentada en este país, puede hacer más rápido el trámite.
  6. Certificado de nacimiento. ​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​Certificado emitido por el Registro Civil que valida el nacimiento de una persona; incluyendo la fecha, hora y lugar del suceso, junto con la identidad, sexo y filiación.
  7. Informe de inserción Social. En el siguiente apartado tienes toda la información sobre este informe.
  8. Contrato laboral + NIF y papeles de la empresa. El acuerdo debe incluir el nombre, nacionalidad, edad, sexo, estado civil, clave única de registro de población, registro federal de contribuyentes y la dirección del trabajador y del empleador.
  9. Capacitación y cualificación profesional para el ejercicio de la profesión. Es decir, las competencias profesionales a través de experiencia laboral y formación reglada que puedas demostrar.
  10. IRPF, IVA, IS o VILE de la empresa. Con esto acreditas que la empresa es solvente. Es decir, que no tiene deudas y tiene el crédito suficiente para estar en rigor.
  11. Memoria de la ocupación a realizar por el trabajador. Es decir, la memoria descriptiva de la actividad de la empresa para la solicitud de autorización de residencia temporal
  12. Acreditar medios suficientes para su manutención. En otras palabras, demostrar que hay disponibilidad de medios económicos.
  13. Declaración firme o aviso previo y justificante del pago. Con esto evidenciamos el reconocimiento o la ejecución de un derecho o el inicio de una actividad.
  14. Autorizaciones o licencias para la apertura o funcionamiento de la actividad profesional. Permiso concedido al dueño de un negocio para llevar a cabo una actividad específica. Tendrás que ajustarlo si la actividad varía, hay cambios en el establecimiento o si los dueños son reemplazados, como sucede en un traspaso.
  15. Acreditación como que cuenta con inversión económica suficientes o compromiso de apoyo por parte de instituciones financieras u otras.
  16. Proyecto de establecimiento o actividad a realizar, indicando inversión prevista, rentabilidad y puestos de trabajo que se prevean.

Documentación adicional al solicitar un arraigo social para un autónomo

A parte de los documentos que nos exigen en el arraigo social, al solicitarlo por cuenta propia extranjería nos exige la siguiente documentación:

  • Si vamos a tener un local: nos van a pedir contrato de arrendamiento o la escritura de nuestra propiedad + las licencias de apertura o funcionamiento del ejercicio profesional.
  • Comprobar que se está inscrito y al día con los pagos de la Seguridad Social y las responsabilidades fiscales.
  • Proyecto (Business Plan) del establecimiento o la actividad a realizar, indicando inversión, rentabilidad esperada y puestos de trabajo necesarios en el caso que lo creas oportuno.
  • Confirmar que contamos con los recursos económicos imprescindibles para llevar a cabo nuestra actividad profesional y para vivir y hospedarnos en España.
  • Acreditar la capacitación, formación, cualificación y/o experiencia suficiente para el desarrollo de la actividad profesional.
  • Acreditar los medios económicos que dispone la propia empresa o autónomo, tales como la cuenta corriente, libreta, depósitos bancarios, compromisos de apoyo de entidades financieras…
  • Certificación requerida para el trabajo, si la carrera profesional demanda esa validación específica y, si es necesario, la licencia si la legislación lo estipula.
  • En el caso que sea necesario por la actividad profesional, adjuntar los certificados de aduanas para acreditar las operaciones que realizaremos de importación y/o exportación.

¿Qué es un informe de arraigo social o informe de inserción social?

El informe social de integración es necesario para solicitar el arraigo social, a menos que tengas un vínculo familiar directo de primer grado en línea directa o seas cónyuge o pareja de hecho de un extranjero residente. El informe acredita tu integración en la sociedad española y se presenta en extranjería para obtener la autorización temporal de residencia por arraigo social. La trabajadora social que te entreviste refleja en el informe la información sobre tu tiempo de residencia, medios económicos, esfuerzos de integración y vínculos familiares en España.

Este documento es clave para evidenciar tu integración en la sociedad española ante las autoridades de inmigración. No te aflijas, nuestros abogados te orientarán en toda la gestión.

¿Tienes alguna duda? Recuerda que estamos en WhatsApp las 24 horas del día

Contrato de trabajo para arraigo social

El contrato de trabajo para solicitar el arraigo social por cuenta ajena debe incluir el precontrato de trabajo. Una vez aceptado el precontrato, se tiene un plazo de 1 mes para formalizarlo como contrato de trabajo. El contrato se divide en condiciones para el empleado/a extranjero/a y para el empleador.

