Tarjeta comunitaria
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¿Cómo solicitamos la tarjeta comunitaria?
- Escríbenos por WhatsApp y te explicamos la documentación necesaria.
- Preparamos todos los documentos y solicitudes que haya que presentar.
- Cuando esté todo validado, nos aseguraremos de que la tarjeta comunitaria llegue a tu hogar.
¿Qué es la tarjeta comunitaria?
La tarjeta comunitaria es un documento que autoriza a los familiares de ciudadanos de la Unión Europea a vivir y trabajar de manera legal en España. También se le llama tarjeta de residencia para familiares de ciudadanos de la Unión Europea.
¿Cuánto se tarda en obtener la tarjeta comunitaria desde que se solicita?
Extranjería tiene un plazo de 3 meses para resolver la solicitud de tarjeta comunitaria, contando con la posibilidad de silencio administrativo negativo. Si no responden en ese tiempo, se considera que la solicitud ha sido desestimada. Es importante estar pendientes durante estos 3 meses a cualquier solicitud de información extra que pueda hacer extranjería. Si no se entrega lo que piden, el expediente se cerrará, lo que se entenderá como que ya no se quiere seguir con la solicitud de la tarjeta de residencia comunitaria.
Beneficios principales de obtener la tarjeta comunitaria
La tarjeta comunitaria es el documento estrella, la que cuenta con más beneficios, ya sea algo temporal o permanente. A continuación, te presentamos algunas ventajas de tener esta tarjeta siendo extranjero:
- Los ciudadanos europeos pueden residir libremente en España en igualdad de condiciones que los españoles, con total autorización para trabajar sin restricciones por sexo, raza o cultura, incluyendo la opción de empleo público, excepto en el Ministerio de Justicia.
- La primera tarjeta comunitaria tiene una validez de 5 años y se puede renovar a una tarjeta permanente de 10 años bajo ciertos requisitos. Si no se obtiene la nacionalidad, la renovación de la tarjeta permanente sigue siendo posible cada 10 años.
- Estarías protegido por la Constitución española, que garantiza el derecho a formar una familia, permitiendo vivir con un cónyuge.
- Las facilidades para la reagrupación familiar son mayores que en el régimen general.
- No es obligatorio trabajar si se acreditan medios económicos suficientes.
- En caso de divorcio, se puede mantener la tarjeta comunitaria si se cumplen ciertos requisitos.
- Además, se puede viajar por la Unión Europea durante 90 días sin visado.
- También puedes estudiar en cualquier centro de España.
Requisitos para conseguir la tarjeta comunitaria
Los requisitos a cumplir no son muchos, pero conviene tenerlos claros antes de realizar la solicitud. Son los siguientes:
- Reunirse o acompañar a un ciudadano de la Unión Europea o de otro país del Espacio Económico Europeo que tenga derecho a residir por más de 3 meses.
- Ser familiar de un ciudadano de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza.
- El extranjero, que tiene que ser ciudadano de la Unión o de otro país que forme parte del Espacio Económico Europeo, debe cumplir con alguna de las siguientes condiciones:
- Ser trabajador por cuenta ajena (empleado) en España.
- Ser trabajador por cuenta propia (autónomo) en España.
- Ser estudiante en una institución reconocida en España, ya sea pública o privada, en estudios académicos o formación profesional. Contar con un seguro de salud, bien público o privado, y demostrar que se tienen los recursos económicos necesarios para no depender de la asistencia social, tanto para uno mismo como para la familia, durante el tiempo de residencia.
- Los solicitantes necesitan contar con los recursos económicos necesarios para no depender de la asistencia social en España y deben presentar un seguro de salud que cubra su estancia. La revisión de la situación económica se realizará de forma individual, teniendo en cuenta las circunstancias personales y familiares. Es necesario que los recursos superen el límite anual fijado en la Ley de Presupuestos Generales.
Familiares que pueden solicitar la tarjeta comunitaria
Los familiares que podrán solicitar la tarjeta comunitaria cuando se encuentren en España son los siguientes:
- Cónyuge, siempre que no se haya emitido el acuerdo o la declaración de nulidad del matrimonio o del divorcio.
- Una pareja registrada en un registro público de un Estado miembro de la UE o del Espacio Económico Europeo se considerará válida, siempre que la inscripción esté activa y se pueda demostrar. Matrimonio y pareja registrada son incompatibles.
