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Residencia por arraigo social en Almería

Mejor Bufete para gestionar tu solicitud de residencia por arraigo social

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¿Cómo solicitamos la residencia por arraigo social desde Almería?

  1. Mándanos un mensaje por WhatsApp y te indicamos los documentos necesarios.
  2. Te proporcionamos y completamos los documentos requeridos en tu nombre para que no necesites desplazarte.
  3. Una vez que tengamos tu informe favorable, pediremos tu Tarjeta de Identidad de Extranjeros y enviaremos todo.

La residencia por arraigo social es un procedimiento para regularizar la situación en España que da acceso a una autorización de residencia y trabajo inicial de 1 año de duración.

Puedes encontrar la autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales de arraigo familiar en la página del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, o dando clic a este enlace.

Requisitos para la residencia por arraigo social en Almería

  • No puedes estar viviendo en la UE (Unión Europea) o en el EEE (Espacio económico Europeo o Suiza), ni tampoco puedes ser familiar de ninguna persona que viva en estos países.
  • No puedes encontrarte en plazo del compromiso de no retorno o regreso a España que has aceptado al volver voluntariamente a tu país de origen.
  • No debes tener antecedentes criminales en España, ni en naciones donde has residido previamente por delitos que sean reconocidos en España. Incluso si habías residido anteriormente en un país diferente a España, no cumplirías los requisitos para la residencia por arraigo social si cometiste un delito que aparece en la legislación española.
  • Aunque estuvieras viviendo anteriormente en otro país de residencia que no fuera España, no cumplirías los requisitos para residencia por arraigo social si has cometido un delito que conste en el ordenamiento español.
  • Tienes que vivir de forma continua en España durante 3 años, y si tuvieras que salir fuera de España, no podrías superar 120 días en esos 3 años.
  • No tener prohibida la entrada ni en España, ni en ningún país con los que España tenga convenio para esta situación. No podrás obtener el permiso de residencia por arraigo social debido a requisitos no cumplidos.

Los siguientes requisitos son dos opciones entre las que puedes elegir una:

  1. Acreditar el informe de arraigo social explicado más adelante o tener vínculos familiares, tales como el cónyuge o pareja de hecho registrada, descendientes o ascendientes directos con primer grado de consanguinidad (mujer o marido, padres, hijos…)
  2. Contar con un contrato laboral firmado por ti y tu jefe, con una vigencia mínima de 1 año y 30 horas a la semana. En el ámbito agrícola, se permiten dos contratos de 6 meses. Igualmente, son aceptables varios contratos que totalicen 1 año. Quizás no sean requeridos si cuentas con recursos financieros.

Requisitos para la solicitud de informe de arraigo social en Almería

En realidad, los requisitos para solicitar tu informe social de arraigo son bastante básicos. Además, está toda la documentación que se necesita presentar y la manera en que debes preparar esa entrevista para la solicitud del informe. De todas formas, en este apartado te vamos a decir los 3 requisitos que nos van a exigir para que podamos hacer la entrevista con la trabajadora social:

  • Ser una persona no comunitaria extranjera.
  • Estar de manera irregular (sin documentos) en España o poseer una permanencia validada por protección internacional.
  • Ser mayor de edad o tener 16 años con autorización de un representante legal

Documentos para un permiso de residencia por arraigo social

Te ofrecemos los documentos requeridos para un arraigo social, aunque no es obligatorio que presentes todos. Una vez más, te sugerimos tener abogados especializados en extranjería para obtener asistencia con la documentación particular de tu situación.

