Arraigo sociolaboral en Sevilla
Revisamos online tu arraigo sociolaboral en Sevilla: permanencia, contrato o contratos, jornada, salario y solvencia de cada empleador antes de preparar el EX-10 y la presentación cuando procede.
- Diferenciamos el sociolaboral vigente del antiguo arraigo laboral
- Comprobamos contratos, jornada y salario aplicable
- Revisamos solvencia y documentos fiscales y sociales del empleador
- Preparamos el EX-10 y presentamos por Mercurio cuando procede
Prestador profesional: GA 1268 COGAS S.L.P. · NIF B21691134. Gestoría administrativa colegiada, atención online para personas domiciliadas en Sevilla y presupuesto previo.
Revisar mi caso de arraigo sociolaboralRespuesta personal. El primer mensaje no te compromete a contratar.
Arraigo laboral y arraigo sociolaboral: la misma URL, el nombre actual
El procedimiento vigente se llama arraigo sociolaboral. Conservamos esta URL histórica de “arraigo laboral” porque así siguen buscándolo muchas personas, pero revisamos el expediente con los requisitos actuales.
La vía exige permanencia continuada en España y uno o varios contratos por cuenta ajena. No debe confundirse con el antiguo arraigo laboral ni con una acreditación de trabajo irregular pasado.
Ver la guía nacional de arraigo sociolaboral · Comparar los tipos de arraigo · Revisar el arraigo social
Datos esenciales del arraigo sociolaboral actual
Dos años en España. Debe acreditarse permanencia continuada; el tiempo de tramitación de protección internacional no computa hasta su resolución firme.
Contratos. La suma debe alcanzar al menos 20 horas semanales y el salario mínimo o de convenio proporcional a la jornada.
Tras la admisión. La comunicación de inicio debe hacer constar la habilitación provisional para residir y trabajar por cuenta ajena mientras se resuelve.
Tras la concesión. Su eficacia queda condicionada al alta en Seguridad Social dentro del mes siguiente a la notificación. La autorización dura un año.
Expediente laboral y órgano competente en Sevilla
La URL conserva la expresión histórica «arraigo laboral», pero en Sevilla y en toda España la modalidad vigente desde el 20 de mayo de 2025 es el arraigo sociolaboral. No se basa sin más en haber trabajado antes: exige uno o varios contratos y el cumplimiento de los requisitos actuales. Una posible colaboración por trabajo irregular pertenece a otra vía y debe estudiarse por separado.
¿Exige informe de integración?
El arraigo sociolaboral no exige informe municipal o autonómico de integración. La pieza específica es el contrato o contratos y la documentación de cada empleador.
Cómo preparamos esa parte
Comprobamos que la suma alcance al menos veinte horas semanales en cómputo global y el SMI o salario de convenio proporcional. Revisamos firma, modalidad, duración y, para cada empleador, cumplimiento tributario y con la Seguridad Social, medios y solvencia. Las Instrucciones SEM 1/2025 no permiten sustituir esta vía por actividad por cuenta propia.
Órgano que resuelve
Oficina de Extranjería en Sevilla, con referencia pública en plaza de España, torre Norte, Sevilla.
Presentación del expediente
Preparamos el EX-10, permanencia, antecedentes y documentación laboral para presentarlo por Mercurio cuando el procedimiento y la representación lo permiten. La competencia se determina por el domicilio de la persona solicitante en Sevilla, no por la sede del empleador.
Referencia presencial oficial. La referencia estatal sitúa la oficina en plaza de España, torre Norte. Sus consultas generales se encauzan por teléfono o buzón oficial; presentación y actuación policial posterior son fases separadas. Tras la admisión a trámite, la comunicación de inicio debe reflejar la habilitación provisional para residir y trabajar por cuenta ajena; no nace por el simple envío del formulario. Si se concede, su eficacia exige el alta en Seguridad Social en un mes.
Claves laborales para preparar el caso en Sevilla
Extranjería en Sevilla: domicilio, admisión y alta
La referencia estatal sitúa la oficina en plaza de España, torre Norte. Sus consultas generales se encauzan por teléfono o buzón oficial; presentación y actuación policial posterior son fases separadas. El expediente puede prepararse online; la presentación formal y una posterior toma de huellas son actuaciones distintas. La habilitación provisional solo comienza cuando la solicitud ha sido admitida a trámite y así consta en la comunicación de inicio. Tras una concesión, el alta en Seguridad Social debe producirse dentro del mes siguiente a la notificación.