- Hijo de un ciudadano de la Unión Europea o de su pareja, siempre que no haya habido nulidad, divorcio o cancelación de la relación, que tenga menos de veintiún años, o que sea mayor de esa edad pero dependa económicamente de él, o que tenga alguna incapacidad.
- Ascendiente directo de un ciudadano de la Unión o del Espacio Económico Europeo, o de su cónyuge o pareja registrada, a cargo y sin nulidad, divorcio o cancelación.
- Cualquier familiar que esté a cargo o viva con el ciudadano de la Unión en su país de origen. Se considerará que hay convivencia si se puede probar de manera clara que han estado juntos de forma continua durante 24 meses en el país de origen.
¿Tienes alguna duda? Recuerda que estamos en WhatsApp las 24 horas del día
Documentación necesaria para solicitar la tarjeta comunitaria
Para poder pedir la tarjeta comunitaria, antes tienes que recopilar una serie de documentos que deberás presentar:
- Formulario de solicitud en el modelo oficial (EX–19) en dos copias, correctamente rellenado y firmado por el familiar del ciudadano de la Unión.
- Pasaporte completo, válido y vigente del familiar. Si está caducado, se debe incluir una copia del mismo y de la solicitud de renovación.
- Documentación que demuestre la relación familiar con un ciudadano de la Unión o del Espacio Económico Europeo. Puedes encontrar más información sobre el arraigo familiar en nuestra propia página web. Existen varios casos y formas de acreditar la documentación:
- En el caso de pareja no registrada, documentación que demuestre una relación de pareja estable, evidencie un vínculo duradero, respalde la convivencia marital y, si es necesario, incluya el certificado de nacimiento de los hijos en común.
- Si es hijo de un ciudadano europeo o de su pareja registrada, deberá presentar documentos que demuestren su relación como familiar a cargo o dependiente.
- Si el hijo es menor y no reside en España con los padres, se necesita documentación que demuestre que es un familiar a cargo o dependiente del ciudadano de la Unión o de su pareja o cónyuge registrado.
- Si es un familiar directo del ciudadano de la Unión o de su pareja o cónyuge, necesitarás presentar documentos que demuestren que es un familiar a su cargo.
- Si es otro miembro de la familia, se requiere documentación que acredite parentesco, convivencia previa con el ciudadano de la Unión o razones graves de salud o discapacidad.
- DNI del ciudadano español o el certificado de registro del ciudadano de la Unión con el que se va a reunir o al que acompaña.
- Los recursos de los que puede disponer un ciudadano español o comunitario dependen de su situación laboral o económica, y la documentación necesaria cambia según cada caso:
- Trabajador por cuenta ajena: puedes presentar la declaración de contratación del empleador que incluya nombre, dirección de la empresa, identificación fiscal y código de cuenta de cotización, un contrato de trabajo registrado en Servicio Público de Empleo o a través de la plataforma CONTRAT@ o un documento de alta en Seguridad Social.
- Trabajador por cuenta propia: puedes presentar la inscripción en el Censo de Actividades Económicas, justificación del establecimiento mediante el Registro Mercantil, alta en el régimen de la Seguridad Social, o consentimiento para verificar datos con la Seguridad Social o Agencia Tributaria.
- Si no trabajas en España, deberás presentar documentos que demuestren tener un seguro de salud con cobertura en el país. Los pensionistas cumplen al mostrar un certificado de atención sanitaria financiada por su Estado. También se debe presentar documentación que acredite recursos suficientes para la estancia en España, como propiedades, cheques certificados, ingresos de capital o tarjetas de crédito con un certificado bancario.
- Si eres estudiante, lo que tienes que presentar es la matrícula del centro educativo, público o privado, también documentación que acredite un seguro de salud válido, o la tarjeta sanitaria europea vigente. Aquí se debe incluir una declaración responsable sobre recursos suficientes para el solicitante y su familia en España. También se necesita la documentación de la participación en programas de la Unión Europea que fomenten el intercambio educativo.
Los formularios estándar de la Unión Europea no requieren traducción ni legalización según la normativa comunitaria. Sin embargo, los documentos públicos extranjeros deben ser legalizados por la Oficina consular de España o el Ministerio de Asuntos Exteriores, salvo que estén apostillados según el Convenio de La Haya de 1961 o exentos de legalización por un Convenio Internacional.
Pasos para obtener tu tarjeta comunitaria
A continuación, te explicamos los pasos que tienes que seguir para que se efectúe correctamente tu trámite de solicitud de la tarjeta comunitaria:
- Llamar a una gestoría para que te informen de todos los documentos que necesitas y te ayuden a reunirlos. Recuerda que las llamadas y consultas deben ser gratuitas, como en nuestra GESTORÍA DE EXTRANJERÍA.
