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Residencia por arraigo familiar en Jaén

Mejor Gestoría para tramitar tu solicitud de residencia por arraigo familiar

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¿Cómo solicitamos la residencia por arraigo familiar?

  1. Envíanos un WhatsApp y te diremos qué papeles necesitas.
  2. Nosotros nos ocupamos de reunir y entregar toda la documentación, así que no tendrás que salir de casa.
  3. Una vez que tengamos tu informe positivo, pediremos tu Tarjeta de Identidad de Extranjeros y te enviaremos todo lo necesario.

El arraigo familiar es una autorización de residencia por circunstancias excepcionales con el que aquellos extranjeros no comunitarios que pueden demostrar un vínculo con un ciudadano español pueden vivir y trabajar en España durante 5 años.


Puedes encontrar la autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales de arraigo familiar en la página del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, o dando clic a este enlace.

Requisitos para la residencia por arraigo familiar en Jaén

Para pedir la residencia por arraigo familiar solo te hace falta encontrarte en una de estas situaciones:

  • Ser descendiente de padre o madre españoles nativos. Es decir, con ciudadanía originaria de España.
  • Tener un hijo menor de edad (de 0 a 17 años) que sea español o de la comunidad. Si resides con tu hijo, puedes utilizar el empadronamiento o un certificado de convivencia como prueba. En caso de que no vivas con él, para poder solicitar el arraigo familiar en España, es fundamental que cumplas con tus responsabilidades como padre, como pagar la pensión alimenticia o respetar el régimen de visitas.
  • Ser cónyuge o pareja de hecho acreditada de ciudadano o ciudadana de nacionalidad española: este supuesto se refiere a todas aquellas parejas que o bien se hayan casado en España o bien tengan su matrimonio inscrito en España (para aquellos casos en los que se casaron fuera del país).
  • Cuando se mencione a los descendientes que superen los 65 años, a los que tengan menos de 65 años y dependan económicamente, así como a los que sean menores de 21 años o mayores de 21 años que estén a cargo de un ciudadano o ciudadana española o de su pareja de hecho.

Si te encuentras en alguno de estos supuestos podrás acceder a permiso de residencia. Tiene una validez de 5 años, con ella podrás residir y trabajar sin ningún tipo de limitación en España.

Condicionantes de los requisitos por arraigo familiar

  • No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo (EEE) o de Suiza, o ser familiar de ciudadanos de estos países a los que le sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.
  • No contar con antecedentes penales en España ni en los países donde se haya residido anteriormente por delitos que sean considerados en la legislación española.
  • No tener impedido el acceso a España y no aparecer como rechazable en aquellos países que tengan un acuerdo con España al respecto.
  • No encontrarse dentro del plazo de compromiso de no retorno a España que el extranjero haya asumido al volver voluntariamente a su país de origen
  • Debes estar en España para realizar el proceso de arraigo familiar. Si te encuentras fuera del país, no podrás obtener un visado que te permita ingresar y realizar este trámite.
  • No es necesario que presentes un plan de negocio, un contrato, ni que demuestres que cuentas con recursos económicos, ya sean propios o de algún familiar.

Documentos para un permiso de residencia por arraigo familiar en Jaén

Aquí tienes los documentos que necesitas juntar para conseguir la residencia. Recuerda que toda la documentación que presentes debe estar traducida al español por un traductor oficial.

  1. Solicitud de arraigo familiar oficial, es decir, el modelo oficial EX-10 por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado.
  2. Certificado de antecedentes penales emitido por los países que hayas estado viviendo durante los 5 años anteriores a entrar en España.
  3. Pasaporte, título de viajes y cédula de inscripción (vigencia mínima 4 meses).
  4. Documentación que acredite el vínculo familiar y la nacionalidad. Dependiendo de tu situación:
    1. Si eres padre o madre de un menor con nacionalidad española o comunitaria: necesitarás presentar el certificado de nacimiento del menor español que demuestre el vínculo familiar y su nacionalidad. También deberás aportar el certificado de nacimiento del hijo comunitario o cualquier documento que acredite tus responsabilidades como padre o madre si no vives con él.
    2. Si eres familiar de un ciudadano español: debes presentar la documentación que acredite tu vínculo y, si es necesario, tu situación a cargo.
  5. Certificado de nacimiento del padre o madre del menor para demostrar el vínculo familiar y la nacionalidad española.
  6. Certificado de nacimiento del hijo de padre o madre de nacionalidad española y el certificado de nacimiento del padre o madre de origen español o certificado del Registro Civil que lo demuestre.
  7. Documentos que acrediten la residencia continua en España durante los plazos establecidos por la legislación.

