Residencia por arraigo familiar en Cáceres

El Mejor Bufete para gestionar tu solicitud de residencia por arraigo familiar en Cáceres

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Responsable del trámite: Sr. D. Rubén Mª Rodríguez López — Gestor colegiado 1268 COGAS

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¿Cómo solicitamos la residencia por arraigo familiar?

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Entregamos y cumplimentamos los documentos necesarios por ti, para que no tengas que desplazarte.

Cuando obtengamos tu informe valorable, solicitaremos tu Tarjeta de Identidad de Extranjeros y haremos llegar todo.

«El arraigo familiar es una autorización de residencia por circunstancias excepcionales con el que aquellos extranjeros no comunitarios que pueden demostrar un vínculo con un ciudadano español pueden vivir y trabajar en España durante 5 años.
»

ℹ️ NOTA INFORMATIVA:

Puedes encontrar la autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales de arraigo familiar en la página del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, o dando clic a este enlace..

Requisitos para la residencia por arraigo familiar en Cáceres

Para pedir la residencia por arraigo familiar solo te hace falta encontrarte en una de estas situaciones:

  • Ser descendiente de padre o madre españoles nativos. Es decir, con ciudadanía originaria de España.
  • Tener un hijo que sea menor de edad (entre 0 y 17 años) y que sea español o de la comunidad. Si vives con tu hijo, puedes demostrarlo con el empadronamiento o un certificado de convivencia. Si no resides con él, para pedir el arraigo familiar en España, es fundamental cumplir con tus responsabilidades como padre, como el pago de la pensión alimenticia o el cumplimiento del régimen de visitas.
  • Ser cónyuge o pareja de hecho acreditada de ciudadano o ciudadana de nacionalidad española: este supuesto se refiere a todas aquellas parejas que o bien se hayan casado en España o bien tengan su matrimonio inscrito en España (para aquellos casos en los que se casaron fuera del país).
  • Asimismo, en el caso de descendientes que sean mayores de 65 años, menores de 65 años que dependan económicamente, así como aquellos que tengan menos de 21 años o que sean mayores de 21 años y estén a cargo de un ciudadano o ciudadana de nacionalidad española o de su pareja o cónyuge.

Si te encuentras en alguno de estos supuestos podrás acceder a permiso de residencia. Tiene una validez de 5 años, con ella podrás residir y trabajar sin ningún tipo de limitación en España.

⚠️Condicionantes de los requisitos por arraigo familiar

  • No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo (EEE) o de Suiza, o ser familiar de ciudadanos de estos países a los que le sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.
  • No contar con antecedentes penales en España ni en los países donde se haya residido anteriormente por delitos que sean considerados en la legislación española.
  • No tener impedido el acceso a España y no aparecer como rechazable en aquellos países que tengan un acuerdo con España al respecto.
  • No encontrarse dentro del plazo de compromiso de no retorno a España que el extranjero haya asumido al volver voluntariamente a su país de origen
  • Debes estar presente en España para poder gestionar tu arraigo familiar. Si te encuentras fuera del país, no puedes obtener un visado que te permita entrar y realizar este trámite.
  • No necesitas presentar un plan de negocio, contrato, ni demostrar medios económicos, ya sean propios o de algún familiar.

Documentos para un permiso de residencia por arraigo familiar en Cáceres

A continuación te listamos los documentos que debes tener reglados para obtener la residencia. Toda la documentación que aportemos tiene que estar traducida al español por un traductor jurado.

  1. Solicitud de arraigo familiar oficial, es decir, el modelo oficial EX-10 por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado.
  2. Certificado de antecedentes penales emitido por los países que hayas estado viviendo durante los 5 años anteriores a entrar en España.
  3. Pasaporte, título de viajes y cédula de inscripción (vigencia mínima 4 meses).
  4. Documentación que acredite el vínculo familiar y la nacionalidad. Dependiendo de tu situación:
    1. Si eres padre o madre de un menor con nacionalidad española o comunitaria: necesitarás presentar el certificado de nacimiento del menor español que demuestre el vínculo familiar y su nacionalidad. También deberás aportar el certificado de nacimiento del hijo comunitario o cualquier documento que acredite tus responsabilidades como padre o madre si no vives con él.
    2. Si eres familiar de un ciudadano español: debes presentar la documentación que acredite tu vínculo y, si es necesario, tu situación a cargo.
  5. Certificado de nacimiento del padre o madre del menor para demostrar el vínculo familiar y la nacionalidad española.
  6. Certificado de nacimiento del hijo de un padre o madre con nacionalidad española, así como el certificado de nacimiento del padre o madre que sea de origen español, o un documento del Registro Civil que lo confirme.
  7. Además, debes presentar la documentación que demuestre que has estado residiendo de manera continua en España durante el tiempo que establece la ley.