- Envía la información a abogados y gestores de extranjería para evaluar sin costo la viabilidad de tu trámite y evitar gastos si no cumples requisitos esenciales.
- Es importante que te comuniques directamente con tu abogado en extranjería, asegurándote de que corresponde con quien te ha cobrado el procedimiento, indicado en la factura proforma con su nombre, DNI/NIE, dirección y número de colegiado.
- Tu abogado te enviará un informe detallado de todo lo que vamos a enviar a extranjería para que tú mismo lo apruebes.
- Tan pronto como la oficina de extranjería responda pidiendo más información o cierre el trámite, tu abogado te lo hará saber de inmediato.
Denegación de la tarjeta comunitaria
La tarjeta comunitaria puede ser rechazada por múltiples motivos. Si te ha llegado una resolución de denegación de tu tarjeta, podrás interponer dos recursos:
- Recurso de alzada ante el órgano superior.
- Recurso Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses desde la notificación de la denegación de tu tarjeta comunitaria.
Renovar la tarjeta comunitaria
Es necesario renovar la tarjeta comunitaria cuando esta expire. En este proceso, lo que se solicita ya es la Tarjeta de Residencia Permanente de Familiar de Comunitario, que tiene una validez de 10 años. Puedes iniciar la renovación de tu tarjeta comunitaria hasta 30 días antes de que caduque. También tienes la opción de renovarla hasta 90 días después de su fecha de caducidad.
Para renovar la tarjeta comunitaria, debes presentarla en la Oficina de Extranjería correspondiente. La forma más efectiva es realizar la renovación de forma telemática, preferiblemente con gestores. Una vez aprobada, recibirás una tarjeta de residencia permanente válida por 10 años, que te permitirá vivir y trabajar en España sin restricciones.
Supuestos adicionales
Además, hay algunas situaciones especiales. Aunque ya no tengamos lazos familiares, nos dejarán renovar la tarjeta de comunitario si:
- Ha fallecido el ciudadano español o el familiar de fuera de la UE que vivía en España antes de su muerte.
Existe separación o divorcio con hijos en común con custodia compartida. - El familiar que no pertenece a la comunidad europea ha sufrido trata de personas durante el tiempo que estuvo en la relación matrimonial o de convivencia.
- El extracomunitario ha sufrido violencia de género.
Tarjeta comunitaria por pareja de hecho
La ley permite solicitar una tarjeta comunitaria por pareja de hecho desde 2021 si se mantiene una relación análoga a la conyugal y con inscripción en un registro público de un Estado miembro de la UE o del EEE. Es necesario demostrar una relación estable y con vínculos duraderos, a menos que haya un hijo en común, caso en el que basta con probar la convivencia estable. Además, si alguien necesita un visado, tiene que presentar documentos que demuestren la relación y la convivencia. Como los requisitos son variados, es recomendable consultar a abogados o gestores especializados en extranjería para reducir riesgos y garantizar que se cumpla con la ley.
Requisitos para tarjeta comunitaria por pareja de hecho
A continuación, te explicamos qué necesitas para obtener la tarjeta comunitaria si eres pareja de hecho. Esto aplica a las parejas de ciudadanos que residen en la Unión Europea o en el Espacio Económico Europeo. Los requisitos son los siguientes:
- Ser pareja de hecho de un ciudadano español.
- Tener un seguro médico.
- Ambos miembros de la pareja tienen que ser mayores de 18 años y contar con pasaporte o DNI.
- Estar empadronados en el ayuntamiento de forma conjunta.
- En el caso de estar trabajando (tanto por cuenta propia o ajena), se debe demostrar tener medios económicos suficientes.
- En el caso de ser estudiante, debemos acreditar que tenemos medios económicos suficientes para estar en España.
- Si no trabajamos ni estudiamos, tenemos que demostrar tener medios económicos suficientes para mantenerte en España tanto tú como el o la residente con la que convivas.
Tarjeta comunitaria permanente
Tras obtener la tarjeta de familiar comunitario y residir 5 años en España, puedes solicitar la tarjeta de residencia permanente de familiar de la Unión Europea, válida por 10 años y renovable cada década si cumples los requisitos. Tienen derecho a esta tarjeta los ciudadanos de la Unión Europea y del Espacio Económico Europeo, así como sus familiares no comunitarios que acrediten 5 años de residencia continua en España, manteniendo el vínculo familiar que justificó la tarjeta. Existen circunstancias que permiten obtener la tarjeta antes de los 5 años. Si decides trabajar con nosotros, analizaremos tu situación para guiarte en el proceso de solicitud de la tarjeta comunitaria permanente.