Directorio oficial de Extranjería en Sevilla
SAE en Sevilla: gestión de ofertas y servicios a empresas
El SAE publica gestion.intermediacion.se.sae@juntadeandalucia.es para ofertas simultáneas en varios municipios sevillanos. Sevilla capital, Dos Hermanas, Alcalá de Guadaíra, Utrera o Brenes se atienden según el territorio del puesto. El SAE asesora y puede difundir la oferta, pero no valida el expediente de residencia ni sustituye la prueba económica, fiscal y social del empleador.
Requisitos generales que revisamos
- No ser ciudadano de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, ni familiar al que resulte aplicable el régimen de ciudadanía de la Unión.
- Encontrarse en España y no ser solicitante de protección internacional al presentar ni durante la tramitación.
- Acreditar dos años de permanencia continuada en España. El tiempo de tramitación de protección internacional no computa hasta su resolución firme y, según la Instrucción SEM 1/2025, las ausencias no pueden superar 90 días naturales en ese periodo.
- No ser titular de una autorización de estancia o residencia ni tener en curso un procedimiento para obtenerla, prorrogarla, renovarla o modificarla.
- Carecer de antecedentes penales exigibles, no figurar como rechazable, no estar dentro de un compromiso de no retorno y no representar una amenaza para el orden, la seguridad o la salud pública.
- Aportar uno o varios contratos que cumplan jornada, salario y demás condiciones, y abonar la tasa correspondiente.
Qué deben cumplir los contratos
- El contrato o la suma de contratos debe alcanzar al menos 20 horas semanales en cómputo global.
- La retribución debe garantizar, en proporción a la jornada, al menos el salario mínimo interprofesional o el salario del convenio colectivo aplicable.
- Se admiten contratos estacionales o de temporada con distintos empleadores y concatenados, y trabajos parciales simultáneos para uno o varios empleadores en la misma o distinta ocupación.
- Las instrucciones estatales admiten modalidades contractuales legales, incluidos fijos discontinuos y temporales; si son de duración determinada, el contrato o su suma debe superar 90 días de actividad.
- El empleador debe estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social y acreditar medios económicos, materiales o personales suficientes para cumplir el contrato.
- Esta modalidad se basa en trabajo por cuenta ajena; una actividad por cuenta propia no sustituye los contratos exigidos para el arraigo sociolaboral.
Documentación que conviene ordenar
La lista final depende de la situación personal, los empleadores y la modalidad de cada contrato.
- Modelo oficial EX-10 cumplimentado y firmado.
- Copia completa del pasaporte, título de viaje o cédula de inscripción en vigor.
- Pruebas de permanencia continuada durante los dos años exigidos.
- Certificado de antecedentes penales cuando corresponda.
- Contrato o contratos firmados por la persona trabajadora y cada empleador.
- NIF e identificación del empleador y, si es una sociedad, documentación que acredite la representación de quien firma.
- Pruebas de solvencia empresarial, como declaraciones tributarias o informe de vida laboral de la empresa, según el caso.
- Capacitación u homologación cuando se trate de una profesión regulada, y traducción jurada, apostilla o legalización de documentos extranjeros cuando proceda.
Así trabajamos tu arraigo sociolaboral
Te indicamos el alcance y el precio antes de contratar. La concesión corresponde siempre a la Administración.
- Comprobar la vía. Revisamos permanencia, situación administrativa y que los contratos encajen realmente en el arraigo sociolaboral.
- Auditar los contratos. Calculamos jornada y salario, y verificamos duración, empleadores, solvencia y firma.
- Ordenar el expediente. Preparamos EX-10, tasa, pasaporte, antecedentes, pruebas de permanencia y anexos laborales.
- Registrar y justificar. Presentamos por Mercurio cuando el procedimiento y la representación lo permiten y te enviamos el justificante.
Cobertura online en Sevilla
Atención online para Sevilla capital, Dos Hermanas, Alcalá de Guadaíra, Utrera y el resto de Sevilla. GA 1268 COGAS S.L.P. no anuncia una oficina local en Sevilla: cualquier comparecencia se realiza únicamente ante el organismo público competente y cuando el procedimiento la requiera.
Municipios y zonas de cobertura: Sevilla capital, Dos Hermanas, Alcalá de Guadaíra, Utrera, Écija, Brenes, La Rinconada, Coria del Río.
Fuentes oficiales para Sevilla
Comprobamos la norma estatal, la oficina competente y los recursos laborales públicos aplicables antes de presentar. Confirma siempre cita, horario y modalidad antes de desplazarte.
