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Residencia por arraigo familiar en Huesca

Mejor Gestoría para tramitar tu solicitud de residencia por arraigo familiar

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¿Cómo solicitamos la residencia por arraigo familiar?

  1. Escríbenos por WhatsApp y te explicamos la documentación necesaria.
  2. Entregamos y cumplimentamos los documentos necesarios por ti, para que no tengas que desplazarte.
  3. Cuando obtengamos tu informe favorable, solicitaremos tu Tarjeta de Identidad de Extranjeros y haremos llegar todo.

El arraigo familiar es una autorización de residencia por circunstancias excepcionales con el que aquellos extranjeros no comunitarios que pueden demostrar un vínculo con un ciudadano español pueden vivir y trabajar en España durante 5 años.


Puedes encontrar la autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales de arraigo familiar en la página del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, o dando clic a este enlace.

Requisitos para la residencia por arraigo familiar en Huesca

Para pedir la residencia por arraigo familiar solo te hace falta encontrarte en una de estas situaciones:

  • Ser hijo de un padre o madre que sea español de nacimiento. Esto significa tener la nacionalidad española desde el origen.
  • Tener un hijo menor de edad (de 0 a 17 años) que sea español o parte de la comunidad. Si vives con tu hijo, puedes probarlo con el empadronamiento o un certificado de convivencia. Si no vives con él, para solicitar el arraigo familiar en España, es esencial que cumplas con tus deberes como padre, como el pago de la pensión alimenticia o seguir el régimen de visitas establecido.
  • Ser cónyuge o pareja de hecho acreditada de ciudadano o ciudadana de nacionalidad española: este supuesto se refiere a todas aquellas parejas que o bien se hayan casado en España o bien tengan su matrimonio inscrito en España (para aquellos casos en los que se casaron fuera del país).
  • También cuando se trate de descendientes mayores de 65 años, menores de 65 años a cargo, descendientes menores de 21 años o mayores de 21 años a cargo de ciudadano o ciudadana de nacionalidad española o de su cónyuge o pareja de hecho.

Si te encuentras en alguno de estos supuestos podrás acceder a permiso de residencia. Tiene una validez de 5 años, con ella podrás residir y trabajar sin ningún tipo de limitación en España.

Condicionantes de los requisitos por arraigo familiar

  • No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo (EEE) o de Suiza, o ser familiar de ciudadanos de estos países a los que le sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.
  • No tener antecedentes penales en España ni en los países donde se haya vivido antes, por delitos que la ley española considere relevantes.
  • No tener el acceso prohibido a España y no figurar como persona no admisible en los países que tengan un acuerdo con España sobre este tema.
  • No encontrarse dentro del plazo de compromiso de no retorno a España que el extranjero haya asumido al volver voluntariamente a su país de origen
  • Tienes que encontrarte físicamente en territorio español. No existe la opción si estás fuera de España de obtener un visado para entrar en el país y arreglar tu arraigo familiar.
  • No es necesario presentar ningún plan de empresa, ni contrato, ni medios económicos ni propios ni de ningún familiar.

Documentos para un permiso de residencia por arraigo familiar en Huesca

A continuación te listamos los documentos que debes tener reglados para obtener la residencia. Toda la documentación que aportemos tiene que estar traducida al español por un traductor jurado.

  1. Solicitud de arraigo familiar oficial, es decir, el modelo oficial EX-10 por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado.
  2. Certificado de antecedentes penales emitido por los países que hayas estado viviendo durante los 5 años anteriores a entrar en España.
  3. Pasaporte, título de viajes y cédula de inscripción (vigencia mínima 4 meses).
  4. Documentación que acredite el vínculo familiar y la nacionalidad. Dependiendo de tu situación:
    1. Si eres padre o madre de un menor con nacionalidad española o de la UE, tendrás que presentar el certificado de nacimiento del menor español para demostrar el vínculo familiar y su nacionalidad. Además, necesitarás incluir el certificado de nacimiento del hijo comunitario o cualquier documento que valide tus responsabilidades como padre o madre si no resides con él.
    2. Si tienes un familiar que es ciudadano español, necesitas presentar los documentos que demuestren su relación contigo y, si es el caso, tu situación de dependencia.
  5. Certificado de nacimiento del padre o madre del menor para demostrar el vínculo familiar y la nacionalidad española.
  6. Certificado de nacimiento del hijo de padre o madre de nacionalidad española y el certificado de nacimiento del padre o madre de origen español o certificado del Registro Civil que lo demuestre.
  7. Documentación acreditativa de la permanencia continuada en España durante los plazos que exige la Ley.