Renovación por arraigo familiar

Es muy importante que actualices tu autorización de residencia en España antes de que se venza, así evitarás inconvenientes. Si conseguimos renovar la residencia por arraigo familiar, se nos otorgarán 2 años más de tiempo para residir y trabajar. Para poder renovar el arraigo, necesitamos cumplir con estos requisitos:

✅Haber cotizado en la Seguridad Social al menos los últimos 6 meses.
✅Tener un contrato de trabajo.
✅Disponer de medios y recursos económicos.
✅Si trabajamos por cuenta propia, tener un plan de negocios para optar por una residencia inicial.

La renovación de la tarjeta de residencia por arraigo familiar puede presentar algunos problemas que nos impidan cumplir todos los requisitos. Lo común es que los clientes no están dados de alta en la seguridad social o enfrentan dificultades para demostrar medios económicos suficientes, pero no por ello es imposible conseguirla. Es crucial recordar que, al obtener la tarjeta, debe renovarse anualmente para evitar caer en una situación irregular en España debido al incumplimiento de requisitos.

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Renovar el arraigo familiar a una autorización de residencia por cuenta ajena

Durante la validez de la tarjeta de arraigo familiar, puedes modificar tu situación si has trabajado por cuenta ajena y cumples con ciertos requisitos. Estos incluyen:

  • Para mantener la continuidad en tu relación laboral que dio lugar a la autorización inicial, necesitas haber trabajado al menos tres meses en el año. También puedes cumplir con este requisito si has firmado un nuevo contrato que se ajuste a tu autorización y estás dado de alta en ese momento.
  • Si tu relación laboral se interrumpe por razones externas, tendrás que probar que has estado buscando trabajo, lo cual puedes hacer inscribiéndote como demandante.
  • Si has obtenido una ayuda económica por desempleo o apoyo público para la integración social, necesitarás entregar la documentación correspondiente.
  • Además, si trabajaste y estuviste dado de alta en el régimen de Seguridad Social durante al menos nueve meses en un periodo de doce, puedes solicitar la renovación, siempre que la interrupción haya sido involuntaria.
  • La renovación también es posible si el cónyuge o pareja de hecho cumple con los criterios económicos para la reagrupación familiar, o si la trabajadora ha sido víctima de violencia de género.

Renovar el arraigo familiar a una autorización de residencia por cuenta propia

Si tenemos una autorización de residencia por arraigo familiar y hemos estado trabajando por nuestra cuenta, podemos renovar el permiso en las siguientes situaciones:

  • Si continuamos con la actividad que dio origen a la autorización, cumpliendo las obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
  • Si tu pareja o cónyuge cumple con los requisitos económicos para reagruparnos, debe demostrar al menos el 150% del IPREM para dos personas, y un 50% más por cada persona adicional.
  • Si somos beneficiarios de la protección por cese de actividad.

Renovar el arraigo familiar a una autorización de residencia no lucrativa

Si durante el tiempo que hemos estado como familia no hemos trabajado, ya sea como empleados o autónomos, podemos renovar nuestro arraigo siempre que contemos con los recursos económicos suficientes. En este caso, deberíamos demostrar que tenemos los medios para cubrir nuestros gastos de vida y estancia, incluyendo los de nuestra familia, sin necesidad de haber tenido actividad laboral.

Tramitar la solicitud de Arraigo Familiar con nosotros desde Cáceres

VENTAJAS con GESTORÍA DE EXTRANJERÍA:

En la actualidad, una de las opciones más comunes para este tipo de trámites es recurrir a profesionales. Contar con su ayuda para solicitar el arraigo familiar en línea es una gran alternativa si quieres asegurarte de que todo se realice correctamente desde Cáceres, sin necesidad de visitar nuestra oficina. Estamos aquí para ayudarte en todo momento y contarás con el apoyo de nuestros gestores expertos en el asunto.