Renovación por arraigo familiar

Es muy importante que actualices tu autorización de residencia en España antes de que se venza, así evitarás inconvenientes. Si conseguimos renovar la residencia por arraigo familiar, obtendremos 2 años más para vivir y trabajar. Para llevar a cabo la renovación del arraigo, necesitamos cumplir con estos requisitos:

  • Haber cotizado en la Seguridad Social al menos los últimos 6 meses.
  • Tener un contrato de trabajo.
  • Disponer de medios y recursos económicos.
  • Si trabajamos por cuenta propia, tener un plan de negocios para optar por una residencia inicial.

La renovación de la tarjeta de residencia por arraigo familiar puede presentar algunos problemas que nos impidan cumplir todos los requisitos. Lo común es que los clientes no están dados de alta en la seguridad social o enfrentan dificultades para demostrar medios económicos suficientes, pero no por ello es imposible conseguirla. Es crucial recordar que, al obtener la tarjeta, debe renovarse anualmente para evitar caer en una situación irregular en España debido al incumplimiento de requisitos.

¿Tienes alguna duda? Recuerda que estamos en WhatsApp las 24 horas del día

Renovar el arraigo familiar a una autorización de residencia por cuenta ajena

Durante la validez de la tarjeta de arraigo familiar, puedes modificar tu situación si has trabajado por cuenta ajena y cumples con ciertos requisitos. Estos incluyen:

  • Para que tu relación laboral se mantenga activa y la autorización inicial siga en pie, es fundamental que hayas trabajado al menos tres meses durante el año. También puedes cumplir con este requisito si has firmado un nuevo contrato que coincida con tu autorización y estás registrado en ese momento.
  • En caso de que tu relación laboral se interrumpiera por causas ajenas, deberás demostrar que has buscado empleo mediante la inscripción como demandante.
  • Si has obtenido una ayuda económica por desempleo o apoyo público para la integración social, necesitarás entregar la documentación correspondiente.
  • Además, si trabajaste y estuviste dado de alta en el régimen de Seguridad Social durante al menos nueve meses en un periodo de doce, puedes solicitar la renovación, siempre que la interrupción haya sido involuntaria.
  • La renovación también es posible si el cónyuge o pareja de hecho cumple con los criterios económicos para la reagrupación familiar, o si la trabajadora ha sido víctima de violencia de género.

Renovar el arraigo familiar a una autorización de residencia por cuenta propia

Si contamos con un permiso de residencia por arraigo familiar y hemos estado trabajando de manera independiente, podemos renovar nuestra autorización en las siguientes circunstancias:

  • Si continuamos con la actividad que dio origen a la autorización, cumpliendo las obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
  • Si tu pareja o cónyuge cumple con los requisitos económicos para reagruparnos, debe demostrar al menos el 150% del IPREM para dos personas, y un 50% más por cada persona adicional.
  • Si somos beneficiarios de la protección por cese de actividad.

Renovar el arraigo familiar a una autorización de residencia no lucrativa

Si durante el tiempo que hemos estado como familia no hemos llevado a cabo ninguna actividad laboral, ya sea como empleados o autónomos, podemos renovar nuestro arraigo siempre que tengamos los recursos económicos adecuados. En este caso, es necesario demostrar que contamos con el dinero suficiente para cubrir nuestros gastos de alimentación y vivienda, así como los de nuestra familia, sin haber trabajado.

Ventajas de trabajar con GESTORÍA DE EXTRANJERÍA

  • Sin citas previas: no es necesario que pidas cita antes de contactar con nosotros; solo vas a tener que preocuparte por contactarnos.
  • Asesoramiento personalizado en todo momento: vas a contar con ayuda profesional en todo momento para que no tengas problemas.
  • Inviertes menos tiempo personal: la inversión de tiempo personal es menor porque nosotros nos vamos a ocupar de todo.
  • 100% online: toda la tramitación se va a hacer telemáticamente para que sea lo más cómodo para ti.

En la actualidad, una de las opciones más comunes para realizar este tipo de trámites es contar con la ayuda de profesionales. Si buscas asegurarte de que el proceso de arraigo familiar en línea se maneje correctamente desde Jaén, esta es una gran alternativa, ya que no necesitarás visitar nuestra oficina. Estamos aquí para ayudarte siempre y tendrás el respaldo de nuestros expertos en la materia.