  1. Formulario de arraigo social o también llamado impreso.
  2. Pasaporte, título de viaje o cédula de inscripción. Este último es un papel impreso que se otorga al extranjero que desea ser documentado por España, una vez se haya completado su registro en el Registro Central de Extranjeros.
  3. Documentación para acreditar la permanencia en España de forma continuada.
  4. Antecedentes penales 5 años anteriores a la entrada en España. Si posees antecedentes, no puedes continuar con el trámite. En nuestra gestoría también proporcionamos el servicio de eliminación de antecedentes penales.
  5. Certificado de nacimiento. ​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​Certificado emitido por el Registro Civil que documenta el nacimiento de una persona; así como la fecha, hora y lugar en que sucedió, además de la identidad, género y estado civil.
  6. Certificado de nacimiento. ​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​Documento expedido por el Registro Civil que registra el nacimiento de una persona; de la fecha, hora y lugar en que ocurrió, y también de la identidad, sexo y filiación.
  7. Informe de inserción Social. En el siguiente apartado tienes toda la información sobre este informe.
  8. Contrato de trabajo + NIF y escrituras de la empresa. En el contrato debe incluirse nombre, nacionalidad, edad, sexo, estado civil, clave única de registro de población, registro federal de contribuyentes y domicilio tanto del trabajador como del empleador.
  9. Capacitación y cualificación profesional para el ejercicio de la profesión. Es decir, las competencias profesionales a través de experiencia laboral y formación reglada que puedas demostrar.
  10. IRPF, IVA, IS o VILE de la empresa. Con esto acreditas que la empresa es solvente. Es decir, que no tiene deudas y tiene el crédito suficiente para estar en rigor.
  11. Memoria de la ocupación a realizar por el trabajador. Es decir, la memoria descriptiva de la actividad de la empresa para la solicitud de autorización de residencia temporal
  12. Acreditar medios suficientes para su manutención. En otras palabras, demostrar que hay disponibilidad de medios económicos.
  13. Declaración responsable o comunicación previa y justificante del pago. Con esto evidenciamos el reconocimiento o la ejercitación de un derecho o la iniciación de una actividad.
  14. Autorizaciones o licencias para la apertura o funcionamiento de la actividad profesional. Permiso que se entrega al dueño de un negocio para una actividad específica. Tendrás que renovarlo si la actividad cambia, hay modificaciones en el local o cambian los propietarios, como en un traspaso.
  15. Acreditación como que cuenta con inversión económica suficientes o compromiso de apoyo por parte de instituciones financieras u otras.
  16. Proyecto de establecimiento o actividad a realizar, indicando inversión prevista, rentabilidad y puestos de trabajo que se prevean.

Documentación adicional al solicitar un arraigo social para un autónomo

A parte de los documentos que nos exigen en el arraigo social, al solicitarlo por cuenta propia extranjería nos exige la siguiente documentación:

  • Si vamos a tener un local: nos van a pedir contrato de arrendamiento o la escritura de nuestra propiedad + las licencias de apertura o funcionamiento del ejercicio profesional.
  • Acreditar estar dado de alta y al corriente de pagos en Seguridad Social y obligaciones fiscales.
  • Proyecto (Business Plan) del establecimiento o la actividad a realizar, indicando inversión, rentabilidad esperada y puestos de trabajo necesarios en el caso que lo creas oportuno.
  • Acreditar que contamos con recursos económicos suficientes para el ejercicio profesional y para nosotros mantenernos y alojarnos en España.
  • Acreditar la capacitación, formación, cualificación y/o experiencia suficiente para el desarrollo de la actividad profesional.
  • Acreditar los medios económicos que dispone la propia empresa o autónomo, tales como la cuenta corriente, libreta, depósitos bancarios, compromisos de apoyo de entidades financieras…
  • Certificación requerida para el trabajo, si el avance profesional demanda dicha homologación particular y, de ser necesario, la matrícula si la legislación lo estipula.
  • En el caso que sea necesario por la actividad profesional, adjuntar los certificados de aduanas para acreditar las operaciones que realizaremos de importación y/o exportación.

¿Qué es un informe de arraigo social o informe de inserción social?

El informe social de integración es necesario para solicitar el arraigo social, a menos que tengas un vínculo familiar directo de primer grado en línea directa o seas cónyuge o pareja de hecho de un extranjero residente. El informe acredita tu integración en la sociedad española y se presenta en extranjería para obtener la autorización temporal de residencia por arraigo social. La trabajadora social que te entreviste refleja en el informe la información sobre tu tiempo de residencia, medios económicos, esfuerzos de integración y vínculos familiares en España.

Este documento es crucial para evidenciar tu incorporación en la sociedad española ante las autoridades de inmigración. No hay problema, nuestros abogados te orientarán en todo el trámite.