Ventajas de trabajar con GESTORÍA DE EXTRANJERÍA
- Sin citas previas: no es necesario que pidas cita antes de contactar con nosotros; solo vas a tener que preocuparte por contactarnos.
- Asesoramiento personalizado en todo momento: vas a contar con ayuda profesional en todo momento para que no tengas problemas.
- Inviertes menos tiempo personal: la dedicación de tiempo personal es menor porque nosotros nos vamos a ocupar de todo.
- 100% online: toda la tramitación se va a hacer telemáticamente para que sea lo más cómodo para ti.
Actualmente una de las opciones más demandadas para este tipo de trámites es dejarlo todo en manos de profesionales. Que te acompañen en el proceso de pedir la tarjeta comunitaria es una buena opción cuando quieres asegurarte de que todo se hace correctamente y sin necesidad de desplazarte a nuestra oficina física. Te atenderemos en todo momento y contarás con la ayuda de nuestros gestores especializados.
OPINIONES de clientes sobre la Gestoría de Extranjería
Ventajas de trabajar con GESTORÍA DE EXTRANJERÍA
Estos serían a los que se les aplica el régimen comunitario y, por lo tanto, con los que se puede solicitar la tarjeta comunitaria:
Alemania | Bélgica | Croacia | Dinamarca | España |
Francia | Irlanda | Islandia | Letonia | Luxemburgo |
Países Bajos | Suecia | Bulgaria | Eslovaquia | Estonia |
Grecia | Malta | Polonia | República Checa | Austria |
Chipre | Eslovenia | Finlandia | Hungría | Italia |
Lituania | Portugal | Rumanía | Liechtenstein | Noruega |
Suiza2 |
Es importante tener en cuenta que se firmó el Acuerdo de Relación Futura o Acuerdo de Comercio y Cooperación entre la UE y el Reino Unido, que entró en vigor con carácter definitivo el 1 de mayo de 2021.
Según el Acuerdo del 21 de junio de 1999, entre la Comunidad Europea y la Confederación de Suiza, sobre libre circulación de personal.
Normativa básica
- Directiva 2004/38/CE, relativa al derecho de los ciudadanos de la Unión y de los miembros de sus familias a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros.
- Real Decreto 240/2007, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
- Orden PRE/1490/2012, por la que se dictan normas para la aplicación del artículo 7 del Real Decreto 240/2007, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
Preguntas frecuentes
Es normal que asalten las dudas al comenzar con la solicitud de la tarjeta comunitaria. De hecho, es lo más habitual cuando nos enfrentamos a nuevos procesos. Por ello, a continuación te ofrecemos una serie de preguntas más frecuentes y sus respuestas en relación con la tarjeta comunitaria.
¿Qué diferencia hay entre tarjeta comunitaria y tarjeta de familiar comunitario?
Es lo mismo tener la residencia comunitaria que la tarjeta de familiar comunitario. Sin embargo, es verdad que muchos clientes se comunican preguntando sobre esto, ya que creen que son cosas distintas al notar que a veces se usa la palabra «familiar» y otras veces no.
¿Es lo mismo la tarjeta comunitaria que la tarjeta permanente de familiar comunitario?
No. La tarjeta comunitaria es la primera y dura 5 años, renovable bajo ciertos requisitos. La tarjeta permanente de familiar comunitario, la segunda, es válida por 10 años y se renueva cada 10 años, siempre que se cumplan las condiciones necesarias verificadas por extranjería para mantener la residencia en España.
¿Cómo tienen que entrar en España los familiares de comunitarios que quieran solicitar la tarjeta de régimen comunitario por familiar ciudadano de la unión?
Para traer a familiares que no sean de la Unión Europea, deben estar en su país de origen, pero para solicitar la tarjeta de familiar de comunitario, deben estar en España. Existen dos opciones para su ingreso a España, dependiendo de si necesitan visado o no:
- Países que requieren visa para ingresar a España: familiares que necesiten obtener un visado para visitar a un ser querido en España. Por ejemplo, visados de reagrupación familiar.
- Países cuyos ciudadanos no requieren visado para ingresar a España: familiares que pueden entrar sin visado para visitar a sus seres queridos. Aunque no es obligatorio tener un visado, es fundamental llevar contigo toda la documentación que demuestre que tu familiar se encuentra en España durante el viaje.
