Residencia por arraigo familiar en Cuenca

El Mejor Bufete para gestionar tu solicitud de residencia por arraigo familiar en Cuenca

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Responsable del trámite: Sr. D. Rubén Mª Rodríguez López — Gestor colegiado 1268 COGAS

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¿Cómo solicitamos la residencia por arraigo familiar?

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Entregamos y cumplimentamos los documentos necesarios por ti, para que no tengas que desplazarte.

Cuando obtengamos tu informe valorable, solicitaremos tu Tarjeta de Identidad de Extranjeros y haremos llegar todo.

«El arraigo familiar es una autorización de residencia por circunstancias excepcionales con el que aquellos extranjeros no comunitarios que pueden demostrar un vínculo con un ciudadano español pueden vivir y trabajar en España durante 5 años.
»

ℹ️ NOTA INFORMATIVA:

Puedes encontrar la autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales de arraigo familiar en la página del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, o dando clic a este enlace..

Requisitos para la residencia por arraigo familiar en Cuenca

Para pedir la residencia por arraigo familiar solo te hace falta encontrarte en una de estas situaciones:

  • Ser hijo o hija de padres españoles nativos. Es decir, tener ciudadanía española de origen.
  • Tener un hijo menor de edad (entre 0 y 17 años) que sea español o de la comunidad. Si vives con tu hijo, puedes demostrarlo con el empadronamiento o un certificado de convivencia. Si no vives con él, para solicitar el arraigo familiar en España, es fundamental que cumplas con tus responsabilidades como padre, como pagar la pensión alimenticia o seguir el régimen de visitas.
  • Ser cónyuge o pareja de hecho de un ciudadano español. Esto incluye a todas las parejas que se han casado en España o que tienen su unión oficialmente reconocida en el país, sin importar si la ceremonia se realizó en otro lugar.
  • Al referirse a los descendientes que superen los 65 años, a los que tengan menos de 65 años y dependan económicamente, así como a los que sean menores de 21 años o mayores de 21 años que estén bajo el cuidado de un ciudadano o ciudadana española o de su pareja de hecho.

Si te encuentras en alguna de estas circunstancias, puedes conseguir un permiso de residencia. Este permiso tiene una duración de 5 años, lo que te dará la oportunidad de vivir y trabajar en España sin limitaciones.

⚠️Condicionantes de los requisitos por arraigo familiar

  • No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo (EEE) o de Suiza, o ser familiar de ciudadanos de estos países a los que le sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.
  • No contar con antecedentes penales en España ni en los países donde se haya residido anteriormente por delitos que sean considerados en la legislación española.
  • No tener impedido el acceso a España y no aparecer como rechazable en aquellos países que tengan un acuerdo con España al respecto.
  • No encontrarse dentro del plazo de compromiso de no retorno a España que el extranjero haya asumido al volver voluntariamente a su país de origen
  • Para llevar a cabo el proceso de arraigo familiar, es fundamental que estés en España. Si estás fuera del país, no podrás conseguir un visado que te permita entrar y hacer este trámite.
  • No necesitas presentar un plan de negocio, un contrato, ni demostrar que cuentas con recursos económicos, ya sean propios o de algún familiar.

Documentos para un permiso de residencia por arraigo familiar en Cuenca

A continuación te listamos los documentos que debes tener reglados para obtener la residencia. Toda la documentación que aportemos tiene que estar traducida al español por un traductor jurado.

  1. Solicitud de arraigo familiar oficial, es decir, el modelo oficial EX-10 por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado.
  2. Certificado de antecedentes penales emitido por los países que hayas estado viviendo durante los 5 años anteriores a entrar en España.
  3. Pasaporte, título de viajes y cédula de inscripción (vigencia mínima 4 meses).
  4. Documentación que acredite el vínculo familiar y la nacionalidad. Dependiendo de tu situación:
    1. Si eres padre o madre de un menor con nacionalidad española o comunitaria: necesitarás presentar el certificado de nacimiento del menor español que demuestre el vínculo familiar y su nacionalidad. También deberás aportar el certificado de nacimiento del hijo comunitario o cualquier documento que acredite tus responsabilidades como padre o madre si no vives con él.
    2. Si eres familiar de un ciudadano español: debes presentar la documentación que acredite tu vínculo y, si es necesario, tu situación a cargo.
  5. Certificado de nacimiento del padre o madre del menor para demostrar el vínculo familiar y la nacionalidad española.
  6. Certificado de nacimiento del hijo de un padre o madre con nacionalidad española, así como el certificado de nacimiento del progenitor español o un documento del Registro Civil que lo confirme.
  7. También deberás presentar documentación que acredite tu residencia continua en España durante los plazos que marca la ley.