Renovación por arraigo familiar

Es muy importante que actualices tu autorización de residencia en España antes de que se venza, así evitarás inconvenientes. Si conseguimos renovar la residencia por arraigo familiar, se nos otorgarán 2 años más de tiempo para residir y trabajar. Para poder renovar el arraigo, necesitamos cumplir con estos requisitos:

  • Haber cotizado en la Seguridad Social al menos los últimos 6 meses.
  • Tener un contrato de trabajo.
  • Disponer de medios y recursos económicos.
  • Si trabajamos por cuenta propia, tener un plan de negocios para optar por una residencia inicial.

La renovación de la tarjeta de residencia por arraigo familiar puede presentar algunos problemas que nos impidan cumplir todos los requisitos. Lo común es que los clientes no están dados de alta en la seguridad social o enfrentan dificultades para demostrar medios económicos suficientes, pero no por ello es imposible conseguirla. Es crucial recordar que, al obtener la tarjeta, debe renovarse anualmente para evitar caer en una situación irregular en España debido al incumplimiento de requisitos.

¿Tienes alguna duda? Recuerda que estamos en WhatsApp las 24 horas del día

Renovar el arraigo familiar a una autorización de residencia por cuenta ajena

Durante la validez de la tarjeta de arraigo familiar, puedes modificar tu situación si has trabajado por cuenta ajena y cumples con ciertos requisitos. Estos incluyen:

  • Para mantener la continuidad en la relación laboral que dio lugar a la autorización inicial, es necesario haber trabajado al menos tres meses en el año. También se puede dar el caso si has firmado un nuevo contrato que se ajuste a tu autorización y estás dado de alta en ese momento.
  • En caso de que tu relación laboral se interrumpiera por causas ajenas, deberás demostrar que has buscado empleo mediante la inscripción como demandante.
  • Si has recibido asistencia económica por estar desempleado o apoyo público para tu integración social, deberás presentar la documentación necesaria.
  • Además, si trabajaste y estuviste dado de alta en el régimen de Seguridad Social durante al menos nueve meses en un periodo de doce, puedes solicitar la renovación, siempre que la interrupción haya sido involuntaria.
  • La renovación también se puede dar si el cónyuge o pareja de hecho cumple con los requisitos económicos para la reagrupación familiar, o si la trabajadora ha sufrido violencia de género.

Renovar el arraigo familiar a una autorización de residencia por cuenta propia

Durante la validez de la autorización de residencia por arraigo familiar, si hemos trabajado por cuenta propia, podemos renovar el permiso en los siguientes casos:

  • Si continuamos con la actividad que dio origen a la autorización, cumpliendo las obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
  • Si tu pareja o cónyuge tiene los recursos económicos necesarios para la reagrupación, debe probar que cuenta con al menos el 150% del IPREM para dos personas, y un 50% extra por cada persona adicional.
  • Si somos beneficiarios de la protección por cese de actividad.

Renovar el arraigo familiar a una autorización de residencia no lucrativa

Si durante el tiempo que hemos estado como familia no hemos llevado a cabo ninguna actividad laboral, ya sea como empleados o por cuenta propia, podemos renovar nuestro arraigo siempre que contemos con los recursos económicos suficientes. En este caso tendríamos que acreditar que disponemos de los medios para atender nuestros gastos de manutención y estancia incluyendo los de su familia sin necesidad de haber tenido actividad laboral.

Ventajas de trabajar con GESTORÍA DE EXTRANJERÍA

  • Sin citas previas: no es necesario que pidas cita antes de contactar con nosotros; solo vas a tener que preocuparte por contactarnos.
  • Asesoramiento personalizado en todo momento: vas a contar con ayuda profesional en todo momento para que no tengas problemas.
  • Inviertes menos tiempo personal: la inversión de tiempo personal es menor porque nosotros nos vamos a ocupar de todo.
  • 100% online: toda la tramitación se va a hacer telemáticamente para que sea lo más cómodo para ti.

En la actualidad, una de las opciones más comunes para este tipo de trámites es recurrir a profesionales. Contar con su ayuda para solicitar el arraigo familiar en línea es una gran alternativa si quieres asegurarte de que todo se realice correctamente desde Huesca, sin necesidad de visitar nuestra oficina. Estamos aquí para ayudarte en todo momento y contarás con el apoyo de nuestros gestores expertos en el asunto.

OPINIONES de clientes sobre la Gestoría de Extranjería

Luisa
¡Muy recomendados!
Desde el primer mensaje me atendieron con una amabilidad que se agradece. Me sentí escuchada y eso hace toda la diferencia cuando uno está lejos de casa.
Andrei
Muy buen trato
Me dijeron lo que necesitaba, cómo conseguirlo y cuánto tiempo tardaría. Cumplieron tal cual. Seriedad total.
Milagros
Muy recomendable
Me explicaron todo primero, me dejaron pensar si trabajar con ellos y, cuando decidí, me lo gestionaron todo rápido. Gracias por el trato.
Denis
Trato personal y profesional al 100%
No soy de dejar reseñas, pero se lo merecen. Servicio rápido, buena comunicación y me ayudaron con unos papeles que ni sabía que hacían falta. Muy recomendables.