¿Qué documentos me van a hacer falta tanto si necesito el visado para solicitarlo o en caso de no necesitarlo para llevar la documentación en el viaje al entrar en España?
La documentación necesaria para ingresar a España, con visado o sin él, es la misma. Se debe demostrar la relación familiar con un ciudadano de la UE o EEE, y el ciudadano comunitario debe solicitar el papeleo desde España para su familiar con la finalidad de:
- Identificar al ciudadano español: Copia compulsada del DNI.
- Acreditación de vivir en España: Certificado de empadronamiento.
- Acreditación de tener el vínculo familiar: acta de manifestaciones ante notario y, dependiendo del familiar que queramos traer a España, acreditar dicha relación. Por ejemplo: cónyuge (acta de matrimonio o inscripción de pareja de hecho), padres o hijos (partida de nacimiento).
¿En qué momento tengo que solicitar mi cita de huellas para la tarjeta comunitaria?
Primero, necesitas solicitar una cita si deseas gestionar la tarjeta comunitaria por tu cuenta. Si decides hacerlo a través de abogados o gestores en línea, una vez que acepten tu solicitud será el momento de pedir la cita para la toma de huellas, entregar una foto reciente, indicar nuestra dirección y otros detalles.
¿Cuáles son los requisitos para poner huellas en la tarjeta comunitaria que me van a pedir en la cita?
Para conseguir la cita previa para las huellas de la tarjeta comunitaria necesitarás cumplir con los requisitos relacionados con la solicitud de dicha tarjeta. En otras palabras, la toma de huellas se realiza para incluirlas en la tarjeta física que recibimos como resultado de la aprobación de nuestra solicitud de residencia por ser familiar de un comunitario.
¿Puedo trabajar con la tarjeta de familiar comunitario?
Una vez tengas tu cita para poner las huellas en la tarjeta comunitaria y te la den, puedes trabajar en España como cualquier otro español sin distinción de sexo, raza o cultura.
¿Puedo trabajar con resguardo de tarjeta comunitaria?
Tener el resguardo significa que ya cuentas con la tarjeta comunitaria, solo que no la tienes en físico porque no te la entregan de inmediato. Esto depende del empleador que te contrate. Legalmente, puedes trabajar con el resguardo, así que todo dependerá de lo que tu empleador te pida.
¿Cómo sé en mi caso qué tipo de documentación para la tarjeta comunitaria necesito?
Tienes dos opciones: ver el trámite de tarjeta comunitaria tal y como te lo hemos explicado aquí arriba o llamarnos por teléfono. Te ayudaremos con todo lo que haga falta.
¿Qué documentación tengo que llevar cuando vaya a recoger la nueva tarjeta de familiar comunitario permanente?
Tienes que acreditar tu identidad con el pasaporte en vigor y el resguardo que te dieron en la toma de huellas para la nueva tarjeta.
¿Puedo trabajar en otro país de Europa con la tarjeta comunitaria?
Es una pregunta común, pues el término «comunitario» puede dar lugar a confusión. Esta tarjeta es emitida por la administración española y solo tiene validez en España. Sirve para trabajar, pero esa actividad solo se puede llevar a cabo en nuestro país.
¿Qué pasa si pierdo mi trabajo y no puedo acreditar medios económicos?
Para pedir la tarjeta inicial o renovarla, es necesario que el ciudadano comunitario demuestre que tiene recursos económicos suficientes. Si no lo hace, esto puede llevar a que se le niegue la solicitud. Por otro lado, muchas oficinas de extranjería están aceptando que, si el reagrupante es un ciudadano español y no puede demostrar que tiene los medios económicos necesarios, el familiar que se va a reagrupar puede presentar esos recursos.
Conclusión
Realizar el trámite de solicitar la tarjeta comunitaria puede ser estresante, sobre todo porque hay muchos requisitos y situaciones distintas a tener en cuenta. Como, por ejemplo, la tarjeta comunitaria por pareja de hecho. Por eso, es mejor contar con la ayuda de abogados y gestores expertos en la materia para que nos aseguremos de que está entregada toda la documentación necesaria y que se cumplen con todos los requisitos antes de iniciar cualquier solicitud.
Una vez más, te recordamos que en GESTORÍA DE EXTRANJERÍA estamos a tu completa disposición, tanto con nuestros servicios como para consultas por WhatsApp.