Te sugerimos seguir todas las indicaciones proporcionadas en nuestra página web para prevenir malentendidos durante el procedimiento. Ten presente que estamos a tu entera disposición con solo un mensaje por WhatsApp.

Condiciones de un contrato para arraigo social

  • Precontrato + Contrato de trabajo firmado por el extranjero y la persona o empresa. Un precontrato de trabajo es un acuerdo legal entre empresa y futuro empleado para una futura contratación laboral.
  • Duración mínima del contrato de 1 año, aunque no es obligatorio que sea así. Por ejemplo, en el ámbito agrícola nos permiten tener 2 contratos enlazados (uno tras otro) con 2 empleadores distintos, cada uno con una duración mínima de 6 meses. Esto significa que también sería válido si tenemos uno de 6 meses y otro de 8 meses.
  • El horario laboral debe ser de 40 horas semanales o puede ser a tiempo parcial si hay múltiples empleadores. El contrato colectivo puede fijar horarios laborables menores a las normativas generales.
  • Respecto al importe a cobrar, existen varios argumentos por parte de los Abogados o Gestores de Extranjería. Unos argumentan por su experiencia que tiene que ser de 1000€, y otros que se acogen al SMI (Salario Mínimo Interprofesional) de la actividad que realices. Este sería un punto importante por el que considerar la ayuda de gestores y abogados profesionales.
  • En el precontrato que entregamos para la solicitud del arraigo social, siempre tiene que venir una cláusula donde indique que el contrato tendrá vigencia (validez), si el trabajador obtiene el permiso de residencia y trabajo.

Condiciones de un empleador en un contrato de arraigo social

Para llevar a cabo de manera eficaz el proceso de arraigo social, es crucial que el empleador (individuo o compañía que nos contrata) cumpla con los siguientes aspectos:

  • Llevar más de un año en funcionamiento.
  • Registrado y al día con sus deberes fiscales y con la Seguridad Social.
  • Garantizar la actividad continuada y tener medios económicos, materiales o personales para hacer frente al ejercicio empresarial y a la obligaciones que derivan del contrato.

Contenido de un precontrato de trabajo para extranjeros

En un contrato preliminar de empleo para extranjeros se debe incorporar la siguiente información:

  • Fecha prevista para el contrato de trabajo definitivo.
  • Naturaleza del futuro contrato: temporal, indefinido o fijo discontinuo.
  • Condiciones laborales como salario, horario y vacaciones.
  • Descripción del puesto y las funciones del trabajador.
  • Cláusulas de no competencia y/o exclusividad.
  • Los justificantes de adquisición de las autorizaciones o licencias necesarias para el desarrollo de la actividad laboral.

⚠️ IMPORTANTE ⚠️ Información de interés sobre la residencia por arraigo social

En caso de no contar con el contrato de trabajo, tenemos 2 opciones que pueden eximirte de la necesidad de tenerlo:

  • Al crear el informe de inserción social, el asistente social debe señalar que no es necesario tener un contrato de trabajo, ya que esto evidencia que posees recursos económicos (dinero) suficientes o que dependerás económicamente de un familiar con estatus legal en España.
  • Ser empresario (auto-emplearse, autónomo) presentando toda la documentación exigida para iniciar una actividad profesional por cuenta propia, acreditando que tenemos la capacitación (formación y experiencia) necesaria, además de contar con la inversión económica suficiente para soportar los gastos del negocio o actividad profesional.

Por otra parte, la solicitud de arraigo social a través de un trabajo independiente está contemplada en las concesiones de residencia temporal por razones excepcionales. Se nos concederá si evidenciamos la residencia en España y la inclusión social, detalles más concretos que puedes revisar en nuestra página web.

Ventajas de trabajar con GESTORÍA DE EXTRANJERÍA

✅ Sin citas previas: no es necesario que pidas cita antes de contactar con nosotros; solo vas a tener que preocuparte por contactarnos.

✅ Asesoramiento personalizado en todo momento: vas a contar con ayuda profesional en todo momento para que no tengas problemas.

✅ Inviertes menos tiempo personal: la inversión de tiempo personal es menor porque nosotros nos vamos a ocupar de todo.

✅ 100% online: toda la tramitación se va a hacer telemáticamente para que sea lo más cómodo para ti.