Renovación por arraigo familiar

Es muy importante que actualices tu autorización de residencia en España antes de que se venza, así evitarás inconvenientes. Si logramos renovar la residencia por arraigo familiar, obtendremos 2 años adicionales para vivir y trabajar. Para realizar la renovación del arraigo, necesitas cumplir con estos requisitos:

✅Haber estado dado de alta en la Seguridad Social durante al menos los últimos 6 meses.
✅Contar con un contrato laboral.
✅Tener los recursos económicos necesarios.
✅Si trabajamos por cuenta propia, tener un plan de negocios para optar por una residencia inicial.

La renovación de la tarjeta de residencia por arraigo familiar puede presentar algunos problemas que nos impidan cumplir todos los requisitos. Lo común es que los clientes no están dados de alta en la seguridad social o enfrentan dificultades para demostrar medios económicos suficientes, pero no por ello es imposible conseguirla. Es crucial recordar que, al obtener la tarjeta, debe renovarse anualmente para evitar caer en una situación irregular en España debido al incumplimiento de requisitos.

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Renovar el arraigo familiar a una autorización de residencia por cuenta ajena

Si contamos con un permiso de residencia por arraigo familiar y hemos estado trabajando de manera independiente, podemos renovar nuestra autorización en las siguientes circunstancias:

  • Es necesario que sigamos con la actividad que nos permitió conseguir la autorización, asegurándonos de cumplir con nuestras obligaciones fiscales y de Seguridad Social.
  • Si tu pareja o cónyuge cumple con los requisitos económicos para la reagrupación, necesita demostrar al menos el 150% del IPREM para dos personas, y un 50% extra por cada persona adicional.
  • Si has recibido ayuda económica por estar desempleado o apoyo público para tu integración social, necesitarás entregar la documentación requerida.
  • Si has estado empleado y contribuyendo al sistema de Seguridad Social durante al menos nueve meses en un año, puedes pedir la renovación, siempre que la interrupción haya sido involuntaria.
  • Además, puedes renovar si tu cónyuge o pareja de hecho cumple con los requisitos económicos para la reagrupación familiar, o si la trabajadora ha sufrido violencia de género.

Renovar el arraigo familiar a una autorización de residencia por cuenta propia

Durante la validez de la autorización de residencia por arraigo familiar, si hemos trabajado por cuenta propia, podemos renovar el permiso en los siguientes casos:

  • Es necesario que sigamos con la actividad que nos permitió conseguir la autorización, asegurándonos de cumplir con nuestras obligaciones fiscales y de Seguridad Social.
  • Si tu pareja o cónyuge cumple con los requisitos económicos para la reagrupación, necesita demostrar al menos el 150% del IPREM para dos personas, y un 50% extra por cada persona adicional.
  • Si somos beneficiarios de la protección por cese de actividad.

Renovar el arraigo familiar a una autorización de residencia no lucrativa

Si en el tiempo que hemos estado juntos como familia no hemos realizado ninguna actividad laboral, ya sea como empleados o autónomos, podemos renovar nuestro arraigo siempre que contemos con los recursos económicos suficientes. En este caso, deberíamos demostrar que tenemos el dinero necesario para cubrir nuestros gastos de alimentación y vivienda, así como los de nuestra familia, sin haber tenido que trabajar.

Tramitar la solicitud de Arraigo Familiar con nosotros desde Cuenca

VENTAJAS con GESTORÍA DE EXTRANJERÍA:

Hoy en día una de las maneras más habituales de llevar a cabo este tipo de trámites es consultar a profesionales. Si quieres asegurarte de que el proceso de arraigo familiar en línea se realice de manera adecuada desde Cuenca, esta es una excelente opción, ya que no tendrás que venir a nuestra oficina. Estamos aquí para ayudarte en cualquier momento y tendrás el respaldo de nuestros gestores expertos en el tema.