Preguntas frecuentes

Es totalmente normal sentir incertidumbre al comenzar el trámite para conseguir el permiso de residencia por arraigo social en España. De hecho, es algo habitual cuando nos enfrentamos a procesos nuevos. Por eso, a continuación, te compartimos algunas de las preguntas más comunes y sus respuestas sobre la residencia por arraigo social.

¿Qué tipo de autorización es el arraigo familiar?

Técnicamente la llamamos una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales por arraigo familiar. Se concede a ciudadanos extranjeros que se encuentren físicamente en España y cumplan con los requisitos que se indican en la Ley de Extranjería.

¿Qué puedo hacer una vez se me acabe el primer año de mi arraigo familiar?

Puedes solicitar otra autorización de residencia o una autorización de residencia y trabajo. En esta página te informamos de cómo hacerlo.

¿Sería posible solicitar un arraigo familiar por hijo mayor de edad?

No se puede. El arraigo familiar solo se considera si tu hijo es español o de la UE y tiene menos de 18 años. Si no se da esta situación, no se cumplen los requisitos para este trámite.

¿Permite el arraigo familiar trabajar?

Te vale tanto para residir como para trabajar; es decir, no es necesario que tengan un contrato de trabajo para que te den la residencia por arraigo familiar.

¿Por qué es tan importante trabajar en España al tener mi permiso de residencia por arraigo de familiar?

Si estás desempleado, es posible que no consigan aprobarte la primera renovación de 2 años. Te recomendamos esto para que puedas aprovechar al máximo tu tiempo de residencia legal en España de forma regular.

¿Dónde tengo que solicitar mi arraigo familiar?

Lo puedes solicitar en la oficina de extranjería de tu ciudad personalmente, o puedes pedir a expertos en extranjería que tengan acceso a la plataforma Mercurio para que te lo hagan por internet (telemáticamente) sin tener que moverte de tu casa.

¿Podríamos pedir un arraigo familiar para nietos de españoles?

No, ya que se sale fuera del grado de consanguinidad que indican los requisitos de la Ley de Extranjería para este tipo de trámite.

¿Cuánto tarda la residencia por arraigo familiar?

El plazo máximo es de 3 meses desde la fecha de la solicitud. En caso que no se conteste, se acoge al silencio administrativo negativo. Esto implicaría una denegatoria; es decir, que no han aceptado tu trámite.

¿Cómo puedo solicitar el arraigo familiar?

Lo puedes solicitar por tu cuenta en la oficina de extranjería de tu ciudad o ponerlo en manos de expertos en extranjería (como nuestra Gestoría de Extranjería) para que te asesoren y disminuyan el riesgo de que te denieguen la residencia.

¿Quién puede presentar la solicitud de mi permiso de residencia por arraigo familiar?

Lo puedes presentar tú personalmente, tu representante legal si eres menor de edad o estás incapacitado y el abogado o gestor que contrates por internet para realizar este trámite.

¿Cuándo hay que pagar las tasas del arraigo familiar?

Tenemos 10 días hábiles para pagar las tasas después de que acepten nuestra solicitud. Los trámites de extranjería son bastante estrictos con los plazos, así que no podemos darnos el lujo de retrasarnos ni un día.

¿Podríamos solicitar en extranjería un arraigo familiar para hermanos?

No, este tipo de trámite no permite la solicitud de arraigo por hermanos. Para ese caso existen otros tipos de recursos. Si tienes alguna duda, llámanos lo antes posible para darte la información actualizada que tenemos sobre este caso.

¿Qué beneficios me aporta tener la autorización de residencia por circunstancias excepcionales por arraigo familiar?

Te permite trabajar por cuenta propia o ajena y solicitar el TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero); además de residir legalmente en España por 1 año en la primera solicitud y por 2 años adicionales si consigues la renovación.

Conclusión

No queremos que te sientas estresado ni que te angusties por todos los papeles y requisitos que pide la ley de extranjería. Dependiendo de tu situación, los abogados o gestores expertos en este tema solo tendrán que presentar algunos de los documentos mencionados o los que se necesiten específicamente en el proceso de tu solicitud.

Una vez más te recordamos que en GESTORÍA DE EXTRANJERÍA estamos a tu completa disposición para facilitarte todo lo posible este proceso.