En la actualidad, una de las alternativas más solicitadas para este tipo de gestiones es confiar todo a los expertos. Tener apoyo en el proceso de solicitar el arraigo social por internet es una excelente opción si deseas garantizar que todo se lleve a cabo adecuadamente y sin la necesidad de visitar nuestra oficina de manera presencial. Te brindaremos apoyo en todo momento y tendrás el respaldo de nuestros especialistas en el tema.

OPINIONES DE CLIENTES

Eva
¡Muy profesionales!
Desde el primer momento me trataron con mucha amabilidad. Siempre estaban disponibles para resolver mis dudas y gracias a su ayuda, el proceso de arraigo fue mucho más sencillo.
Ava
¡Gracias!
Lo que más me gustó fue el trato cercano. Se tomaron el tiempo de explicarme todo con paciencia y me acompañaron en cada paso.
Juanfran
Totalmente recomendados.
Me dieron un trato muy humano y profesional. Siempre estuvieron pendientes de mi caso y me hicieron sentir acompañado durante todo el proceso.
Guillermo
Muchas gracias por todo
Una experiencia muy positiva, desde el primer contacto fueron muy atentos. Me explicaron todo de forma clara y sencilla, y estuvieron disponibles para cualquier pregunta.

Preguntas frecuentes

Es normal que asalten las dudas al comenzar con el trámite del permiso de residencia por arraigo social en España. De hecho, es lo más habitual cuando nos enfrentamos a nuevos procesos. Por ello, a continuación te ofrecemos una serie de preguntas más frecuentes y sus respuestas en relación con la residencia por arraigo social.

¿Me pueden hacer un precontrato de 20 horas semanales para 5 meses?

No. Si es solo un empleador (persona física o empresa), tiene que ser por 40 horas semanales y con una duración mínima de 1 año.

¿Cuánto tiempo tarda el informe de arraigo social?

El informe va a ser emitido por la propia CCAA (Comunidad Autónoma) en la que tengas el domicilio habitual o por el ayuntamiento al que pertenezcas según lo haya establecido la propia CCAA. De todas formas, el plazo que existe para emitir el informe desde la fecha de solicitud de informe para un arraigo social es de 30 días naturales.

¿Qué cantidad de horas mínimas pueden sumar si tengo dos personas que me contratan como trabajadora del hogar, una es persona física y otra es empresa?

Al ser 2 empleadores con la misma actividad de empleada de hogar, la cantidad mínima de hora es de 30 semanales por un periodo mínimo de un año. Al ser dos empleadores puedes bajar de 40 horas semanales que exigen con un empleador a 30 horas por ser 2 empleadores (personas físicas y/o empresa).

¿Qué cantidad como mínimo me tienen que pagar cuando esté contratada como empleada de hogar para optar por el arraigo social?

Como mínimo 1000€ mensuales, además tiene que estar puesto en el precontrato

¿Si tengo un precontrato de 12 meses a 40 horas semanales y con mil euros y luego duro en el trabajo 3 meses me revocan el arraigo social?

No. Primero entras a trabajar con el empleador que te ha permitido el arraigo social por el precontrato de empleado/a doméstico/a. Una vez pasen por ejemplo esos 3 meses y te echan no te revocan el arraigo, pero tienes que buscar empleo activamente (justificar que has estado buscando empleo) o ser contratada por otro empleador (persona física o empresa).

¿Mi empleador tiene que pagar mi alta en la seguridad social para que me den el arraigo?

No hace falta pedirlo. En primer lugar, pedimos el arraigo por trabajo doméstico. Si todo es correcto, aceptan el arraigo y luego tu empleador te registrará para que puedas laborar. eptan el arraigo, y a continuación tu empleador te dará de alta para poder trabajar.

Conclusión

Queremos que no te sientas agobiado ni inquieto por todos los requisitos y la documentación solicitada que establece la normativa de extranjería. De acuerdo a tu caso, los abogados o gestores expertos en extranjería solo necesitarán presentar ciertos o varios de los documentos mencionados allí, o aquellos que, durante el trámite de tu solicitud de extranjería, se nos pidan de manera específica. De este modo, podrás realizar tu gestión sin necesidad de salir de Navarra sin complicaciones.

Una vez más te recordamos que en GESTORÍA DE EXTRANJERÍA estamos a tu completa disposición para facilitarte todo lo posible este proceso.