¿Tienes alguna duda? Recuerda que estamos en WhatsApp las 24 horas del día

Contrato de trabajo para arraigo social

El contrato de trabajo para solicitar el arraigo social por cuenta ajena debe incluir el precontrato de trabajo. Una vez aceptado el precontrato, se tiene un plazo de 1 mes para formalizarlo como contrato de trabajo. El contrato se divide en condiciones para el empleado/a extranjero/a y para el empleador.

Te sugerimos que sigas todas las indicaciones descritas en nuestro sitio web para prevenir confusiones en el proceso. Ten presente que estamos a tu entera disposición con un solo mensaje de WhatsApp.

Condiciones de un contrato para arraigo social

  • Precontrato + Contrato de trabajo firmado por el extranjero y la persona o empresa. Un precontrato de trabajo es un acuerdo legal entre empresa y futuro empleado para una futura contratación laboral.
  • Duración del contrato mínimo de 1 año, aunque no siempre debe ser así. Por ejemplo, en el ámbito agrícola nos permiten tener 2 contratos con 2 empleadores distintos enlazados (uno tras otro), con una duración mínima de 6 meses cada uno. Esto significa que también sería válido si tenemos uno de 6 meses y otro de 8 meses.
  • El tiempo de trabajo tiene que ser de 40 horas semanales o a tiempo parcial si existen varios empleadores. El convenio colectivo puede establecer jornadas laborales inferiores a las normas generales.
  • Respecto al importe a cobrar, existen varios argumentos por parte de los Abogados o Gestores de Extranjería. Unos argumentan por su experiencia que tiene que ser de 1000€, y otros que se acogen al SMI (Salario Mínimo Interprofesional) de la actividad que realices. Este sería un punto importante por el que considerar la ayuda de gestores y abogados profesionales.
  • En el precontrato que entregamos para la solicitud del arraigo social, siempre tiene que venir una cláusula donde indique que el contrato tendrá vigencia (validez), si el trabajador obtiene el permiso de residencia y trabajo.

Condiciones de un empleador en un contrato de arraigo social

Para poder llevar a cabo eficazmente el proceso de arraigo social, es esencial que el empleador (persona o empresa que nos contrata) cumpla con los siguientes aspectos:

  • Estar en funcionamiento más de un año.
  • Inscrito y al día con sus responsabilidades fiscales y con la Seguridad Social.
  • Garantizar la actividad continuada y tener medios económicos, materiales o personales para hacer frente al ejercicio empresarial y a la obligaciones que derivan del contrato.

Contenido de un precontrato de trabajo para extranjeros

En un precontrato laboral para extranjeros se debe incorporar la siguiente información:

  • Fecha prevista para el contrato de trabajo definitivo.
  • Naturaleza del futuro contrato: temporal, indefinido o fijo discontinuo.
  • Condiciones laborales como salario, horario y vacaciones.
  • Descripción del puesto y las funciones del trabajador.
  • Cláusulas de no competencia y/o exclusividad.
  • Los justificantes de adquisición de las autorizaciones o licencias necesarias para el desarrollo de la actividad laboral.

⚠️ IMPORTANTE ⚠️ Información de interés sobre la residencia por arraigo social

En caso de no contar con el contrato de trabajo, tenemos 2 opciones que pueden eximirte de la necesidad de tenerlo:

  • Cuando el asistente social elabore el informe de inserción social, tiene que señalar que no es necesario contar con el contrato laboral porque comprueba que dispones de medios económicos (dinero) adecuados o que vas a depender económicamente de un familiar con estancia legal en España.
  • Ser empresario (auto-emplearse, autónomo) presentando toda la documentación exigida para iniciar una actividad profesional por cuenta propia, acreditando que tenemos la capacitación (formación y experiencia) necesaria, además de contar con la inversión económica suficiente para soportar los gastos del negocio o actividad profesional.

Por otro lado, la solicitud de arraigo social con un trabajo por cuenta propia pertenece a las autorizaciones de residencia temporal por circunstancias excepcionales. Nos lo concederán si acreditamos la estancia en España y la integración social, puntos más detallados que puedes ver en nuestra página web.

Ventajas de trabajar con GESTORÍA DE EXTRANJERÍA

✅ Sin citas previas: no es necesario que pidas cita antes de contactar con nosotros; solo vas a tener que preocuparte por contactarnos.

✅ Asesoramiento personalizado en todo momento: vas a contar con ayuda profesional en todo momento para que no tengas problemas.