Preguntas Frecuentes

Es totalmente normal tener dudas al comenzar el trámite para conseguir el permiso de residencia por arraigo social en España. De hecho, es algo común cuando nos enfrentamos a situaciones nuevas. Por eso, aquí te dejamos algunas de las preguntas más frecuentes junto con sus respuestas sobre la residencia por arraigo social.

Técnicamente la llamamos una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales por arraigo familiar. Se concede a ciudadanos extranjeros que se encuentren físicamente en España y cumplan con los requisitos que se indican en la Ley de Extranjería.

Puedes solicitar otra autorización de residencia o una autorización de residencia y trabajo. En esta página te informamos de cómo hacerlo.

No se puede. Únicamente se considera arraigo familiar si tu hijo español o comunitario es menor de edad (menos de 18 años). De no ser así, no se cumplirían los requisitos de este trámite.
 
Te vale tanto para residir como para trabajar; es decir, no es necesario que tengan un contrato de trabajo para que te den la residencia por arraigo familiar.
 
 

Porque, de no tener trabajo, no te van aceptar la primera renovación de 2 años. Te damos esta recomendación para que puedas estar el mayor tiempo de residencia legal en España estando de forma regular.

Lo puedes solicitar en la oficina de extranjería de tu ciudad personalmente, o puedes pedir a expertos en extranjería que tengan acceso a la plataforma Mercurio para que te lo hagan por internet (telemáticamente) sin tener que moverte de tu casa.

No, ya que se sale fuera del grado de consanguinidad que indican los requisitos de la Ley de Extranjería para este tipo de trámite.

El plazo máximo es de 3 meses desde la fecha de la solicitud. En caso que no se conteste, se acoge al silencio administrativo negativo. Esto implicaría una denegatoria; es decir, que no han aceptado tu trámite.

Lo puedes solicitar por tu cuenta en la oficina de extranjería de tu ciudad o ponerlo en manos de expertos en extranjería (como nuestra Gestoría de Extranjería) para que te asesoren y disminuyan el riesgo de que te denieguen la residencia.

Lo puedes presentar tú personalmente, tu representante legal si eres menor de edad o estás incapacitado y el abogado o gestor que contrates por internet para realizar este trámite.

Tenemos 10 días hábiles para poder pagar las tasas una vez nos admitan la solicitud. Los trámites de extranjería suelen ser bastante estrictos en los plazos así que no podemos dejar para ni un solo día.

No, este tipo de trámite no permite la solicitud de arraigo por hermanos. Para ese caso existen otros tipos de recursos. Si tienes alguna duda, llámanos lo antes posible para darte la información actualizada que tenemos sobre este caso.

Te permite trabajar por cuenta propia o ajena y solicitar el TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero); además de residir legalmente en España por 1 año en la primera solicitud y por 2 años adicionales si consigues la renovación.

OPINIONES de clientes

Ana Sofía
Muy recomendados
No sabía ni por dónde empezar y ellos me lo pusieron todo en orden. claros, amables y atentos.
Mihai
Muy buen trato
Muy profesionales. Buen trato y resultados.
G. Moya
Muy recomendable
Sorprendida por la rapidez y profesionalidad del servicio. Cada consulta fue respondida detalladamente y el proceso fue muy sencillo.
Leonora
Trato personal y profesional al 100%
Me mantuvieron informada en todo momento. Muy eficientes y profesionales. Me ha encantado.

CONCLUSIÓN

No deseamos que te sientas abrumado o inquieto por la cantidad de trámites y documentos que exige la ley de extranjería. Según tu situación particular, los abogados o gestores especializados solo requerirán la presentación de ciertos documentos específicos que se mencionan, o aquellos que sean necesarios para tu solicitud.

Recuerda que en GESTORÍA DE EXTRANJERÍA estamos a tu disposición para asistirte en todo lo que necesites durante este proceso.