Preguntas Frecuentes

Es normal que asalten las dudas al comenzar con el trámite del permiso de residencia por arraigo social en España. De hecho, es lo más habitual cuando nos enfrentamos a nuevos procesos. Por ello, a continuación te ofrecemos una serie de preguntas más frecuentes y sus respuestas en relación con la residencia por arraigo social.

Técnicamente la llamamos una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales por arraigo familiar. Se concede a ciudadanos extranjeros que se encuentren físicamente en España y cumplan con los requisitos que se indican en la Ley de Extranjería.

Puedes solicitar otra autorización de residencia o una autorización de residencia y trabajo. En esta página te informamos de cómo hacerlo.

No se puede. Únicamente se considera arraigo familiar si tu hijo español o comunitario es menor de edad (menos de 18 años). De no ser así, no se cumplirían los requisitos de este trámite.
 
Te vale tanto para residir como para trabajar; es decir, no es necesario que tengan un contrato de trabajo para que te den la residencia por arraigo familiar.
 
 

Porque, de no tener trabajo, no te van aceptar la primera renovación de 2 años. Te damos esta recomendación para que puedas estar el mayor tiempo de residencia legal en España estando de forma regular.

Lo puedes solicitar en la oficina de extranjería de tu ciudad personalmente, o puedes pedir a expertos en extranjería que tengan acceso a la plataforma Mercurio para que te lo hagan por internet (telemáticamente) sin tener que moverte de tu casa.

No, ya que se sale fuera del grado de consanguinidad que indican los requisitos de la Ley de Extranjería para este tipo de trámite.

El plazo máximo es de 3 meses desde la fecha de la solicitud. En caso que no se conteste, se acoge al silencio administrativo negativo. Esto implicaría una denegatoria; es decir, que no han aceptado tu trámite.

Lo puedes solicitar por tu cuenta en la oficina de extranjería de tu ciudad o ponerlo en manos de expertos en extranjería (como nuestra Gestoría de Extranjería) para que te asesoren y disminuyan el riesgo de que te denieguen la residencia.

Lo puedes presentar tú personalmente, tu representante legal si eres menor de edad o estás incapacitado y el abogado o gestor que contrates por internet para realizar este trámite.

Tenemos 10 días hábiles para poder pagar las tasas una vez nos admitan la solicitud. Los trámites de extranjería suelen ser bastante estrictos en los plazos así que no podemos dejar para ni un solo día.

No, este tipo de trámite no permite la solicitud de arraigo por hermanos. Para ese caso existen otros tipos de recursos. Si tienes alguna duda, llámanos lo antes posible para darte la información actualizada que tenemos sobre este caso.

Te permite trabajar por cuenta propia o ajena y solicitar el TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero); además de residir legalmente en España por 1 año en la primera solicitud y por 2 años adicionales si consigues la renovación.

OPINIONES de clientes

V. Popov
Muy recomendados
Una experiencia impecable. Servicio ágil, atención en tiempo real y una asesoría que te hace sentir respaldado en cada paso.
Juliana
Muy buen trato
Lo que más valoro es el apoyo constante. Cada fase del trámite fue explicada con claridad y sin complicaciones, desde la comodidad de mi casa.
Vito
Muy recomendable
Muy contento con el servicio. Rápido, eficaz y con un equipo que realmente se preocupa por resolver tus dudas. Muchas gracias.
Niall
Trato personal y profesional al 100%
La facilidad de hacer todo online me sorprendió. Muy satisfecho.

CONCLUSIÓN

No queremos que te sientas agobiado ni que te preocupes por todos los papeles y requisitos que establece la ley de extranjería. Dependiendo de tu situación, los abogados o gestores especializados solo necesitarán presentar algunos de los documentos mencionados o los que se pidan específicamente durante tu solicitud.

Recuerda que en GESTORÍA DE EXTRANJERÍA estamos aquí para hacer este proceso lo más sencillo posible para ti.