OPINIONES de clientes sobre la Gestoría de Extranjería

Julieta
¡Muy recomendados!
Lo que más me gustó fue que no me hicieron sentir tonta por no saber nada del tema. Me explicaron todo con calma y con palabras que cualquiera entiende.
Nikola
Muy buen trato
Todo claro, rápido y sin complicaciones. Así da gusto.
Brenda
Muy recomendable
Mi situación era algo complicada, pero se tomaron el tiempo de revisarla bien y buscar la mejor opción. Sentí que realmente querían ayudar.
Álvaro
Trato personal y profesional al 100%
Profesionales, amables y cercanos. Un muy buen trato y respondieron rápido por Whatsapp.

Preguntas frecuentes

Es totalmente normal sentir incertidumbre al comenzar el trámite para conseguir el permiso de residencia por arraigo social en España. De hecho, esto es común cuando nos encontramos ante situaciones desconocidas. Por eso, aquí te dejamos algunas de las preguntas más frecuentes junto con sus respuestas sobre la residencia por arraigo social.

¿Qué tipo de autorización es el arraigo familiar?

Técnicamente la llamamos una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales por arraigo familiar. Se concede a ciudadanos extranjeros que se encuentren físicamente en España y cumplan con los requisitos que se indican en la Ley de Extranjería.

¿Qué puedo hacer una vez se me acabe el primer año de mi arraigo familiar?

Puedes solicitar una nueva autorización de residencia o una que te permita trabajar. En esta página te explicamos cómo llevar a cabo este proceso.

¿Sería posible solicitar un arraigo familiar por hijo mayor de edad?

No es posible. El arraigo familiar solo se tiene en cuenta si tu hijo es español o de la UE y tiene menos de 18 años. Si no es así, no se cumplen los requisitos para este proceso.

¿Permite el arraigo familiar trabajar?

Te vale tanto para residir como para trabajar; es decir, no es necesario que tengan un contrato de trabajo para que te den la residencia por arraigo familiar.

¿Por qué es tan importante trabajar en España al tener mi permiso de residencia por arraigo de familiar?

Si no tienes empleo, es probable que no te aprueben la primera renovación de 2 años. Te sugerimos esto para que puedas disfrutar de la mayor cantidad de tiempo posible de residencia legal en España de manera regular.

¿Dónde tengo que solicitar mi arraigo familiar?

Lo puedes solicitar en la oficina de extranjería de tu ciudad personalmente, o puedes pedir a expertos en extranjería que tengan acceso a la plataforma Mercurio para que te lo hagan por internet (telemáticamente) sin tener que moverte de tu casa.

¿Podríamos pedir un arraigo familiar para nietos de españoles?

No, ya que se sale fuera del grado de consanguinidad que indican los requisitos de la Ley de Extranjería para este tipo de trámite.

¿Cuánto tarda la residencia por arraigo familiar?

Tienes un plazo de 3 meses desde que hiciste la solicitud para recibir una respuesta. Si no obtienes noticias, se interpreta como un silencio administrativo negativo, lo que indica que tu solicitud ha sido denegada.

¿Cómo puedo solicitar el arraigo familiar?

Lo puedes solicitar por tu cuenta en la oficina de extranjería de tu ciudad o ponerlo en manos de expertos en extranjería (como nuestra Gestoría de Extranjería) para que te asesoren y disminuyan el riesgo de que te denieguen la residencia.

¿Quién puede presentar la solicitud de mi permiso de residencia por arraigo familiar?

Lo puedes presentar tú personalmente, tu representante legal si eres menor de edad o estás incapacitado y el abogado o gestor que contrates por internet para realizar este trámite.

¿Cuándo hay que pagar las tasas del arraigo familiar?

Tenemos un plazo de 10 días hábiles para abonar las tasas una vez que acepten nuestra solicitud. Los procesos de extranjería suelen ser muy rigurosos con los tiempos, así que no podemos permitirnos retrasos ni un solo día.

¿Podríamos solicitar en extranjería un arraigo familiar para hermanos?

No, este tipo de trámite no permite la solicitud de arraigo por hermanos. Para ese caso existen otros tipos de recursos. Si tienes alguna duda, llámanos lo antes posible para darte la información actualizada que tenemos sobre este caso.

¿Qué beneficios me aporta tener la autorización de residencia por circunstancias excepcionales por arraigo familiar?

Te permite trabajar por cuenta propia o ajena y solicitar el TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero); además de residir legalmente en España por 1 año en la primera solicitud y por 2 años adicionales si consigues la renovación.

Conclusión

No queremos que te sientas agobiado ni que te preocupes por la cantidad de trámites y documentos que exige la ley de extranjería. Según tu situación, los abogados o gestores especializados solo tendrán que presentar algunos documentos específicos que se mencionan, o los que sean necesarios durante tu proceso de solicitud.

Recuerda que en GESTORÍA DE EXTRANJERÍA estamos a tu disposición para asistirte en todo lo que necesites durante este proceso.