- Hoja 29 del Ministerio: arraigo sociolaboral. Ficha estatal actualizada en abril de 2026 con requisitos, contratos, documentos, presentación, habilitación provisional, alta y vigencia.
- Reglamento de Extranjería consolidado. Real Decreto 1155/2024 en su versión oficial consolidada, incluidos los artículos 125 a 130 aplicables al arraigo.
- Real Decreto 316/2026. Reforma vigente desde abril de 2026 que incorpora la habilitación provisional tras la admisión a trámite y el requisito general del artículo 126.h).
- Instrucciones SEM 1/2025 sobre arraigos. Criterio estatal sobre cómputo de jornada, modalidades contractuales, contratos temporales y requisitos del empleador.
- Directorio oficial de Extranjería en Sevilla. Directorio público para comprobar la Oficina de Extranjería competente en Sevilla, sus canales y la fase administrativa correcta.
- Gestión oficial de ofertas por el SAE en Sevilla. Fuente pública del servicio competente para localizar recursos de empleo, ofertas o apoyo a la contratación en Sevilla.
- Certificado tributario de la AEAT. Canal oficial para el certificado de estar al corriente, incluida la finalidad de autorizaciones de trabajo o residencia de extranjeros.
- Certificado de Seguridad Social del empleador. Servicio oficial para obtener un certificado de estar al corriente con la Seguridad Social o informes de deuda.
- Mercurio: autorizaciones de Extranjería. Sede estatal para solicitudes y aportación documental telemática; se comprueban legitimación, procedimiento y firma antes de registrar.
Preguntas frecuentes sobre arraigo sociolaboral en Sevilla
¿Qué requisitos básicos se revisan para el arraigo sociolaboral en Sevilla?
La base actual incluye dos años de permanencia continuada, no ser solicitante de protección internacional durante la solicitud, no ser titular de estancia o residencia ni parte en los procedimientos indicados por el artículo 126.h), y aportar contrato o contratos válidos. La jornada conjunta debe alcanzar veinte horas semanales y el salario proporcional aplicable; también se revisan los requisitos generales y la capacidad de cada empleador.
¿Es lo mismo el antiguo arraigo laboral que el sociolaboral vigente en Sevilla?
No. La denominación y el diseño legal cambiaron el 20 de mayo de 2025. La vía vigente se apoya en uno o varios contratos y en la solvencia del empleador, no simplemente en probar una relación laboral anterior. Si existen pruebas de trabajo irregular y colaboración con la autoridad laboral, se estudia la autorización separada del artículo 129.2.
¿Puedo sumar varios contratos para presentar el expediente en Sevilla?
Sí, en los supuestos previstos: contratos estacionales o de temporada concatenados con empleadores distintos, o trabajos parciales simultáneos para uno o varios empleadores. La suma debe cumplir jornada y salario, y cada empleador debe aportar su documentación. Los contratos temporales aportados deben superar conjuntamente los noventa días conforme a SEM 1/2025.
¿Cuándo se puede empezar a trabajar tras solicitarlo en Sevilla?
No por el mero registro. Desde abril de 2026, una vez admitida a trámite la solicitud, la comunicación de inicio debe hacer constar la habilitación provisional para residir y trabajar por cuenta ajena hasta la resolución. Si se concede, la autorización solo despliega eficacia cuando se realiza el alta correspondiente en Seguridad Social dentro de un mes.
¿Puede Servicio Andaluz de Empleo (SAE) aprobar el arraigo sociolaboral en Sevilla?
No. Una empresa con puestos en Sevilla capital y varios municipios dispone de contacto provincial; la oficina concreta se elige por el lugar de trabajo y no por el domicilio de la gestoría. Ese servicio puede orientar, difundir una oferta o ayudar en la intermediación, pero la autorización la tramita Extranjería y se decide con el expediente completo. Una oferta publicada o una inscripción como demandante no sustituyen un contrato firmado ni las pruebas de solvencia del empleador.
Cuéntanos tu situación en Sevilla
Revisamos la permanencia, los contratos y la documentación de cada empleador antes de preparar el expediente.
Prestador profesional: GA 1268 COGAS S.L.P. · NIF B21691134.
Servicio online para residentes en Sevilla. Sede profesional en Brenes (Sevilla). Domicilio social: Paseo José Fdez. Vega 41 Bajo, 41310 Brenes, Sevilla.
Última revisión: 3 de septiembre de 2026. Información orientativa; verificamos la normativa y el canal administrativo vigentes antes de cada presentación.