✅ Inviertes menos tiempo personal: la inversión de tiempo personal es menor porque nosotros nos vamos a ocupar de todo.

✅ 100% online: toda la tramitación se va a hacer telemáticamente para que sea lo más cómodo para ti.

En la actualidad, una de las alternativas más solicitadas para este tipo de gestiones es confiar todo a expertos. Contar con apoyo en el proceso de solicitar el arraigo social online es una excelente opción si deseas garantizar que todo se realice de manera correcta y sin tener que visitar nuestra oficina presencial. Te asistiremos en cualquier momento y tendrás el apoyo de nuestros especialistas en el tema.

OPINIONES DE CLIENTES

Mariano
Todo perfecto
Desde el primer contacto fueron claros y muy profesionales. Se agradece encontrar gente que te lo haga tan fácil.
Ignacio
¡Gracias!
Un servicio de diez! Siempre atentos a mis dudas y pendientes de cada detalle del tramite.
Lorena
Muy profesionales
Muy buena atención y sobre todo mucha paciencia. Me explicaron cada paso con claridad y me sentí acompañada en todo el proceso.
Emilio
Muchas gracias por todo
Me ayudaron a organizar todos los documentos y llevaron el trámite de manera ágil. Siempre respondieron rápido y fueron muy amables.

Preguntas frecuentes

Es normal que asalten las dudas al comenzar con el trámite del permiso de residencia por arraigo social en España. De hecho, es lo más habitual cuando nos enfrentamos a nuevos procesos. Por ello, a continuación te ofrecemos una serie de preguntas más frecuentes y sus respuestas en relación con la residencia por arraigo social.

¿Me pueden hacer un precontrato de 20 horas semanales para 5 meses?

No. Si es solo un empleador (persona física o empresa), tiene que ser por 40 horas semanales y con una duración mínima de 1 año.

¿Cuánto tiempo tarda el informe de arraigo social?

El informe va a ser emitido por la propia CCAA (Comunidad Autónoma) en la que tengas el domicilio habitual o por el ayuntamiento al que pertenezcas según lo haya establecido la propia CCAA. De todas formas, el plazo que existe para emitir el informe desde la fecha de solicitud de informe para un arraigo social es de 30 días naturales.

¿Qué cantidad de horas mínimas pueden sumar si tengo dos personas que me contratan como trabajadora del hogar, una es persona física y otra es empresa?

Al ser 2 empleadores con la misma actividad de empleada de hogar, la cantidad mínima de hora es de 30 semanales por un periodo mínimo de un año. Al ser dos empleadores puedes bajar de 40 horas semanales que exigen con un empleador a 30 horas por ser 2 empleadores (personas físicas y/o empresa).

¿Qué cantidad como mínimo me tienen que pagar cuando esté contratada como empleada de hogar para optar por el arraigo social?

Como mínimo 1000€ mensuales, además tiene que estar puesto en el precontrato

¿Si tengo un precontrato de 12 meses a 40 horas semanales y con mil euros y luego duro en el trabajo 3 meses me revocan el arraigo social?

No. Primero entras a trabajar con el empleador que te ha permitido el arraigo social por el precontrato de empleado/a doméstico/a. Una vez pasen por ejemplo esos 3 meses y te echan no te revocan el arraigo, pero tienes que buscar empleo activamente (justificar que has estado buscando empleo) o ser contratada por otro empleador (persona física o empresa).

¿Mi empleador tiene que pagar mi alta en la seguridad social para que me den el arraigo?

No para pedirlo. En primer lugar, pedimos el arraigo por trabajo doméstico. Si todo está en orden, aceptan el arraigo, y luego tu empleador te registrará para poder laborar.

Conclusión

Queremos que no te agobies ni tengas preocupaciones por todos los requisitos y documentación exigible que indica la ley de extranjería. Dependiendo de tu caso, los abogados o gestores expertos en extranjería solo van a tener que presentar algunos o varios de los documentos que ahí se establecen, o los que en el desarrollo de tu solicitud extranjería nos requiera particularmente. De este modo, podrás completar tu gestión sin salir de Almería sin ninguna dificultad.

Una vez más te recordamos que en GESTORÍA DE EXTRANJERÍA estamos a tu completa disposición para facilitarte todo lo posible este proceso.